ORDENANZA N° 091-2015-CR/GRC.CUSCO - Aprueban Reglamento del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados y Programas de Desarrollo 2015-2018 del Gobierno Regional del Cusco

Fecha de disposición02 Julio 2015
Fecha de publicación02 Julio 2015
El Peruano
Jueves 2 de julio de 2015 556441
Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. a
efectuar el procesamiento principal de su
sistema de tarjetas de crédito en Chile,
a cargo del proveedor Administradora
de Servicios y Sistemas Automatizados
Falabella Limitada - Adessa Falabella
Limitada
RESOLUCIÓN SBS Nº 3488-2015
Lima, 18 de junio de 2015
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por Banco Falabella Perú S.A.,
en adelante el Banco, para que se modif‌i que la autorización
para efectuar el procesamiento de su sistema de tarjetas
de crédito en el exterior, por cambio en el proveedor;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 4918-2011 de
fecha 20 de abril de 2011, se autorizó al Banco a efectuar
el procesamiento principal de sus sistema de tarjetas de
crédito en la República de Chile a cargo del proveedor
Administradora de Servicios Computacionales y de
Crédito CMR Falabella Limitada;
Que, dicho proveedor luego de procesos de
reorganización societaria y fusiones, asumió la razón social
Administradora de Servicios y Sistemas Automatizados
Falabella Limitada - Adessa Falabella Limitada;
Que, al haberse autorizado a efectuar el procesamiento
principal del sistema de tarjetas de crédito en el exterior a
un proveedor que ha sido sustituido por otra empresa de
personalidad jurídica distinta, se requiere de una nueva
autorización de conformidad con el artículo 7 A de la
Circular Nº G-140-2009;
Que, de las evaluaciones realizadas, se ha
determinado que el cambio de proveedor, no ha implicado
una modif‌i cación del esquema operativo y tecnológico
considerado en el expediente original;
Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión
Bancaria “C”, el Departamento de Supervisión de Riesgo
Operacional, Departamento de Supervisión de Sistemas de
Información y Tecnología así como el Departamento Legal;
y, con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de
Banca y Microf‌i nanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas en el artículo
349° de la Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Banco Falabella Perú S.A.
a efectuar el procesamiento principal de su sistema de tarjetas
de crédito en la República de Chile, a cargo del proveedor
Administradora de Servicios y Sistemas Automatizados
Falabella Limitada - Adessa Falabella Limitada.
Artículo Segundo.- Las modif‌i caciones que se
realicen en los contratos, cambios de proveedor o la
contratación de nuevos servicios de procesamiento de
datos en el exterior, deberán ser comunicados a esta
Superintendencia y estar a satisfacción de ella.
Artículo Tercero.- El Banco deberá asegurar, con
una frecuencia anual, que el servicio subcontratado sea
sometido a un examen de auditoría independiente, por una
empresa auditora de prestigio, que guarde conformidad
con los estándares ISAE 3402, emitido por la Federación
Internacional de Contadores (IFAC), o la SSAE 16, emitida por
el Instituto Americano de Contadores Públicos Certif‌i cados
(AICPA), debiendo el Banco remitir a esta Superintendencia
el reporte tipo 2 previsto por dichos estándares.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
1256762-1
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito de Cusco S.A. la apertura de
Oficina Especial Temporal ubicada en
el departamento de Cusco
RESOLUCIÓN SBS Nº 3502-2015
Lima, 19 de junio del 2015
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito Cusco S.A. - CMAC Cusco S.A., para que se
le autorice la apertura de una Of‌i cina Especial Temporal
ubicada en el Campo Ferial de Huancaro s/n, en el distrito
de Santiago, provincia y departamento de Cusco; y,
CONSIDERANDO:
Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar
la documentación correspondiente para la apertura de la
citada Of‌i cina Especial;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microf‌i nanciera “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo
30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento
de apertura, conversión, traslado o cierre de of‌i cinas,
uso de locales compartidos, cajeros automáticos y
cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución
SBS Nº 6285-2013 y modif‌i catorias; y, en uso de las
facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº
12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una Of‌i cina
Especial Temporal entre los días 20 y 30 de junio del
presente año, ubicada en el Campo Ferial de Huancaro
s/n, en el distrito de Santiago, provincia y departamento
de Cusco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DEMETRIO CASTRO ZÁRATE
Intendente General de Microf‌i nanzas
1257124-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DEL CUSCO
Aprueban Reglamento del Presupuesto
Participativo Multianual Basado en
Resultados y Programas de Desarrollo
2015-2018, del Gobierno Regional del
Cusco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 091-2015-CR/GRC.CUSCO
POR CUANTO :
El Consejo Regional del Gobierno Regional del
Cusco, en su Vigésima Sesión Extrardinaria del Consejo
Regional periodo 2015 – 2018, de fecha doce de junio
del año dos mil quince, ha debatido y aprobado emitir la
presente Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento
del Presupuesto Participativo Multianual basado en
Resultados 2015-2018:

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