RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 043-2014-MEM/VME - Aprueban nuevas Bases para la Primera Subasta de Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas No Conectadas

Fecha de disposición25 Abril 2014
Fecha de publicación25 Abril 2014
El Peruano
Viernes 25 de abril de 2014 521625
Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema contará
con el refrendo del Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1076647-14
Aprueban nuevas Bases para la Primera
Subasta de Suministro de Electricidad
con Recursos Energéticos Renovables
en Áreas No Conectadas
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 043-2014-MEM/VME
Lima, 10 de abril 2014
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el Numeral 7.1 del Artículo 7
al Ministerio de Energía y Minas elaborar y aprobar las
Bases de la Subasta de Áreas No Conectadas a Red;
Que, mediante Resolución Vice Ministerial 119-2013-
MEM-VME, de fecha 20 de septiembre de 2013, se
aprobaron las Bases de la Primera Subasta de Suministro
de Electricidad con RER en Áreas No Conectadas;
Que, mediante comunicación del 16 de enero del
2014, el Comité de Conducción de la Primera Subasta
de Suministro de Electricidad con RER en Áreas No
Conectadas, realizó observaciones a las Bases de la
Subasta RER aprobadas;
Que, de la evaluación de las observaciones a las Bases
realizadas por el Comité, se desprende que las mismas
requieren ser reformuladas para def‌i nir la eventual participación
de las Empresas de Distribución de Energía Eléctrica de
Propiedad Estatal en la actividad de comercialización, además
de diversos ajustes asociadas a esta modif‌i cación;
Que, de la evaluación de las observaciones a las
Bases realizadas por el Comité, también se desprende
que es necesario remitir los Contratos que constan como
Anexos de las Bases;
Estando a lo dispuesto por el Numeral j) del Artículo 11
del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-
2007-EM, y el Numeral 7.1 del Artículo 7 del Reglamento
para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No
Conectadas a Red, aprobado por Decreto Supremo N° 020-
2013-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las nuevas Bases para la Primera
Subasta de Suministro de Electricidad con Recursos
Energéticos Renovables en Áreas No Conectadas.
Artículo 2.- Dejar sin efecto las Bases aprobadas
mediante Resolución Vice Ministerial 119-2013-MEM-
VME, de fecha 20 de septiembre de 2013.
Artículo 3.- Las Bases aprobadas en el Artículo 1 de
la presente Resolución, serán publicadas en el Portal Web
del Ministerio de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDWIN QUINTANILLA ACOSTA
Viceministro de Energía
1076154-1
INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la
Policía Nacional del Perú a Colombia,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 082-2014-IN
Lima, 24 de abril de 2014
VISTO, el Of‌i cio N° 2568-2014-MP-FN-UCJIE(EXT
14-12) del 27 de marzo de 2014, suscrito por Jaime
A. RICRA HUAMÁN Fiscal Provincial de la Unidad de
Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones
de la Fiscalía de la Nación, en el que adjunta el Of‌i cio
DAI N° 20141700019401 del 19 de marzo de 2014,
mediante el cual el Director de Asuntos Internacionales
de la Fiscalía General de la Nación de la República de
Colombia informa que el Gobierno Nacional colombiano
con Resolución Ejecutiva N° 168 del 14 de junio de 2013,
concedió la extradición a Perú del ciudadano colombiano
Raúl DUQUE CAMARGO, identif‌i cado con la cédula de
ciudadanía 15.025.763; por tal motivo solicitan los planes
de desplazamiento de los funcionarios policiales que
se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado
reclamado desde la ciudad de Bogotá, República de
Colombia hacia territorio peruano.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 146-2012-
JUS del 12 de octubre de 2012, se resolvió acceder a la
solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano
Raúl DUQUE CAMARGO, formulada por la Primera
Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y
declarada procedente por la Sala Penal Permanente de
la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser
procesado por la presunta comisión del delito contra la
Salud Pública, en la modalidad de Tráf‌i co Ilícito de Drogas
– Adquisición, posesión y acondicionamiento de clorhidrato
de cocaína con f‌i nes de comercialización, en agravio
del Estado peruano y disponer su presentación por vía
diplomática a la República de Colombia, de conformidad
con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por
las normas legales peruanas aplicables al caso;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 118-2014-
DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 2 de abril de 2014, el Estado
Mayor Personal de la Dirección General de la Policía
Nacional del Perú, estima conveniente que el General
de Policía Director General de la Policía Nacional del
Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio
del 28 de abril al 2 de mayo de 2014, del Capitán de la
Policía Nacional del Perú Sandro Alberto CUBA CARPIO
y del Subof‌i cial Superior de la Policía Nacional del Perú
Raymundo Máximo DE LA CRUZ VARGAS, a la ciudad
de Bogotá, República de Colombia, a f‌i n de que ejecuten
la extradición activa del ciudadano colombiano Raúl
DUQUE CAMARGO, formulada por la Primera Sala Penal
de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada
procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte
Suprema de Justicia de la República, para ser procesado
por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública,
en la modalidad de Tráf‌i co Ilícito de Drogas – Adquisición,
posesión y acondicionamiento de clorhidrato de cocaína
con f‌i nes de comercialización, en agravio del Estado
peruano;
Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 128-2014-
DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 2 de abril de 2014, el
General de Policía Director General de la Policía Nacional
del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución
autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de
los funcionarios policiales antes mencionados, el mismo
que irrogará gastos al Estado peruano;
Que, los gastos por concepto de viáticos para
el personal policial serán sufragados por el Estado
peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección
de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del
Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos
correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el
personal policial y el extraditable, serán asumidos por el
Poder Judicial;
Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10
de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero
de servidores o funcionarios públicos y representantes
del Estado, establece que el requerimiento de excepción
adicionales a las señaladas en los literales del artículo en
mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo
deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo
de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la
misma que es publicada en el diario of‌i cial “El Peruano”;
y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que
regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores

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