ORDENANZA N° 217-2015-MSMM - Ordenanza que ratifica el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2015

Fecha de disposición10 Mayo 2015
Fecha de publicación10 Mayo 2015
El Peruano
Domingo 10 de mayo de 2015 552353
de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico para los
procesos que se generen.
Artículo Sexto.- Dispensar al presente de la lectura
y aprobación de Acta para su inmediata publicación y
cumplimiento.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
1234714-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTA MARÍA DEL MAR
Ordenanza que ratifica el Plan Distrital
de Seguridad Ciudadana 2015
ORDENANZA Nº 217-2015-MSMM
Santa María del Mar, 23 de abril del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SANTA MARIA DEL MAR
POR CUANTO:
VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 21 de Abril del
2015 el Informe Nº 2015-OAJ-MSMM remitido por la Jefa
de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica; e Informe de la División
de Seguridad Ciudadana de fecha 25 de Marzo Abril del
2015, que contiene el proyecto de Ordenanza Municipal
que Ratif‌i ca el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia
Social 2015, del Distrito de Santa María Del Mar.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno
Local con autonomía política económica y administrativa en
los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Articulo
con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972;
Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía
que la Carta Magna establece para las municipalidades radica
en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Ley No. 27933 se crea el Sistema Nacional
de Seguridad Ciudadana (SINASEC), norma que tiene por
objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades,
garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y
respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional.
Como también desarrolla un concepto sistemático e integral
de la seguridad ciudadana, concibiéndola como la acción que
desarrolla el Estado con la colaboración de la ciudadanía,
destinada a lograr la convivencia pacíf‌i ca, la erradicación de
la violencia, libre utilización de las vías y espacios públicos y
contribuir a la prevención de delitos y faltas, con el apoyo de la
comunidad organizada.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2014 de fecha 04
de Diciembre del 2014, se aprobó el reglamento de la Ley Nº
su artículo 36 los comités Distritales de Seguridad Ciudadana.
En su artículo 36 los comités distritales de seguridad ciudadana
(CODISEC) son uno de los componentes del mencionado
sistema, los cuales constituyen una instancia de dialogo,
coordinación y elaboración de políticas, planes, programas,
directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana,
en el ámbito distrital; son presididas por el Alcalde Distrital de la
Jurisdicción respectiva, recayendo en la Secretaria Técnica en
la División de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil.
Que, de igual modo según lo prescrito en el Artículo 30º
inciso (e) y 47 del citado Reglamento , son funciones de la
Secretaria Técnica, entre otras presentar el proyecto de Plan
de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social al CODISEC, al
Concejo Municipal Distrital para ratif‌i car mediante Ordenanza;
Que, al respecto la División de Seguridad Ciudadana
y Defensa Civil , mediante Informe Nº 078-2015/DVSCDC/
DSP/MSMM, indica que con fecha 10 de Marzo del 2015,
en Sesión Ordinaria del Comité, se aprobó el Plan Distrital
de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2015 de la
Municipalidad de Santa María del Mar, el mismo que se
encuentra alineado a los objetivos del Plan Estratégico de
Desarrollo Nacional al año 2021, Plan Nacional de Seguridad
Ciudadana 2013-2018, por lo cual debe aprobarse por parte
del Concejo Municipal.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9º,
numeral 8) artículo 40º y numerales 2) y 4) del artículo
Aprobó lo siguiente:
Que, estando al expuesto con el voto unánime de
sus integrantes en ejercicios de las facultades que la ley
orgánica de municipalidades le conf‌i ere y con dispensa
del trámite de lectura y aprobación de actas; el concejo ha
aprobado por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DISTRITAL
DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015
Artículo 1°.- Ratif‌i car el Plan Distrital de Seguridad
Ciudadana 2015, y Convivencia Social aprobado por el
Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad
de Santa María del Mar, según acta de fecha 10 de Marzo
del 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº
y demás normatividad aplicable, de conformidad a las
consideraciones expuestas en la presente ordenanza.
Artículo 2°.- Precisar que el Plan ratif‌i cado en virtud
del artículo precedente, como anexo adjunto, forma parte
integrante de la presente ordenanza.
Artículo 3°.- Encargar a la División de Seguridad
Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza, a
la Secretaria General su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano y en nuestro portal institucional.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARWAN ZAKHARIA KAHHAT ABEDRABBO
Alcalde
1235010-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ROSA
Modifican la Ordenanza Municipal
Nº 328-2011-MDSR en el extremo de la
designación de los miembros del Comité
Especial de Promoción de la Inversión
Privada - CEPRI SANTA ROSA
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 416-2015-MDSR
Santa Rosa, 30 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:
modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680,
concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº
Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en asuntos de su competencia, precisando
que la última norma de autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para los municipios radica en la facultad
de ejercer actos de gobierno, actos de administrativos y de
administración,con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, conforme al inciso 24) del artículo 20º de la Ley
Orgánica de Municipalidades, el Alcalde puede recomendar
la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos
municipales, pero sobre todo que el ciudadano, del Santa
Rosa reciba un servicio que eleve su calidad de vida;
Que, mediante la Ordenanza Nº328-2011-MDSR de
fecha 21 de setiembre del 2011, se regula el tratamiento
de la Promoción de la Inversión Privada en el ámbito de la
Municipalidad Distrital de Santa Rosa;
Que, en el artículo cuarto y quinto de la disposición general
de la ordenanza citada, se crea y designa a los miembros
del Comité Especial de la Promoción de Inversión Privada
(CEPRI), y se delega las facultades del OPIP al CEPRI;

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