ORDENANZA N° 067-2014-CR/GRC.CUSCO - Constituyen el Consejo Regional de Productos Orgánicos de la Región del Cusco

Fecha de disposición03 Diciembre 2014
Fecha de publicación03 Diciembre 2014
El Peruano
Miércoles 3 de diciembre de 2014
539168
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO OJEDA PACHECO
Secretario General
1171769-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AMAZONAS
Concesiones mineras cuyos títulos
fueron aprobados en el mes de octubre
de 2014
RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL
Nº 039-2014-G.R. AMAZONAS/DREM
Chachapoyas, 12 de noviembre del 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 550-
2006-MEM/DM, de fecha 16 de Noviembre del 2006,
el Ministerio de Energía y Minas, resuelve aprobar
la transferencia de funciones sectoriales en materia
de Energía y Minas, siendo el Gobierno Regional de
Amazonas a través de la Dirección Regional de Energía
y Minas a partir de esa fecha, competente para otorgar
concesiones mineras para pequeña minería y minería
artesanal de alcance regional;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 316 Gobierno
Regional Amazonas/CR del 12 de diciembre del 2012,
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones
de la Dirección Regional de Energía y Minas – DREM;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de
Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM,
la Dirección Regional de Energía y Minas, publicará
mensualmente en el diario of‌i cial El Peruano, por una
sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos
títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de
Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM,
el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, el
artículo 149 del Texto Único Ordenado de la Ley General
de Minería; y, de conformidad con las atribuciones
conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 550-
2006-MEM/DM, de fecha 16 de noviembre del 2006;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Of‌i cial
El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron
aprobados, de acuerdo a la relación adjunta que es parte
integrante de la presente resolución y para los efectos a
que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo
Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.
Regístrese y publíquese.
ROGER E. RAMOS RODRÍGUEZ
Director Regional
Dirección Regional de Energía y Minas
RELACIÓN DE 03 CONCESIONES OTORGADAS AL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL
Nº 039-2014-G.R. AMAZONAS/DREM
NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN;
B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NÚMERO Y
FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL
REGIONAL; E) ZONA; F) COORDENADAS U.T.M DE
LOS VÉRTICES DE LA CONCESIÓN.
1.- A) NUEVA VILLA B) 510001611 C) JHON CLIVER
SALAZAR MARINERO D) 002-2014-G.R. AMAZONAS/
DREM 31/01/2014 E) 17 F) V01: N9487 E815 V02 N9485
E815 V03 N9485 E816 V04 N9486 E816 V05: N9486
E817 V06 N9484 E817 V07 N9484 E818 V08 N9487 E818
2.- A) CANTERA EL TIGRE B) 510000313 C) SEGUNDO
BALTAZAR TORREJON CHAVEZ D) 003-2014-G.R.
AMAZONAS/DREM 31/01/2014 E) 18 F) V01: N9292
E232 V02 N9292 E233 V03 N9291 E233 V04 N9291
E232 3.- A) SUMEN II B) 510000613 C) RAÚL PABLO
ARELLANO PÉREZ D) 030-2014-G.R. AMAZONAS/
DREM 02/10/2014 E) 18 F) V01: N9283 E181 V02 N9284
E181 V03 N9284 E182 V04 N9283 E182
ÁREA A RESPETAR: 1.- El concesionario de NUEVA
VILLA, con código Nº 510001611 deberá respetar el área
que ocupa el derecho minero prioritario LOS ANGELES
Nº 9 cuyas coordenadas son: V01: N9 486 190.00 E816
300.00 V02: N9 486 000.00 E816 300.00 V03: N9 486
000.00 E816 000.00 V04: N9 485 490.00 E816 000.00
V05: N9 485 490.00 E815 000.00 V06: N9 486 190.00
E815 000.00
1171796-1
GOBIERNO REGIONAL
DEL CUSCO
Constituyen el Consejo Regional de
Productos Orgánicos de la Región del
Cusco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 067-2014-CR/GRC.CUSCO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco, en
la octava sesión ordinaria de fecha cuatro de agosto del
año dos mil catorce, ha debatido y aprobado el Dictamen
de la Comisión Ordinaria de Asuntos Agropecuarios,
Comunidades Campesinas y Nativas del Consejo Regional
que propone la aprobación que propone la creación del
Consejo Regional de Productos Orgánicos de la Región
del Cusco; y,
CONSIDERANDO:
señala la defensa de la persona humana y el respeto de su
dignidad son el f‌i n supremo de la sociedad y del Estado;
Perú, señala que el Estado determina la política nacional
del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos
naturales;
del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de
Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV
sobre Descentralización y Ley Nº 28607, establece que
los Gobiernos Regionales tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; y en su Artículo 192º inciso 1), dispone
que los Gobiernos Regionales son competentes para
aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, el inciso g) del Artículo 35º de la Ley de
Bases de la Descentralización y modificatorias, señala
que son competencias exclusivas de los Gobiernos
Regionales “(….) g) Facilitar los procesos orientados
a los mercados internacionales para la agricultura,
la agroindustria, la artesanía, la actividad forestal
y otros sectores productivos, de acuerdo a sus
potencialidades”;
de Gobiernos Regionales, señala que el desarrollo
regional comprende la aplicación coherente y ef‌i caz de las
políticas e instrumentos de desarrollo económico social,
poblacional, cultural y ambiental, a través de planes,

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