ORDENANZA N° 288-2015-MDPH - Ratifican el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Punta Hermosa 2015

Fecha de disposición13 Marzo 2015
Fecha de publicación13 Marzo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 13 de marzo de 2015
548528
Que, de acuerdo al Artículo 42° de la Ley N° 27972
– Ley Orgánica de Municipalidades, (…) los Decretos de
Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación
de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos
necesarios para la correcta y ef‌i ciente administración
municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general
y de interés para el vecindario que no sean de competencia
del Concejo Municipal;
Que, el último párrafo del Artículo 29° del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto
Supremo N° 133-2013-EF, promulgado el 22 de junio
del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda
tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por
la Administración Tributaria;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° en
concordancia con el Artículo 42° de la Ley N° 27972
– Ley Orgánica de Municipalidades.
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de
vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales 2015 (1° y 2° Cuota), hasta el 31 de
marzo del presente año.
Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Rentas, Sub Gerencia de Estadística e Informática, el
cumplimiento del presente Decreto y a la Secretaría
General y Gerencia de Comunicaciones e Imagen
Institucional, la publicación y difusión del presente.
Artículo Tercero.- DISPONER a la Sub Gerencia
de Estadística e Informática, la publicación del presente
Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la
Municipalidad Distrital de Pachacámac, dentro del día
siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el
Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP,
aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010-
PCM.
Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.
HUGO L. RAMOS LESCANO
Alcalde
1210689-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Ratifican el Plan Distrital de Seguridad
Ciudadana de Punta Hermosa 2015
ORDENANZA Nº 288-2015-MDPH
Punta Hermosa, 25 de febrero de 2015
EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA:
VISTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Punta Hermosa, en
Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, visto el Informe
Técnico Administrativo Nº 001-2015-GDSC-MDPH de la
Gerencia de Seguridad Ciudadana de fecha 24 de febrero
de 2015, el Informe Legal Nº 043-2015-MDPH/AOJ de la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo
194º, modif‌i cada por la Ley Nº 28607 de Reforma
Constitucional del Cap. XIV del Título IV, reconoce a las
Municipalidades como órganos de gobierno local con
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad
Ciudadana Nº 27933 tiene por objeto el proteger el
libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la
seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto
de las garantías individuales y sociales a nivel nacional.
Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin
excepción, que conforman la Nación Peruana; para
ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad
Ciudadana - SINASEC y los otros sistemas administrativos
y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la
seguridad ciudadana participando en los procesos y
acciones que de ella se deriven. Componen el citado
sistema, entre otros, los Comités Distritales de Seguridad
Ciudadana (CODISEC);
Que, conforme al artículo 13º del citado dispositivo
los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los
encargados de formular los planes, programas, proyectos
y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar
los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política
nacional diseñada por CONASEC;
Que, de igual modo según el artículo 30º del citado
Reglamento, son funciones de la Secretaría Técnica, entre
otras, presentar el Proyecto del Plan Distrital de Seguridad
Ciudadana al CODISEC para su aprobación, además
de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al
concejo Municipal Distrital, para su ratif‌i cación mediante
Ordenanza;
Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana, aprobado con Decreto Supremo Nº
011-2014-IN expresa en su artículo 46º, que los planes son
los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en
materia de seguridad ciudadana en los ámbitos provincial
y distrital con un enfoque de resultados. Contienen un
diagnóstico del problema y establece una visión, objetivos
estratégicos y específ‌i cos, actividades, indicadores,
metas y responsables. Se elaboran en concordancia
con los objetivos estratégicos contenidos en las políticas
nacionales y regionales de carácter multianual. Estos
planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al análisis
del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos
mediante la aplicación de los respectivos indicadores de
desempeño;
Que, el artículo 47º, in f‌i ne, del reglamento establece
que además de su aprobación por los Comités
Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad
Ciudadana, los planes deberán ser ratif‌i cados por los
Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y
por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales,
según corresponda, a efectos de su obligatorio
cumplimiento como políticas regionales, provinciales
y distritales. De manera concordante, el artículo 30º,
literal e; precisa que como Secretaría Técnica del
CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la
Municipalidad Distrital, o el órgano que haga sus veces,
tiene como función, entre otros, el presentar al Concejo
Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana
aprobado por el CODISEC, para su ratif‌i cación mediante
Ordenanza Municipal;
Que, en tal sentido, con Informe Técnico Administrativo
Nº 001-2015-GDSC-MDPH de la Gerencia de Seguridad
Ciudadana de esta Municipalidad, remite el Plan Distrital
de Seguridad Ciudadana del distrito de Punta Hermosa
2015, aprobado en sesión ordinaria del Comité realizada
el 29 de enero de 2015, a efectos de que sea ratif‌i cado
por el Concejo Municipal mediante Ordenanza, conforme
establece el reglamento de la Ley del Sistema Nacional
de Seguridad Ciudadana;
Que, el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana del
Distrito de Punta Hermosa 2015, obedece a la necesidad
de contar con un instrumento de gestión interinstitucional
para reducir la violencia y la inseguridad desde una
óptica integral, multisectorial, dentro del marco de las
políticas del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana
y en concordancia con la Ley 27933 - Ley del Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana. Tiene por f‌i nalidad
plantear una estrategia de lucha contra la inseguridad
ciudadana en el distrito, con la participación activa
y coordinada de la sociedad civil, la Municipalidad,
Policía Nacional del Perú y otras Instituciones Públicas
y Privadas a través del Comité Distrital de Seguridad
Ciudadana (CODISEC);
Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 Orgánica
de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de
las Municipalidades, en materia de su competencia,
son normas de carácter general de mayor jerarquía en
la estructura normativa municipal, por medio de las
cuales se aprueba la organización interna, la regulación,

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