ORDENANZA N° 314-MDI - Aprueban el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Independencia

Fecha de disposición21 Enero 2015
Fecha de publicación21 Enero 2015
El Peruano
Miércoles 21 de enero de 2015 545127
Que, estando a lo establecido por el artículo 191º de la
Constitución Política del Estado, Artículo 9º, 15º y 21º de
la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
modif‌icada por Ley Nº 27902, Ley Nº 27783, Ley de Bases
de la Descentralización, y del artículo 82º del Reglamento
Interno de Organización y Funciones aprobado por
Ordenanza Regional Nº 049-2013-CR/GRC CUSCO.
Que, en atención a las consideraciones expuestas y
en ejercicio de las atribuciones que señala la Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, así como el Reglamento Interno
de Organización y Funciones del Consejo Regional, el
Pleno determina emitir el presente, por tanto:
Que, estando a lo expuesto y lo establecido por el
Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, la
Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
y sus modif‌icatorias Leyes 27902, 28013,28961, 28968
y 29611, así como la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la
Descentralización; el Consejo Regional de Cusco, por
unanimidad,
Ha dado la siguiente
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de
Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional
de Salud Cusco y de sus Órganos Desconcentrados,
conforme se detalla a continuación:
- Dirección Regional de Salud Cusco, en Anexo
conformado por tres (03) Títulos, siete (07) Capítulos,
setenta y siete (77) Artículos y su Organigrama Estructural,
en 48 folios.
- Red de Servicios de Salud Canas Canchis
Espinar, en Anexo conformado por tres (03) Títulos, siete
(07) Capítulos, veintiocho (28) Artículos y su Organigrama
Estructural, en 18 folios.
- Hospital Alfredo Callo Rodríguez de Sicuani,
en Anexo conformado por tres (03) Títulos, cuatro (04)
Capítulos, treinta y ocho (38) Artículos y su Organigrama
Estructural, en 23 folios.
- Hospital de Espinar, en Anexo conformado por
tres (03) Títulos, cuatro (04) Capítulos, treinta y ocho (38)
Artículos y su Organigrama Estructural, en 23 folios.
- Red de Servicios de Salud La Convención,
en Anexo conformado por tres (03) Títulos, siete (07)
Capítulos, veintiocho (28) Artículos y su Organigrama
Estructural, en 18 folios.
- Hospital de Quillabamba, en Anexo conformado
por tres (03) Títulos, cuatro (04) Capítulos, veintidós (22)
Artículos y su Organigrama Estructural, en 23 folios.
- Red de Servicios de Salud Cusco Sur, en Anexo
conformado por tres (03) Títulos, siete (07) Capítulos,
veintiocho (28) Artículos y su Organigrama Estructural, en
18 folios.
- Hospital de Santo Tomás, en Anexo conformado
por tres (03) Títulos, cuatro (04) Capítulos, treinta y ocho
(38) Artículos y su Organigrama Estructural, en 18 folios.
- Red de Servicios de Salud Kimbiri Pichari, en Anexo
conformado por tres (03) Títulos, siete (07) Capítulos,
veintiocho (28) Artículos y su Organigrama Estructural, en
23 folios.
- Red de Servicios de Salud Cusco Norte, en Anexo
conformado por tres (03) Títulos, siete (07) Capítulos,
veintiocho (28) Artículos y su Organigrama Estructural, en
19 folios.
- Hospital Antonio Lorena, en Anexo conformado
por tres (03) Títulos, cinco (05) Capítulos, ciento cuarenta
(140) Artículos y su Organigrama Estructural, en 65
folios.
- Hospital Regional del Cusco, en Anexo conformado
por tres (03) Títulos, cinco (05) Capítulos, ciento treinta
(130) Artículos y su Organigrama Estructural, en 59
folios.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, a partir
de la fecha la Resolución Ejecutiva Regional Nº 029-
2006-GR CUSCO/PR del 17 de enero del 2006 que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de
la Dirección Regional de Salud Cusco; y la Resolución
Ejecutiva Regional Nº 432-2009-GR CUSCO/PR se
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de
los Órganos Desconcentrados de la Dirección Regional
de Salud Cusco. Deróguese todas las disposiciones
que se opongan a la vigencia de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario Of‌icial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional del Cusco para su promulgación.
Dado en Cusco, a los diez días del mes de diciembre
del año dos mil catorce.
FLORENTINO HUANQQUE HUALLPA
Consejero Delegado
Consejo Regional de Cusco
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede central del Gobierno Regional del
Cusco, a los quince días del mes de diciembre del año
dos mil catorce.
RENE CONCHA LEZAMA
Presidente Regional
1189988-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Aprueban el Nuevo Reglamento
de Organizaciòn y Funciones -
ROF y Organigrama Estructural
de la Municipalidad Distrital de
Independencia
ORDENANZA Nº 314-MDI
Independencia, 15 de enero del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE INDEPENDENCIA;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo
de la fecha y visto los Informes Nºs 015 y 019-2015-
GPPR/MDI de la Gerencia de Planif‌icación, Presupuesto
y Racionalización, el Informe N° 013 -2015-GAL/MDI
de la Gerencia de Asesoría Legal, los Informes N°s 035
y 051-SGP-GAF-MDI de la Sub Gerencia de Personal
y el Memorando N° 012-2015-GM/MDI de la Gerencia
Municipal relacionados con la propuesta de modif‌icación
del Reglamento de Organización y Funciones de la
Municipalidad Distrital de Independencia, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, modif‌icada por la Ley
Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, concordante
con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la
autonomía que la Constitución Política del Perú establece
para las municipalidades radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, según el artículo 26º de la Ley N° 27972
Ley Orgánica de Municipalidades”, la administración
municipal adopta una estructura gerencial sustentándose
en principios de programación, dirección, ejecución,
supervisión, control recurrente y posterior. Asimismo, las
facultades y funciones se establecen en los instrumentos
de gestión y en la citada ley;

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