172 Nº 052-2007-SUNARP-TR-L - Revocan observación formulada por Registradora del Registro de Propiedad Vehicular de Lima a solicitud de inscripción de cancelación de garantía prendaria

Fecha de disposición05 Marzo 2007
Fecha de publicación05 Marzo 2007
PODER EJECUTIVO
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.M. Nº 095-2007-MTC/10.- Exoneran de proceso de
selección la contratación de servicio de seguridad
y vigilancia de predio de propiedad del Ministerio
341056
ORGANISMOS AUTONOMOS
ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
Res. N° 041-2007-ANR.- Precisan que requisito de
presentación del grado académico de bachiller para acceder
a estudios de posgrado, comprende a los of‌i ciales del
Ejército, Marina de Guerra, Fuerza Aérea y de la Policía
Nacional del Perú 341058
CONTRALORIA GENERAL
Fe de Erratas Res. N° 063-2007-CG 341060
DEFENSORIA DEL PUEBLO
Res. Nº 012-2007/DP.- Designan funcionario responsable
de remitir al Programa “Red Cil Proempleo” las ofertas
de empleo que se tengan previstas colocar a concurso
341062
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RR.JJ. N°s. 089, 090 y 100-2007-JEF/RENIEC.- Autorizan
a procurador iniciar acciones legales contra presuntos
responsables de la comisión de delitos contra la fe pública
341062
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
LOS REGISTROS PUBLICOS
Res. Nº 052-2007-SUNARP-TR-L.- Revocan observación
formulada por Registradora del Registro de Propiedad
Vehicular de Lima a solicitud de inscripción de cancelación
de garantía prendaria 341064
Res. Nº 806-2006-SUNARP-TR-L.- Aclaran la Res. N° 758-
2006-SUNARP-TR-L, expedida por el Tribunal Registral
341067
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
D.A. Nº 03-2007-MSB-A.- Prorrogan plazo para pago de
primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio
Fiscal 2007 341068
PROYECTOS
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERÍA
Res. Nº 073-2007-OS/CD.- Proyecto de Resolución que f‌i ja
los Precios en Barra aplicables al período comprendido entre
el 1° de mayo de 2007 y el 30 de abril de 2008 341069
Res. Nº 074-2007-OS/CD.- Proyecto de Resolución que Fija las
Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de
Transmisión correspondiente al Periodo 2007 - 2011 341077
SEPARATA ESPECIAL
EDUCACIÓN
R.M. Nº 0032-2007-ED.- Plan de Transferencia 2007 del
Sector Educación 341021
Sumario
Año XXIV - Nº 9761 www.elperuano.com.pe 341055
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 5 de marzo de 2007
AÑO DEL
DEBER CIUDADANO
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 5 de marzo de 2007
341056
PODER EJECUTIVO
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Exoneran de proceso de selección la
contratación de servicio de seguridad
y vigilancia de predio de propiedad del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 095-2007-MTC/10
Lima, 1 de marzo de 2007
VISTO:
Los Informes N°s. 045-2007-MTC/10.02, 055-2007-
MTC/10.02 y 065-2007-MTC/10.02 de la Dirección de
Abastecimiento de la Of‌i cina General de Administración
y el Informe N° 169-2007-MTC/08 de la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, relacionados con la solicitud de
exoneración del proceso de selección correspondiente
para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia
para el terreno de propiedad del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones (en adelante MTC), ubicado en Avenida
Néstor Gambetta Km. 4.7, y que forma parte del ex Fundo
Bocanegra, distrito y provincia del Callao (en adelante EL
PREDIO);
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27329 se declaró de necesidad
pública la expropiación de los bienes inmuebles de dominio
privado adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez,
entre los cuales se encuentra EL PREDIO; correspondiendo
al MTC ser el sujeto activo de la expropiación y con ello
iniciar los trámites correspondientes;
Que, EL PREDIO, constituido por un terreno principal
no ribereño al mar con un área de 251 996,34 m2inscrito en
el Asiento 10, foja 8 del tomo 178 que continúa en la Ficha
Nº 58214 del Registro de Propiedad Inmueble del Callao,
el mismo que cuenta con construcciones industriales,
almacenes, talleres, of‌i cinas, áreas verdes; fue transferido
junto con los demás terrenos que conforman el ex Fundo
Bocanegra, distrito y provincia del Callao, por la empresa
Fertilizantes Sintéticos S.A - FERTISA en Liquidación a
favor del MTC mediante el Contrato de Compra Venta y
Constitución de Usufructo y Servidumbre del 18 de mayo
de 1999, inscrito en la Partida Registral Nº 70087820 del
Registro de Propiedad Inmueble de la Of‌i cina Registral de
Lima y Callao;
Que, con Resolución Ministerial Nº 292-2000-
MTC/15.01, se aprobó el contrato de arrendamiento
a celebrarse entre el MTC y la empresa Nitratos S.A.
