RESOLUCION Nº 117-2008-INDECOPI/COD - Designan funcionarios responsables de atender pedidos de información y como fedatarios institucionales

Fecha de disposición01 Enero 2009
Fecha de publicación01 Enero 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 1 de enero de 2009 387497
Exoneran de proceso de selección la
contratación del servicio de renovación
de licencias Oracle
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI
N° 114-2008-INDECOPI/COD
Lima, 22 de diciembre de 2008
VISTOS;
Los Informes Técnicos Nº 015 y 029-2008/GAF-SIS
y el Informe Legal Nº 042-2008/GEL-INDECOPI, de la
Gerencia Legal; y,
CONSIDERANDO:
Que el inciso e) del Artículo 19° del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N°
083-2004-PCM, establece que las contrataciones que
se realicen cuando los servicios no admitan sustitutos y
exista proveedor único se encuentran exoneradas de los
procesos de selección previstos en dicha Ley;
Que, mediante los Informes Técnicos Nº 015-
2008/GAF-Sis y Nº 029-2008/GAF-Sis, así como los
Memorándum Nº 1237-2008/GAF-Log y Nº 1277-2008/
GAF-Log, el Área de Informática y Sistemas y el Área de
Logística y Control Patrimonial manifestaron la necesidad
de renovar las licencias Oracle y contar con el soporte
de dichos productos por el periodo de un año, a f‌i n de
garantizar la continuidad operativa de los sistemas
informáticos del INDECOPI, señalando que dichos
servicios no admiten sustitutos técnicamente viables toda
vez que existe sólo un proveedor de los mismos a nivel
nacional, que es la empresa Sistemas Oracle del Perú
S.A., subsidiaria de ORACLE CORPORATION y única
autorizada por ésta para brindar dichos servicios;
Que, la Gerencia Legal en su Informe Nº 042-2008/
GEL, concluye señalando que la renovación de las licencias
Oracle, se encuentra comprendida dentro de la causal
prevista en el inciso e) del Artículo 19º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-
2004-PCM, pues se trata de un servicio que no admite
sustitutos y existe proveedor único, por lo que resulta
procedente la exoneración del proceso de selección, lo
que permitirá el uso más ef‌i ciente de los recursos al evitar
la realización del referido proceso de selección;
Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
2008, aprobado mediante Resolución Nº 002-2008/
INDECOPI-GEG, incorporó el proceso de selección para
la renovación de licencias Oracle, por el monto total de
S/. 78 540.00 (Setenta y ocho mil quinientos cuarenta con
00/100 Nuevos Soles), contando con la disponibilidad
presupuestal, conforme a lo informado por el Área de
Contabilidad y Presupuesto, mediante Memorándum Nº
0015-2008/GAF-Con;
Que, el Área de Logística y Control Patrimonial ha
efectuado una indagación de mercado, advirtiendo que
dicho servicio es ofrecido por la empresa Sistemas Oracle
del Perú S.A., único proveedor en el mercado nacional,
por un precio ascendente a S/. 61 061.70 (Sesenta y un
mil sesenta y uno con 70/100 Nuevos Soles), precio menor
al monto previsto para la adquisición de dicho servicio en
el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el
año 2008;
Que, la contratación del servicio de renovación de
licencias Oracle se encuentra enmarcado dentro de
los alcances del Artículo 19° inciso e) del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado y Artículo 144° de su Reglamento, aprobado
por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modif‌i cado por
Decreto Supremo N° 063-2006-EF;
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19°
y 20° inciso a) del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y los Artículos
144° a 148° de su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 084-2004-PCM, y estando a lo expuesto en
los Informes Técnicos Nº 015-2008/GAF-Sis y Nº 029-
2008/GAF-Sis y en el Informe Técnico Legal N° 042-
2008/GEL;
SE RESUELVE:
Primero.- Aprobar la exoneración del proceso
de selección para la contratación del servicio de
renovación de licencias Oracle para los f‌i nes referidos
en la parte considerativa de la presente Resolución y,
consecuentemente, autorizar al Área de Logística y
Control Patrimonial de la institución a contratar dichos
servicios con la empresa Sistemas Oracle del Perú
S.A., por el período de un año, conforme a la modalidad
prevista en el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por
Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, hasta por un valor
referencial de S/. 61 061, 70 (Sesenta y un mil sesenta
y uno con 70/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente
de f‌i nanciamiento de recursos directamente recaudados
y con sujeción a los montos debidamente presupuestados
para la contratación de dicho tipo de servicios.
Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administración
y Finanzas remita copia de la presente Resolución y de
los informes que la sustentan a la Contraloría General
de la República y al Consejo Superior de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días
calendario siguientes a la fecha de su aprobación,
publicando además la presente Resolución en el Diario
Of‌i cial El Peruano dentro de los diez días hábiles
siguientes a su emisión; así como en la página web de la
Entidad y en el SEACE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME THORNE LEÓN
Presidente del Consejo Directivo
296306-1
Designan funcionarios responsables de
atender pedidos de información y como
fedatarios institucionales
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI
Nº 117-2008-INDECOPI/COD
Lima, 29 de diciembre de 2008
CONSIDERANDO:
Que resulta pertinente modif‌i car la actual relación de
los funcionarios responsables de atender los pedidos de
información que se formulan al amparo de la Ley Nº 27806,
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
así como la relación de los fedatarios de la institución, en
el ámbito de las Of‌i cinas Regionales del INDECOPI;
Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo;
y, De conformidad con el inciso h) del artículo 7.3 del
Decreto Legislativo Nº 1033;
RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como funcionarios
responsables de atender los pedidos de información que
se formulen conforme a la Ley Nº 27806, Ley Nº 27297 y
D.S. Nº 072-2003-PCM, y como fedatarios institucionales,
en el ámbito de las Of‌i cinas Regionales del INDECOPI, a
las siguientes personas:
Of‌i cina Regional de Ancash: Sr. José Vela Vergara
Of‌i cina Regional de Arequipa: Srta. María Lucia Cornejo
Gutierrez-Ballón
Of‌i cina Regional de Cajamarca: Srta. Milagros Castillo Trigoso
Of‌i cina Regional de Cusco: Sr. Marco Marroquín Muñiz
Of‌i cina Regional de Ica: Sr. Elliot Mejía Trujillo
Of‌i cina Regional de Junín: Srta. Andrómeda Barrientos
Roque
Of‌i cina Regional de La Libertad: Sr. Sergio Obregón Matos
Of‌i cina Regional de Lambayeque: Srta. Magaly Guzmán
Terrones
Of‌i cina Regional de Loreto: Sr. Jose Reátegui Ríos
Of‌i cina Regional de Piura: Sr. Daniel Navarro Reto
Of‌i cina Regional de Puno: Sr. Juan Pilco Herrera
Of‌i cina Regional de San Martín: Srta. Gena Chávez Rodríguez
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