ORDENANZA Nº 585-MDEA - Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de El Agustino - PMRS

Fecha de disposición31 Julio 2015
Fecha de publicación31 Julio 2015
558389
NORMAS LEGALES
Viernes 31 de julio de 2015
El Peruano
/
Sanciones, aprobado por Ordenanza N°188-MDEA y sus
modif‌i catorias.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Facultar al señor Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias
para la correcta aplicación de la presente ordenanza.
Segunda.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo
Ambiental; Unidad de Gestión Ambiental; y Subgerencia
de Fiscalización Administrativa; el cumplimiento de la
presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y
atribuciones.
Tercero.- Apruébese los formatos siguientes:
- Anexo 1: Formato declaración jurada reporte mensual
sobre el programa de formalización de recicladores y
recolección selectiva.
- Anexo 2: Ficha registral de datos básicos de
recicladores.
Cuarta.- Encargar a la Secretaria General y a la
Gerencia de Administración y Finanzas la publicación
del texto de la presente ordenanza en el Diario Of‌i cial “El
Peruano” y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones
Publicas y Protocolo la publicación en el portal institucional
(www.mdea.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano
(www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RICHARD SORIA FUERTE
Alcalde
1268280-1
Aprueban Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del Distrito de El Agustino - PMRS
ORDENANZA Nº 585-MDEA
El Agustino, 27 de julio de 2015
EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO
VISTOS: El informe Nº 0148-2015-GEMU-MDEA de la
Gerencia Municipal, el informe Nº 147-2015-GAJ/MDEA
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el informe Nº 175-
2015/GPLAN-MDEA de la Gerencia de Planif‌i cación, el
informe Nº 117-2015-GDAM/MDEA de la Gerencia de
Desarrollo Ambiental y el informe Nº 073-2015-UGA-
GDAM/MDEA de la Unidad de Gestión Ambiental, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modif‌i cada por
la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, establece
en su Artículo 194 que las municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, los numerales 3.1) y 3.2) del Artículo 80 de la Ley
funciones específ‌i cas exclusivas de las municipalidades
distritales, proveer el servicio de limpieza pública,
determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos
sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios;
asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad
en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas,
escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales;
Que, mediante Ley Nº 27314, Ley General de
Residuos Sólidos y su modif‌i catoria al Decreto Legislativo
Nº 1065, el mismo que en su Artículo 10 preceptúa
que las municipalidades provinciales y distritales son
responsables de la gestión de residuos sólidos de origen
domiciliario, comercial y de aquellas actividades que
generen residuos similares a estos, en todo el ámbito
de su jurisdicción, asegurando una adecuada prestación
del servicio de limpieza pública, recolección y transporte
de residuos en su producción, debiendo garantizar la
adecuada disposición f‌i nal de los mismos;
Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos
Sólidos, aprobado mediante D.S.Nº 057-2004-PCM,
precisa en el Artículo 23 que las municipalidades distritales
formulan sus planes sobre el manejo de residuos sólidos,
con participación de la ciudadanía, en coordinación con
el Gobierno Regional, autoridades de salud ambiental y
demás autoridades competentes previstas en la Ley.
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 371-
2015/MDEA se conformó el equipo técnico para la
elaboración y/o actualización del Plan de manejo de
residuos sólidos (PMRS) para el distrito de El Agustino,
la cual está integrada por la Gerencia de Desarrollo
Ambiental y la Gerencia de Planif‌i cación las cuales en
coordinación formulan las estrategias y acciones que se
consideraran desde la generación hasta su disposición
f‌i nal, asegurando una ef‌i ciente y ef‌i caz prestación de los
servicios y actividades,
Que, mediante informe Nº 117-2015-GDAM/MDEA,
formula y presenta la actualización del Plan de Manejo de
Residuos Sólidos del distrito de El Agustino.
Que, la Municipalidad de Distrital de El Agustino y su
equipo técnico, han elaborado la actualización del Plan
de manejo de residuos sólidos del distrito de El Agustino,
el cual establece las condiciones para una adecuada
gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el
ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición
f‌i nal, asegurando una ef‌i ciente y ef‌i caz prestación de los
servicios y actividades.
Estando a lo expuesto; y en uso de las facultades
conferidas en el numeral 8 del Artículo 9 de la Ley Nº
la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE
MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DEL
DISTRITO DE EL AGUSTINO
Artículo 1º.- APROBAR el Plan de Manejo de
Residuos Sólidos del Distrito de El Agustino - PMRS,
que como anexo forma parte integrante de la presente
ordenanza.
Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO cualquier
normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente
ordenanza.
Artículo 3º.- FACULTAR al señor Alcalde para que,
mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones
necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo
de Residuos Sólidos del Distrito de El Agustino, para el
mejor cumplimiento del mismo.
Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo
Ambiental la implementación y ejecución del Plan de
Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de El Agustino,
en coordinación con las demás unidades orgánicas de la
municipalidad.
Artículo 5º.- ENCARGAR a la Secretaria General y a
la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación
del texto de la presente ordenanza en el Diario Of‌i cial “El
Peruano”, y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones
Publicas y Protocolo la publicación de la presente
Ordenanza y del Plan de manejo de residuos sólidos del
distrito de El Agustino – PMRS, en el portal institucional
(www.mdea.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano
(www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RICHARD SORIA FUERTE
Alcalde
1268281-1
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N°
287 que establece facilidades e incentivos
tributarios a favor de contribuyentes
del distrito, sobre deudas generadas por
iscalización tributaria y/o actualización
catastral
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 013-2015
La Molina, 24 de julio de 2015

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