ORDENANZA N° 005-2014 - Prorrogan plazo de vencimiento para el pago del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio 2014

Fecha de publicación16 Marzo 2014
Fecha de disposición16 Marzo 2014
El Peruano
Domingo 16 de marzo de 2014
519030
el aporte al Ministerio de Educación de 60.31 m² antes de
la recepción de obras a favor del Ministerio de Educación
respectivamente, dejando en garantía el lote N° 26 de la
manzana C del Programa de Vivienda “Residencial Monte
Azul de Naranjal 3° Etapa”.
Artículo Tercero.- DISPONER la preindependizacion
y anotación preventiva de los lotes en el Registro de Predios
de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, que hacen un total
de 178 Lotes de Vivienda, distribuidos en 7 manzanas y
el lote 5 de la mz. D para el Ministerio de Educación tal
como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva
que forma parte de la presente resolución.
Artículo Cuarto.- DISPONER la independización e
inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros
Públicos, a favor del Estado bajo administración de la
Municipalidad Distrital, el área de 2,078.28 m2 constituido
por el aporte reglamentario destinado a Recreación Pública.
Artículo Quinto.- DISPONER, a la CONSTRUCTORA
E INMOBILIARIA MONTE AZUL SAC CONTRATISTAS
GENERALES-CIMASAC la inscripción de la presente
resolución en el Registro de Propiedad Inmueble de la Zona
Registral Nº IX – Sede Lima, así como su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano, concediéndole para ello treinta (30)
días hábiles de haber tomado válido conocimiento del citado
acto administrativo, debiendo asumir los gastos para tales
f‌i nes.
Artículo Sexto.- PONER en conocimiento la presente
resolución a la Superintendencia Nacional de Registros
Públicos para efectos de la inscripción de la Regularización de
Habilitación Urbana Ejecutada, a la Superintendencia Nacional
de Bienes Estatales y al Ministerio de Educación y Remitir
una copia del expediente de la Regularización de Habilitación
Urbana Ejecutada y la Resolución Correspondiente a la
Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento.
Artículo Séptimo.- COMUNICAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas,
Subgerencia de Registro Tributario, Subgerencia de Obras
Privadas y Subgerencia de Informativa y Desarrollo Tecnológico,
la presente aprobación de Regularización de Habilitación
Urbana Ejecutada para los f‌i nes correspondientes.
Artículo Octavo.- NOTIFICAR el presente acto
administrativo a la CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA
MONTE AZUL SAC CONTRATISTAS GENERALES-
CIMASAC debidamente representada por Don Vicente de la
Cruz Achallma para su conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CATHERINE DIAZ VELASQUEZ
Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas
1062131-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Prorrogan plazo de vencimiento para el
pago del Impuesto Predial e Impuesto
al Patrimonio Vehicular del ejercicio
2014
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 005-2014
Callao, 28 de febrero de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL
CALLAO, visto el Dictamen N° 20-2014-MPC-SR-CAM
de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria
celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus
integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de
Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal
Nº 000034-2004 le conf‌i eren; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomía política
y administrativa para los asuntos de su competencia,
conforme lo reconoce el artículo 194 de la Constitución
Política del Perú;
Que, los artículos 8, 15, 30 y 35 del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado
por el Decreto Supremo N° 156-2004-EF, señalan que el
Impuesto Predial y el Impuesto al Patrimonio Vehicular,
son de periocidad anual y podrán cancelarse al contado,
hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año.
Caso contrario se podrá optar por cancelar el impuesto en
forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales; en
este caso, la primera cuota será equivalente a un cuarto
del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el
último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes
serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de
mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de
acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios
al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional
de Estadística e Informática (INEI), por el período
comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la
primera cuota y el mes precedente al pago.
Que, asimismo el artículo 29 del Texto Único Ordenado
del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo
N° 133-2013-EF, señala que el plazo para el pago de
la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter
general, por la Administración Tributaria.
Que, es política de la actual gestión incentivar el pago
de las obligaciones generadas por los tributos que la
Municipalidad administra, brindando a los contribuyentes
las mayores facilidades para su regularización.
Que, mediante Memorando Nº 428-2014-MPC-GGATR,
e Informe Técnico N° 237-2014-MPC/GGATR de la Gerencia
General de Administración Tributaria y Rentas y mediante
Memorando Nº 146-2014-MPC-GGAJC, de la Gerencia
General de Asesoría Jurídica y Conciliación, se expresan
opiniones favorables a la promulgación de la Ordenanza que
prorroga la fecha de vencimiento al pago del Impuesto Predial
e Impuesto al Patrimonio Vehicular del Ejercicio 2014;
Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 el Concejo
Municipal Provincial del Callao, con la dispensa del trámite
de lectura y aprobación del Acta, ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE PRORROGA LA FECHA DE
VENCIMIENTO AL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL
E IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR DEL
EJERCICIO 2014
Artículo Único.- Prorrógase el plazo del vencimiento
para el pago del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio
Vehicular del ejercicio 2014, al contado y de la primera
cuota, hasta el 31 de marzo del 2014.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Del Cumplimiento y Difusión
Encárgase a la Gerencia General de Administración
Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el
cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia
General de Relaciones Públicas, la publicidad y promoción
de la misma.
Segunda.- De las Facultades Reglamentarias
Facúltase al señor Alcalde para que mediante Decreto
de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la
correcta aplicación de la presente Ordenanza.
Tercera.- De la Entrada en Vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
1061292-1

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