ORDENANZA N° 05-2013-ALC/MDCH - Fijan sanciones por infracciones tributarias

Fecha de publicación21 Mayo 2014
Fecha de disposición21 Mayo 2014
El Peruano
Miércoles 21 de mayo de 2014
523644
GOBIERNO REGIONAL
DE HUANUCO
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) del Hospital Tingo
Maria
ORDENANZA REGIONAL
Nº 64-2014-CR-GRH
Huánuco, 20 de marzo del 2014
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
HUÁNUCO.
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional,
de fecha 10 de marzo continuada el 12 de marzo del dos mil
catorce, el Dictamen Nº 008-2014-GRH-CR-CPPPATAl-GRH,
de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y
Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado
a la aprobación de la Modif‌i cación del Reglamento de
Organización y Funciones (ROF), del Hospital Tingo María
– Unidad Ejecutora 401 Salud Tingo María; y,
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley
Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1)
establece que los Gobiernos Regionales son competentes
para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la
Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos
Regionales son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de
Presupuesto;
Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4º
de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de
Gestión del Estado señala que el proceso de modernización
de la gestión del estado, tiene como f‌i nalidad fundamental
la obtención de mayores niveles de ef‌i ciencia del aparato
estatal, de manera que se logre una mejor atención a
la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los
recursos públicos, alcanzando un estado con servidores
públicos calif‌i cados y adecuadamente remunerados;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, de
fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para
la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización
y Funciones – ROF de las Entidades de la Administración
Pública, estableciendo en el Titulo III Aprobación del ROF.-
Art. 28º De la Necesidad de aprobar el ROF, incisos c) Por
efecto de la transferencia de funciones en el marco del
proceso de descentralización y f) Para optimizar o simplif‌i car
los procesos de la entidad con la f‌i nalidad de cumplir con
mayor ef‌i ciencia su misión y funciones;
Que, de conformidad a lo establecido en el literal a),
del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional,
aprobar modif‌i car o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materias de competencias y
funciones del Gobierno Regional;
Que, mediante Informe Nº 001 -2014-GRH-GRPPAT/
SGDIS/GACB de fecha 21 de enero del 2014, presentado
por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas
solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) del Hospital Tingo
María - Unidad Ejecutora 401 Salud Tingo María,
instrumento de gestión adecuado y modif‌i cado en el
marco de las necesidades surgidas de la experiencia
de la Descentralización; así como concordado con la
normatividad legal vigente que rige el actual proceso de
modernización de la gestión del Estado y de las nuevas
tendencias del desarrollo organizacional; evitándose
cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus
distintos Órganos y Dependencias;
Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con
el dictamen favorable de la Comisión Permanente de
Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial
del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones
conferidas por los Artículos 9o, 10º, 11º, 15º, y 38 de la
Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867;
Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones
conferidas por los artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867
MAYORIA en la Sesión de Consejo Regional de la referencia,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta.
Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL
HOSPITAL TINGO MARÍA - UNIDAD EJECUTORA 401
– SALUD TINGO MARÍA.
Artículo Primero.- APROBAR, El REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DEL HOSPITAL
TINGO MARÍA - UNIDAD EJECUTORA 401 – SALUD TINGO
MARÍA, el mismo que consta de seis (06) Títulos, cincuenta
y uno (51) Artículos, una (01) Disposición Complementaria
y una Estructura Orgánica, cuyo texto adjunto forma parte
integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- DEJESE, sin efecto toda disposición
que se oponga a la presente ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza
en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco,
conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete del
Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil
cuatro - PCM; concordante con lo previsto en el artículo
cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos
sesenta y siete - Orgánica de Gobierno Regionales.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Huánuco para su promulgación.
En Huánuco a los 14 días del mes de marzo del año
dos mil catorce.
JOSÉ LUIS GONZALES CHUMBE
Consejero Delegado
Gobierno Regional Huánuco
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno
Regional de Huánuco, a los 20 días del mes de marzo del
dos mil catorce.
LUIS R. PICÓN QUEDO
Presidente
Gobierno Regional Huánuco
1084575-1
GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHECRAS
Fijan sanciones por infracciones
tributarias
(Se publican las siguientes Ordenanzas a solicitud de la
Municipalidad Distrital de Checras, mediante Of‌i cios Nºs.
144 y 145-2014-ALC/MDCH, recibido el 19 de mayo de
2014).
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 05-2013-ALC/MDCH
Maray, 6 de setiembre del 2013

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