ORDENANZA N° 006-2015-GR.LAMB/CR - Modifican el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Gobierno Regional de Lambayeque y dictan otras disposiciones

Fecha de disposición29 Abril 2015
Fecha de publicación29 Abril 2015
El Peruano
Miércoles 29 de abril de 2015
551608
son competentes para aprobar su organización interna
y su presupuesto institucional conforme a la Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales
de presupuesto; concordante con el numeral 1, literal c)
que son competencias exclusivas de los gobiernos
regionales formular y aprobar su organización interna y su
presupuesto institucional.
Que, mediante O cio Nº 123-2011-GR.LAMB/PR la
Gobernación del Gobierno Regional de Lambayeque
eleva al Consejo Regional la propuesta de inclusión en el
vigente Reglamento de Organización y Funciones – ROF,
las funciones relacionadas en materia de Cultura.
Que, mediante Informe Nº 022-2011-GR.LAMB/
ORPP., la O cina Regional de Planeamiento, Presupuesto
y Acondicionamiento Territorial hace de conocimiento que
la Contraloría General de la República, observa que el
Gobierno Regional de Lambayeque, no ha incorporado en
su organización institucional los mecanismos necesarios
para ejercer las funciones relacionadas con la materia
de Cultura, manifestando que es pertinente incluir en el
actual Reglamento de Organización y Funciones – ROF
institucional, las siguientes funciones especí cas:
A) En el artículo Nº 53, rubro “EN MATERIA DE
NORMATIVA, REGULACIÓN Y POLÍTICAS” la siguiente
función:
Y. DISEÑAR, EJECUTAR Y EVALUAR LOS
PROGRAMAS DE DESARROLLO DE LA CULTURA,
CIENCIA, Y TECNOLOGÍA DE LA REGIÓN, EN
CONCORDANCIA CON LA POLÍTICA EDUCATIVA
NACIONAL.
B) En el artículo Nº 53, rubro “EN MATERIA DE
ASISTENCIA TÉCNICA” La siguiente función:
L.- PROMOVER Y DIFUNDIR LAS MANIFESTACIONES
CULTURALES Y POTENCIAR LAS INSTITUCIONES
ARTÍSTICAS Y CULTURALES DE LA REGIÓN, EN
CONCORDANCIA CON LOS GOBIERNOS LOCALES.
Que, mediante Informe Legal Nª 237-2011-GR.LAMB/
ORAJ., el Jefe de la O cina Regional de Asesoría Jurídica
emite opinión previa favorable a la aprobación de la
presente propuesta, manifestando en su considerando
cuarto que el numeral a) del artículo 6º de la Ley 29565
Ley de Creación del Ministerio de Cultura, prescribe que
el Ministerio de Cultura ejerce competencia compartida
con los Gobiernos Regionales en materia de patrimonio
cultural, creación y gestión cultural e industrias culturales:
dictar normas y lineamientos técnicos para la protección,
defensa, conservación, difusión y puesta en valor del
Patrimonio Cultural de la Nación; y la promoción, desarrollo
de mecanismos, estrategias y programas de coordinación
de los gobiernos locales, con criterios de interculturalidad,
concordante con el literal a) de su artículo 8º que señala
que en el marco de sus competencias, el Ministerio de
Cultura cumple la función compartida con los Gobiernos
Regionales y Locales a promover una cultura de respeto
y acceso a los derechos culturales, libertad de creencias y
de creación intelectual, artística, técnica y cientí ca.
Que, el Dictamen 003-2015-GR.LAMB/CR-CITPPAT de
la Comisión de Infraestructura, Transporte, Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo
Regional de Lambayeque aprobado mediante Acuerdo
Regional Nº 017-2015-GR.LAMB./CR prescribe en el
considerando once: “Es preciso señalar que el Reglamento
de Organización y Funciones - ROF en su Art. Nº 52º al
54 se re ere a la Gerencia Regional de Educación; en
consecuencia, la inclusión de funciones relacionadas en
materia de CULTURA debe ser parte a dicha Gerencia
Regional, toda vez que la propuesta de modi cación
para incluir funciones especí cas en materia de cultura
es el Artículo 53º del ROF referente a las funciones de la
Gerencia Regional de Educación”.
Que, no existe prohibición legal alguna para incorporar
en el actual Reglamento de Organización y Funciones –
ROF del Gobierno Regional de Lambayeque, las funciones
relacionadas en materia de Cultura.
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo
38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional
del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente
Ordenanza Regional
ORDENANZA;
Artículo Primero.- MODIFICAR el actual Reglamento
de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional
de Lambayeque, aprobado con Ordenanza Regional Nº
09-2011-GR.LAMB/CR, en el artículo 53º disponiendo se
incluya las siguientes funciones especí cas:
A) En el Artículo Nº 53º, Rubro “EN MATERIA DE
NORMATIVA, REGULACIÓN Y POLÍTICAS” la siguiente
función:
Y DISEÑAR, EJECUTAR Y EVALUAR LOS PROGRAMAS
DE DESARROLLO DE LA CULTURA, CIENCIA, Y
TECNOLOGÍA DE LA REGIÓN, EN CONCORDANCIA
CON LA POLÍTICA EDUCATIVA NACIONAL.
B) En el Artículo Nº 53º, rubro “EN MATERIA DE
ASISTENCIA TÉCNICA” La siguiente función:
L.- PROMOVER Y DIFUNDIR LAS MANIFESTACIONES
CULTURALES Y POTENCIAR LAS INSTITUCIONES
ARTÍSTICAS Y CULTURALES DE LA REGIÓN, EN
CONCORDANCIA CON LOS GOBIERNOS LOCALES.
Artículo Segundo.- INCLUIR en la Gerencia Regional
de Educación; las funciones relacionadas en materia de
CULTURA establecidas en el artículo primero de esta
ordenanza.
Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto, según sea el
caso, toda disposición que se oponga a esta Ordenanza
Regional.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la
presente Ordenanza Regional en el Diario O cial El
Peruano, así como en el diario encargado de la publicación
de los avisos judiciales de la Región Lambayeque,
difundiéndose además a través del portal electrónico
institucional del Gobierno regional de Lambayeque, www.
regionlambayeque.gob.pe.
Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional
Lambayeque para su promulgación.
Dado en Chiclayo, a los veintiséis del mes de marzo
del año dos mil quince.
RAÚL VALENCIA MEDINA
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede central del Gobierno Regional de
Lambayeque, a los nueve días del mes de abril del año
dos mil quince.
HUMBERTO ACUÑA PERALTA
Gobernador Regional
1230265-1
Modifican el Cuadro para Asignación
de Personal – CAP del Gobierno
Regional de Lambayeque y dictan otras
disposiciones
ORDENANZA REGIONAL
Nº 006-2015-GR.LAMB/CR
Chiclayo, 9 de abril de 2015
El Gobernador del Gobierno Regional de
Lambayeque;
POR CUANTO:
El Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria de
fecha 30 de marzo del 2015, ha aprobado la Ordenanza
Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, mediante O cio Nº 208-2015-GR.LAMB./PR.,
el Gobernador del Gobierno Regional de Lambayeque

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