respecto de los inmuebles antes citados, procediendo a
suscribirse el contrato respectivo el 5 de julio del 2000,
estableciendo en la Cláusula Octava que la empresa
NITRATOS S.A. asumía la responsabilidad de evitar
cualquier afectación a los inmuebles por parte de terceros
durante la vigencia del contrato;
Que, mediante Carta N° NIT-GL-023-06 del 22
de diciembre de 2006, la empresa Nitratos S.R.L. en
Liquidación, informó que estaban concluyendo el proceso
de liquidación en lo concerniente al desmantelamiento de
la planta industrial y a la venta de los activos, estando
en condiciones de hacer entrega del local de la Avenida
Néstor Gambetta Km. 4.7, Callao, el 29 de diciembre de
2006; sin embargo, con Carta Nº NIT-GL-028-07 del 25
de enero de 2007, se f‌i jó como nueva fecha de entrega
el día 29 de enero de 2007, precisando que debido a la
existencia de puntos críticos de seguridad se harán las
coordinaciones del caso para que el relevo de agentes
contratados por la empresa Nitratos con los agentes del
MTC, sea adecuado y en condiciones que no impliquen
riesgo para el inmueble;
Que, mediante Memorando Nº 380-2006-MTC/10.5
del 27 de diciembre de 2006, la Directora de Patrimonio de
la Of‌i cina General de Administración solicitó se disponga
a la brevedad posible la implementación de puestos
de seguridad para la debida custodia del predio a ser
entregado por la empresa Nitratos S.R.L. en Liquidación;
Que, con Informe N° 008-2007-MTC/10.02.04.SEG
del 25 de enero de 2007, el Jefe de Seguridad del MTC
comunicó que el predio a ser entregado por la Empresa
Nitratos S.R.L. en Liquidación cuenta con 250,000 m²,
tiene 3 puertas de acceso y 5 torreones de vigilancia por
lo que se hace necesario contar con el siguiente personal
de seguridad: (i) 10 agentes de seguridad en el turno día,
(ii) 10 Agentes de Seguridad en el turno noche, (iii) 01
Supervisor en el turno día y (iv) 01 Supervisor en el turno
noche;
Que, mediante Acta de fecha 2 de febrero de 2007, la
empresa Nitratos S.R.L en Liquidación hizo entrega al MTC
de EL PREDIO, previa verif‌i cación de las instalaciones,
construcciones, almacenes, entre otros;
Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe N° 045-
2007-MTC/10.02, el Director de Abastecimiento de la
Of‌i cina General de Administración, señala que el servicio
de vigilancia constituye una obligación principal y esencial
a cubrir por parte del MTC, pues signif‌i ca una garantía
de seguridad para su patrimonio, por lo que prescindir
del resguardo que brinda este servicio sería altamente
riesgoso y perjudicial, lo que conf‌i gura una situación de
urgencia prevista por la Ley, siendo su continuidad y
oportuna prestación una responsabilidad intransferible
para el MTC;
Que, asimismo, agrega que el servicio de seguridad
y vigilancia de EL PREDIO constituye una necesidad
que de no ser atendida conllevaría a que se encuentre
desprovisto del servicio básico y esencial de seguridad y
vigilancia, siendo necesario se contrate tales servicios en
tanto se realice el proceso de selección para el servicio de
seguridad y vigilancia que se convoque oportunamente;
Que, a través de los Informe Nºs. 055-2007-MTC/10.02
y Nº 065-2007-MTC/10.02, el Director de Abastecimiento
de la Of‌i cina General de Administración informa que si
bien el MTC tiene pendiente un proceso arbitral con la
empresa Nitratos S.R.L. en Liquidación que involucra a
EL PREDIO, a f‌i n de hacer efectivo el pago por concepto
de tributos y arbitrios municipales adeudados así como
el desalojo del mismo, la situación de desabastecimiento
que origina la solicitud de exoneración recae en el hecho
imprevisible representado por la entrega inminente de
EL PREDIO por parte de la empresa Nitratos S.R.L. en
Liquidación en el mes de febrero de 2007, habida cuenta
que respecto del proceso arbitral contra Nitratos S.RL en
Liquidación, dada la naturaleza y tiempos del mismo, no
se tenía certeza de la fecha de su culminación, lo cual
no permitía que se convoque un proceso de selección a
efectos de cubrir el servicio de vigilancia de EL PREDIO;
Que, según lo manifestado por el Director de
Abastecimiento mediante el Informe Nº 045-2007-
MTC/10.02, resulta conveniente contratar el servicio de
seguridad y vigilancia para EL PREDIO por un período de
cuatro (04) meses, plazo que demandaría convocar un
proceso de selección de conformidad con el ordenamiento
legal, o hasta la suscripción del contrato que se derive de
dicho proceso, lo que ocurra primero; a tal efecto, el contrato
que se suscriba en virtud de la exoneración contendrá una
cláusula de vigencia en la cual se precisará que el mismo
concluirá de manera indefectible el día en que entre en
vigencia el nuevo contrato con el ganador de la Buena Pro;
Que, de igual manera, indica que la contratación de
los servicios de seguridad y vigilancia para EL PREDIO
por cuatro (04) meses equivale a un monto ascendente
a S/. 193,938.04 (Ciento noventa y tres mil novecientos
treinta y ocho y 04/100 Nuevos Soles);
Que, la Dirección de Administración Presupuestal de la
Of‌i cina General de Administración mediante Memorandum
Nº 057-2007-MTC/10.01 del 30 de enero de 2007,
comunica que en el Presupuesto Institucional Modif‌i cado
2007, de la Unidad Ejecutora 001 Administración General
se cuenta con disponibilidad presupuestal para la
exoneración del proceso de selección correspondiente
para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad
de las instalaciones del inmueble de la Avenida Néstor
Gambetta Km. 4.7, hasta por la suma de S/. 581,814.12
(Quinientos ochenta y un mil ochocientos catorce y 12/100
Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento
Recursos Ordinarios;
Que, de acuerdo al inciso c) del artículo 19° del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y

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