ORDENANZA N° 312-2014/MVES - Prorrogan para el ejercicio 2015, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 294-MVES, que aprobó estructura de costos y estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada de actualización del valúo Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2014
Fecha de disposición | 16 Enero 2015 |
Fecha de publicación | 16 Enero 2015 |
El Peruano
Viernes 16 de enero de 2015 544879
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de Ocio, del terreno constituido por la Parcela
N° 10320 del ex Fundo Santa Rosa que, según la Ficha
Registral N° 184966 y continuada en la Partida Electrónica
N° 43719165 expedida por la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos (SUNARP), se encuentra
ubicado en nuestra jurisdicción, sobre el cual se ha
constituido la Urbanización La Madrid, cuya área es de
18,000.00 m²;
Que, mediante Informe Nº 1488-2014-SGCyHU-GDU-
MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas señala que, recogiendo el Informe Nº 210-2014-
JLAA-SGCHU-GDU/MDSMP, el terreno de 18,000.00 m2
m², sobre el cual se desarrolla la Urbanización La Madrid,
se encuentra totalmente consolidada respecto al total del
área útil, contando con edicaciones y servicios públicos
domiciliarios; por lo que cumple con las condiciones
para que se declare habilitado de ocio, acorde con
lo establecido en la Ley Nº 29898, que modica la Ley
N° 29090 – de Regulación de Habilitaciones Urbanas
y de Edicaciones que establece el procedimiento de
Habilitación Urbana de Ocio y el Decreto Supremo N°
Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario
ocial El Peruano el 14.MAYO2007, aprueba el Reajuste
Integral de la Zonicación de los Usos del Independencia,
Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac,
que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II
de Lima Metropolitana; y conforme al Plano de Zonicación
de los Usos del Suelo se calica al terreno materia de
trámite con Zonicación Residencial de Densidad Media
– RDM – y Comercio Zonal - CZ;
Que, asimismo, de conformidad con el Plano del
Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por
Ordenanza N° 341-MML, el terreno de la Urbanización La
Madrid se encuentra afectado por la vía metropolitana Av.
Banchero Rossi, calicada como vía colectora con sección
C-45 de 40.00 m.; siendo las vías locales propuestas
denominadas Calle A con una sección A-A de 12.00 m.,
Calle 1 con una sección B-B de 11.40 m., Calles 85 y
39 con una sección C-C de 14.40 m.1; cumpliendo los
módulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de
Edicaciones;
Que, el Informe N° 1884-2014-GAJ/MDSMP de la
Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente
trámite cumple con las disposiciones establecidas para
el procedimiento de Habilitación Urbana de Ocio,
incorporado a la Ley N° 29090 mediante Ley Nº 29898,
así como el Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA,
recomendando se emita la respectiva resolución de
alcaldía;
Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de
Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano;
De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y
43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;
Ley Nº 29090 - Regulación de Habilitaciones Urbanas y
Edicaciones, su modicatoria Ley Nº 29898, así como su
Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 008-
2013-VIVIENDA;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la
aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un
área de 18,000.00 m², terreno constituido por la Parcela
N° 10320 del ex Fundo Santa Rosa, según Ficha Registral
N° 184966 y continuada en la Partida Electrónica N°
43719165 expedida por la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos (SUNARP), sobre el cual se localiza
la Urbanización La Madrid, ubicada en esta jurisdicción,
provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de
la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano
signado Nº 143-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria
Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle:
CUADRO GENERAL DE ÁREAS
ÁREA BRUTA TOTAL ÁREA (m2)
Área Bruta Inscrita 18,000.00 m2
Área Útil de Vivienda (54 lotes) 8,031.14 m2
Área de Vía Metropolitana 4,551.56 m2
Área de Compensación 1,241.18 m2
Área de Vías Locales 4,176.12 m2
Artículo Tercero.- REMITIR a la Municipalidad
Metropolitana de Lima copia certificada de la presente
norma municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos
de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano
Catastral y Plano de Lotización N° 143-2014-SGCyHU-
GDU/MDSMP, para su conocimiento.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la
presente resolución en el diario oficial El Peruano, en
un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes
de notificada la misma, a cargo de los propietarios del
predio objeto de la Habilitación Urbana de Oficio.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas,
Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de
Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo
Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias,
incorporen la Habilitación Urbana de Ocio a que se
reere el artículo Primero de la presente resolución, al
Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así
como registrar los predios resultantes en su Registro de
Contribuyentes.
Artículo Sexto.- HACER DE CONOCIMIENTO el
presente acto administrativo a la parte interesada e
instancias administrativas que correspondan.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FREDDY S. TERNERO CORRALES
Alcalde
1188076-1
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Prorrogan para el ejercicio 2015, la
vigencia de la Ordenanza Municipal
N° 294-MVES, que aprobó estructura
de costos y estimación de ingresos
del servicio de emisión mecanizada
de actualización del valúo Predial y
Arbitrios Municipales del Ejercicio
2014
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 312-2014-MVES
Villa El Salvador, 24 de Noviembre de 2014
POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El
Salvador, en Sesión Extraordinaria de la fecha;
VISTO: El Informe N° 1044-2014-SGAOT-GR/MVES
de la Sub Gerencia de Administración y Orientación
Tributaria, el Informe Nº 1083-2014-OAJ/MVES de la
Ocina de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 2279-
2014-GM/MVES de la Gerencia Municipal y el Dictamen
N° 009-2014-CRyF/MVES de la Comisión de Rentas y
Fiscalización, y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 194°
y 195° numeral 4) de la Constitución Política del Perú,
modicados por la Ley de Reforma Constitucional N°
27680, en concordancia con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N°
27972; establece que los Gobiernos Locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y
la economía local, la prestación de los servicios públicos
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