ORDENANZA Nº 006-2015-GRSM/CR - Aprueban actualización del Cuadro de Asignación de Personal - CAP Provisional, del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y del Organigrama del Gobierno Regional de San Martín

Fecha de publicación16 Agosto 2015
Fecha de disposición16 Agosto 2015
559351
NORMAS LEGALES
Domingo 16 de agosto de 2015
El Peruano
/
069-2015-GRL-GRDE-DREM-CHLO.
CONSIDERANDO:
Que, el inciso “d” del artículo 59º de la Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales establece que es función de
los Gobiernos Regionales “Impulsar proyectos y obras
de generación de energía y electrif‌i cación urbano rurales,
así como para el aprovechamiento de Hidrocarburos
de la Región. Asimismo, otorgar concesiones para
mini centrales de generación eléctrica”; transferencia
formalizada mediante Resolución Ministerial Nº 050-2006-
MEM/DM, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano con
fecha 18 de noviembre del 2006.
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº
503-2007-PRES se aprobó el Manual de Organización y
Funciones del Gobierno Regional de Lima, en la cual se
establece que el Director Regional de Energía y Minas tiene
dentro de sus funciones específ‌i cas “Impulsar proyectos
y obras de generación de energía y electrif‌i cación
urbano rurales, así como para el aprovechamiento
de Hidrocarburos de la Región. Asimismo, otorgar
concesiones para minicentrales de generación eléctrica”;
Que, el procedimiento administrativo de otorgamiento
de concesión def‌i nitiva para desarrollar la actividad
de generación de energía eléctrica con Recursos
Energéticos Renovables (RER) se encuentra regulado en
las disposiciones contenidas en los artículos y 38º del
concordado con el artículo 66º de su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Que, el 02 de mayo de 2008, fue publicado el Decreto
Legislativo Nº 1002, en cuyo artículo 3º se estableció que la
generaciónhidráulica es calif‌i cada como recursos energético
renovable siempre que la capacidad instalada no sobrepase
los 20 MW, para cuyo efecto la primera disposición
modif‌i catoria del citado decreto modif‌i có los artículos 3º,
Que, las modif‌i caciones antes referidas, giraron entorno
a los siguientes aspectos: a) se incorporo el Derecho
Eléctrico de Concesión Def‌i nitiva de Generación de Recursos
Energéticos Renovables, con capacidad instalada mayor
de 500 Kw; b) Se elimino del artículo 4º la Autorización para
Centrales Hidroeléctricas, y c) El trámite de aprobación de una
Concesión Def‌i nitiva de Generación de Recursos Energéticos
Renovables con capacidad de 500 Mw, quedo sujeto al
procedimiento correspondiente al de una Autorización;
Que con of‌i cio Nº 2090-2014/MEM-DGE del
11/12/2014, Reg 921591, el Ing Luis Nicho Diaz, Director
General de Electricidad, traslada a la DREM LIMA la
Solicitud de Autorización para desarrollo de actividad de
generación eléctrica –Central térmica la Gringa V”- Distrito
de Antonio Provincia de Huarochiri. Para atención como
concesión def‌i nitiva RER con fuente primaria biomasa y
potencia de central térmica de 3.2MW.
Que, con Of‌i cio Nº 032-GRL-GRDE-DREM, del
21/01/2015, la DREM comunica las observaciones de
admisibilidad por lo que se recomienda complementar
la información y proceder a iniciar el procedimiento
administrativo.
Que con carta S/N del 17/03/2015, Reg 965764, el
titular presenta la solicitud de concesión def‌i nitiva RER
con fuente primaria biomasa y potencia de central térmica
de 3.2MW. para desarrollo de actividad de generación
eléctrica –Central térmica la Gringa V”- Distrito de Antonio
Provincia de Huarochiri. Y con Of‌i cio Nº 265-2015-GRL-
GRDE-DREM, la DREM LIMA notif‌i ca las observaciones
al expediente presentado para su atención.
