Las partes en la ejecución

AutorVíctor Moreno Catena
Cargo del AutorCatedrático de Derecho procesal, Universidad Carlos III de Madrid (España)
Páginas53-66
Las partes en la ejecución
53
CAPÍTULO 3
Las partes en la ejecución
1. LAS PARTES PRINCIPALES
a) La ejecución forzosa se concibe en la LEC como un proceso indepen-
diente de cualquier otra actuación procesal, o extrajudicial, que principia
con un escrito de demanda, en donde quien la presenta insta del juez
el despacho de ejecución frente a otro sujeto. Con esta concepción es
preciso considerar como partes en la ejecución quienes f‌i guren como
tales en la demanda (artículo 538.1 LEC), y estas partes principales
están facultadas para intervenir durante todas las diligencias en que
se concreten las actividades ejecutivas, sea como ejecutante o como
ejecutado.
La actividad jurisdiccional exige como presupuesto la iniciativa de
las partes (nemo iudex sine actore); de aquí que éstas sean, como el juez,
inherentes a la estructura personal de todo proceso, que es actividad de
tres sujetos (actus trium personarum), y, del mismo modo que no puede
concebirse ninguna actuación jurisdiccional sin un juez, tampoco cabe
representarla sin que existan partes procesales.
Se maneja, como puede comprenderse, un concepto de parte exclu-
sivamente procesal: partes son, pues, quienes en tal condición f‌i guran
en el proceso, y únicamente por esa razón.

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