DECRETO DE ALCALDIA N° 017-2014 - Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 258 que aprueba el 'Beneficio de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina'

Fecha de disposición31 Marzo 2014
Fecha de publicación31 Marzo 2014
El Peruano
Lunes 31 de marzo de 2014
520088
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: El Informe N° 010-2014-MDLM-GAT, de fecha
25 de marzo de 2014, de la Gerencia de Administración
Tributaria y el Informe N° 051-2014-MDLM-GAT-SGRFT,
de fecha 25 de marzo de 2014, de la Subgerencia de
Recaudación y Fiscalización Tributaria, mediante los cuales
se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N°
260 que aprueba el “Benef‌i cio de Regularización Tributaria
en el Distrito de La Molina”; y,
CONSIDERANDO:
Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar
establece que los gobiernos locales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 260, publicada en el
Diario Of‌i cial “El Peruano” el 29 de setiembre del 2013,
se aprobó el Benef‌i cio de Regularización Tributaria en el
distrito de La Molina que durante su vigencia, mantengan
deuda vencida y pendiente de pago por Impuesto Predial,
Arbitrios Municipales y Multas Tributarias, correspondientes
a periodos anteriores en el que se encuentre vigente;
Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 010-2014,
se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 260,
hasta el 31 de marzo de 2014;
Que, siendo política de la presente gestión, brindar el
apoyo necesario a la población, así como también, otorgar
facilidades para que los contribuyentes regularicen sus
obligaciones tributarias, se hace necesario prorrogar el
plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 260, que aprueba
el Benef‌i cio de Regularización Tributaria en el distrito de
La Molina, toda vez que se advierte contribuyentes que no
han logrado acogerse a los benef‌i cios establecidos en la
referida Ordenanza;
Que, la Tercera Disposición Final de la misma
Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante
Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente;
Estando a los fundamentos expuestos y contando
con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación y
Fiscalización Tributaria mediante Informe N° 051-2014-
MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración
Tributaria mediante Informe N° 010-2014-MDLM-GAT y
de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe
N° 162-2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades
conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42° de la
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia
de la Ordenanza N° 260, que establece el Benef‌i cio de
Regularización Tributaria en el Distrito de La Molina, hasta
el 30 de abril de 2014.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
de Administración Tributaria, a la Subgerencia
de Recaudación y Fiscalización Tributaria, a la
Subgerencia de Registro y Atención al Ciudadano,
al Ejecutor Coactivo Tributario, a la Gerencia de
Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia
de Tecnologías de Información, el cumplimiento y
efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de
acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria
General la publicación del texto del presente Decreto de
Alcaldía en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, y a la Gerencia
de Tecnologías de Información la publicación en la página
web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en
el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en
el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1068354-2
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 258 que aprueba el “Beneficio de
Regularización de Deudas No Tributarias
por concepto de multas administrativas
en el Distrito de La Molina”
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 017-2014
La Molina, 28 de marzo de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: El Informe N° 032-2014-MDLM-GDUE, de fecha
25 de marzo de 2014, de la Gerencia de Desarrollo Urbano
y Económico y el Informe N° 203-2014-MDLM-GDUE-
SGFA, de fecha 25 de marzo de 2014, de la Subgerencia
de Fiscalización Administrativa, mediante los cuales se
solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 258
que aprueba el “Benef‌i cio de Regularización de Deudas
No Tributarias por concepto de multas administrativas en
el Distrito de La Molina”; y,
CONSIDERANDO:
en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley
los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 258, publicado en
el Diario Of‌i cial “El Peruano” el 21 de julio del 2013, se
aprobó el Benef‌i cio de Regularización de Deudas No
Tributarias por concepto de multas administrativas en el
Distrito de La Molina;
Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 012-2014,
se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 258
hasta el 31 de marzo de 2014;
Que, siendo política de la actual gestión, otorgar a
los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus
obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar
el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 258;
Que, la Segunda Disposición Final de la misma
Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante
Decreto de Alcaldía la prórroga correspondiente;
PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE
REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-
JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en
el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos
LA DIRECCION

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