Que con Exp 974168 del 7/04/2015 el titular presenta
el levantamiento de observaciones, por consiguiente con
Of‌i cio Nº 304-2015-GRL-GRDE-DREM, Reg 976328, del
24/03/2015, la DREM comunica al titular la verif‌i cación de
los requisitos de admisibilidad y dispone la publicación de
la solicitud de concesión def‌i nitiva RER.
Que, con carta S/N Exp 983529 del 23/04/2015,
Reg 983529 el titular da cuenta de la publicación de los
avisos de solicitud de concesión def‌i nitiva RER realizado
dentrodel plazo legal establecido, con fechas 15/04/2015
y 16/04/2015, en el “diario of‌i cial el Peruano” y el diario
“el Sol”.
Que, la Dirección Regional de Energía y Minas
luego de haber verif‌i cado y evaluado que la peticionaria
ha cumplido con los requisitos establecidos en la
normatividad vigente, ha emitido el Informe Nº 069-
2015 – GRL –GRDE-DREM – CHLO ;concluyendo que
La solicitud de concesión def‌i nitiva de generación con
recursos energéticos renovables de la Central térmica “la
Gringa V” de la Empresa Concesionaria Energía Limpia
SAC. RUC 205455100127, ubicado en la quebrada
Huaycoloro, Distrito de San Antonio, Provincia de
Huarochiri, presentado por su representante Legal Sr
Jorge Zegarra Reategui, identif‌i cado con DNI 06068278.
Cumple con lo dispuesto en la Ley de Concesiones
eléctricas (DL Nº 5844) y su Reglamento (DS Nº 0009-
93-EM y el Decreto Legislativo de promoción de la
inversiónpara la generación de electricidad con el uso de
energías renovables (DL 1002).
Que con Informe Nº 099- 2015-GRL-GRDE-DREM-
CHLO, se concluye procedente aprobar el Proyecto de la
resolución y minuta de contrato con opinión favorable de
la subgerencia de asesoría jurídica del Gobierno Regional
de Lima.
Que, estando a lo dispuesto por el artículo 25º de
la Ley de Concesiones Eléctricas, artículo 37 º de su
Reglamento, Decreto Legislativo Nº 1002 y con la opinión
favorable de asesoría Legal del Gobierno Regional de
Lima;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar concesión def‌i nitiva de
generación con Recursos Energéticos Renovables
a favor de CENTRAL TERMICA LA GRINGA V, para
desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica
con una potencia instalada de 3.2MW, ubicado en la
quebrada Huaycoloro, Distrito de San Antonio, Provincia
de Huarochiri, presentado por su representante Legal Sr
Jorge Zegarra Reategui, identif‌i cado con DNI 06068278,
en los términos y condiciones indicados en la presente
Resolución y los que se detallan en el Contrato de
Concesión que se aprueba en el articulo siguiente.
Artículo 2º.- Aprobar la Minuta del Contrato de
Concesión a suscribirse con la Empresa Concesionaria
Energía Limpia SAC, que consta de 19 Cláusulas y 3
Anexos, la cual será suscrita por el Presidente Regional
a nombre del Gobierno Regional de Lima, así como la
Escritura Pública que la minuta origine.
Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución
deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé
origen el Contrato de Concesión, referido en el artículo
2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo
56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 4º.- La presente Resolución, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley
de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular,
dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su
expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente
de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR A, GODOY GAVIRIA
Director Regional de Energia y Minas
1274517-1
GOBIERNO REGIONAL
DE SAN MARTIN
Aprueban actualización del Cuadro de
Asignación de Personal - CAP Provisional,
del Reglamento de Organización y
Funciones - ROF y del Organigrama del
Gobierno Regional de San Martín
ORDENANZA REGIONAL
Nº 006-2015-GRSM/CR
Moyobamba, 13 de julio del 2015
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San
Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos
NL20150816.pdf 25 8/17/2015 8:34:12 AM

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