ORDENANZA Nº 010-2015-MDCLR - Ordenanza que protege la salud humana frente al incremento de palomas en el distrito

EmisorMUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2015
561628 NORMAS LEGALES Jueves 17 de setiembre de 2015 /
El Peruano
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL
CALLAO, visto el Dictamen N° 042-2015-MPC/CMPC-
SR-COAD de la Comisión de Administración, en
Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto
en mayoría de sus integrantes, en ejercicio de las
Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior,
aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004
le confieren y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo
194, establece que los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
en el artículo 9 inciso 8 señala que es atribución del
Concejo municipal, aprobar, modificar o derogar las
ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y el artículo
79 numeral 4.1, señala que las municipalidades, en
materia de organización del espacio físico y uso del
suelo, ejecutan directamente o proveen la ejecución
de las obras de infraestructura urbana o rural que sean
indispensables para el desenvolvimiento de la vida del
vecindario, la producción, el comercio, el transporte
y la comunicación del distrito, tales como pistas o
calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales
de irrigación, locales comunales y obras similares, en
coordinación con la municipalidad respectiva;
aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017 y
su modificatoria la Ley N° 29873 y su reglamento
sus modificatorias el Decreto Supremo 116-2013-EF,
N° 261-2014-EF regulan sobre la transferencia de
obras públicas;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000031
del 22 de junio de 2009, se aprueba el Reglamento
de los procedimientos de para la transferencia y/o
incorporación de obras públicas ejecutadas en la
jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao;
Que, la Gerencia General de Desarrollo Urbano
mediante Memorando 1823-2015-MPC-GGDU remite
el Informe N° 1652-MPC-GGDU-GO de la Gerencia
de Obras la que remite a su vez remite el Informe
Técnico N° 088-MPC-GGDU-GO-OAPA e Informe
Legal N° 186-2015-MPC-GGDU-RHS, en el que se
expresa que el texto normativo propuesto para el
reglamento materia de la presente Ordenanza tiene
la finalidad de permitir su concordancia con la Ley
de Contrataciones del Estado y su Reglamento,
además de establecer criterios técnicos que la
hagan más eficaz y entendible a quienes operan con
la mencionada norma, señalando además que es
necesario conceptualizarla a fin que manifieste su
verdadero objeto, considerando al respecto que debe
ser modificada en todos sus capítulos y cambiada su
denominación por la siguiente: Reglamento de los
procedimientos de recepción y liquidación de obras
públicas, para su transferencia e incorporación a la
Municipalidad Provincial del Callao;
Que, mediante Memorando Nº 883-2015-MPC-
GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica
y Conciliación, opina que resulta procedente la
modificación de la Ordenanza Municipal Nº 0031-2009
que aprueba el reglamento de los procedimientos para
la transferencia y/o incorporación de obras públicas
ejecutadas en la jurisdicción de la Municipalidad
Provincial del Callao.
Que, se ha considerado más conveniente
establecer un nuevo cuerpo normativo para
reglamentar la transferencia y/o incorporación de
obras públicas ejecutadas en el Callao, dado que
luego de las modificaciones y supresiones que se han
efectuado a la Ordenanza N° 000031 se haría muy
difícil la aplicación de la Ordenanza, por lo que se
acogió el texto sustitutorio presentado por la Gerencia
General de Desarrollo Urbano el cual fue propuesto
por la Comisión de Administración al Pleno del Concejo
con el dictamen del visto, proponiéndose derogar la
Ordenanza 031-2009;
Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en
la Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal
Provincial del Callao ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DE LOS PROCEDIMIENTOS DE RECEPCIÓN
Y LIQUIDACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, PARA
SU TRANSFERENCIA E INCORPORACIÓN AL
PATRIMONIO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
Artículo 1.- Apruébase el Reglamento de los
procedimientos de recepción y liquidación de obras públicas,
para su transferencia e incorporación al Patrimonio de la
Municipalidad Provincial del Callao, cuyo texto, como anexo,
es parte constitutiva de la presente Ordenanza.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Las obras públicas ejecutadas con cierta
antigüedad, por cualquier institución pública o privada,
que deba ser transferida e incorporada al patrimonio de la
Municipalidad Provincial del Callao y que no cuenten con
la documentación solicitada en los artículos 5, 17 o 22 del
Reglamento, presentarán lo siguiente:
- Memoria Descriptiva valorizada, señalando la
antigüedad del bien a transferir, cálculo de depreciación y
el valor depreciado del bien
- Plano de Ubicación
- Plano de replanteo de arquitectura
Segunda.- Los Procedimientos de transferencia o
incorporación que se encuentren en trámite se adecuarán
a lo previsto en el Reglamento aprobado por la presente
Ordenanza.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Derógase la Ordenanza Municipal N°
000031 del 22 de junio de 2009 y toda norma municipal
que se oponga a la presente Ordenanza.
Segunda.- Encárgase a la Gerencia General
Desarrollo Urbano, el cabal cumplimiento de lo dispuesto
en la presente Ordenanza.
Tercera.- Publícase la presente Ordenanza en el
Diario O cial El Peruano y encárguese a la Gerencia
de Informática la publicación de la misma y del anexo
denominado “Reglamento de los procedimientos de
recepción y liquidación de obras públicas, para su
transferencia e incorporación a la Municipalidad Provincial
del Callao”, en el portal institucional www.municallao.gob.
pe, en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y
en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe
Cuarta- La presente Ordenanza Municipal entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
1287705-1
MUNICIPALIDAD DE CARMEN
DE LA LEGUA REYNOSO
Ordenanza que protege la salud humana
frente al incremento de palomas en el
distrito
ORDENANZA Nº 010-2015-MDCLR
Carmen de la Legua Reynoso, 27 de mayo del 2015

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