ORDENANZA N° 014-MDMM - Ratifican el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Magdalena del Mar 2015

Fecha de disposición17 Mayo 2015
Fecha de publicación17 Mayo 2015
El Peruano
Domingo 17 de mayo de 2015
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de habilitar temporalmente el funcionamiento de las
entidades, contiene los cargos clasif‌i cados de la entidad
en base a la estructura orgánica vigente, prevista en su
Reglamento de Organización y Funciones – ROF;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 871-2014/
MINSA de fecha 14 de noviembre del 2014, se resuelve
aprobar el Instructivo para el Proceso de Nombramiento
del Personal de la Salud 2014;
Que, resulta pertinente la implementación el
Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la
Dirección Regional de Salud Ayacucho, aprobado por
Ordenanza Regional N° 016-2010-GRA/CR, de fecha 26
de Julio del 2010;
Que, el artículo 15° del Decreto Supremo N° 043-
2004-PCM, establece que los Cuadros para Asignación
de Personal – CAP deben ser aprobados por Ordenanza
Regional en el caso de los Gobiernos Regionales;
Por lo que en uso de las facultades conferidas por la
su modif‌i catoria Ley N° 27902, Ley N° 27902 y Ley N°
29053, el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus
miembros, con la dispensa de la lectura y aprobación del
Acta, aprobó la siguiente:
ORDENAZA REGIONAL
Artículo Primero.- Aprobar, el Cuadro para
Asignación de Personal – C.A.P. Provisional de la
Dirección Regional de Salud Ayacucho – DIRESA – 2014,
Órgano Desconcentrado de Línea Sectorial del Gobierno
Regional de Ayacucho, que en calidad de Anexo forma
parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- DEROGUESE la Ordenanza
Regional N° 010-2013-GRA/CR, de fecha 28 de Mayo
del 2013 y toda disposición que se oponga a la presente
Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección
Regional de Salud Ayacucho la publicación de la presente
Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y en
el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Ayacucho para su promulgación.
En la ciudad de Ayacucho, en la Presidencia del
Consejo Regional a los 20 días del mes de febrero del
año dos mil quince.
EULOGIO VILA MONTAÑO
Presidente Alterno
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional
de Ayacucho, a los 20 días del mes de febrero del año
dos mil quince.
WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ
Presidente
1237941-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Ratifican el Plan Distrital de Seguridad
Ciudadana de Magdalena del Mar
2015
ORDENANZA N° 014-MDMM
Magdalena del Mar, 30 de marzo de 2015
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA
DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Extraordinaria Nro. 01,
VISTO:
El informe N° 021-2015-GCySC-MDMM de la Gerencia
de Control y Seguridad Ciudadana, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194° de
la Constitución Política del Perú, en concordancia con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley N° 27972 - los gobiernos locales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Ciudadana N° 27933 tiene por objeto el proteger el
libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la
seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto
de la garantías individuales y sociales a nivel nacional.
Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin
excepción, que conforman la Nación Peruana; para
ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad
Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos
y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la
seguridad ciudadana participando en los procesos y
acciones que de ella se deriven. Componen el citado
sistema, entre otros, los Comités Distritales de Seguridad
Ciudadana (CODISEC);
Que, conforme al artículo 13° del citado dispositivo
los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los
encargados de formular los planes, programas, proyectos
y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar
los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política
nacional diseñada por CONASEC;
Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional del
Seguridad Ciudadana, aprobado con Decreto Supremo
N° 011-2014-IN expresa en su artículo 46°, que los planes
son los instrumentos de gestión que orienta el quehacer en
materia de seguridad ciudadana en los ámbitos provincial
y distrital con un enfoque de resultados, indicadores,
metas y responsables. Se elaboran en concordancia
con los objetivos estratégicos contenidos en las políticas
nacionales y regionales de carácter multianual. Estos
planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al análisis
del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos
mediante la aplicación de los respectivos indicadores de
desempeño;
Que, el artículo 47° del reglamento establece que
además de su aprobación por los Comités Regionales.
Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana,
los planes deberán ser ratif‌i cados por los Concejos
Regionales de los Gobiernos Regionales y por los
Concejos Municipales Provinciales y Distritales. De
manera concordante, el articulo 30° literal e; precisa que
como Secretaría Técnica del CODISEC, la Gerencia de
Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el
órgano que haga sus veces, tiene como función, entre
otros, el presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan
de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para
su ratif‌i cación mediante Ordenanza Municipal;
Que, en tal sentido, mediante Informe N° 021-2015-
GCySC-MDMM, el Secretario Técnico de CODISEC de
Magdalena del Mar, remite el Plan Distrital de Seguridad
Ciudadana 2015, aprobado en sesión del Comité realizada
el 09 de febrero de 2015, a efectos que sea ratif‌i cado por
el Concejo Municipal mediante Ordenanza, conforme
establece el reglamento de la Ley de Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana;
Que, el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de 2015,
obedece a la necesidad de contar con un instrumento
de gestión institucional para reducir la violencia y la
inseguridad desde una óptica integral, multisectorial,
dentro del marco de las políticas del Consejo Nacional de
Seguridad Ciudadana y en concordancia con la Ley 27933
Tiene por f‌i nalidad plantear una estrategia de lucha contra
la inseguridad ciudadana, con la participación activa y
coordinada de la sociedad civil, la Municipalidad, Policía
Nacional del Perú y otras Instituciones Públicas y Privadas
a través del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana
(CODISEC);

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