RESOLUCION SUPREMA N° 154-2014-JUS - Autorizan viaje de Procurador Público Especializado Supranacional y profesionales de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, a Paraguay, en comisión de servicios

EmisorJUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2014
El Peruano
Viernes 29 de agosto de 2014 531189
Artículo 5.- Del Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de agosto del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1130346-3
EDUCACION
Constituyen Comisión Organizadora de
la Universidad Nacional Autónoma de
Alto Amazonas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 394-2014-MINEDU
Lima, 28 de agosto de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley
Universitaria, en adelante la Ley, establece que la
universidad es una comunidad académica orientada
a la investigación y a la docencia, que brinda una
formación humanista, cientí¿ ca y tecnológica con
una clara conciencia de nuestro país como realidad
multicultural. Adopta el concepto de educación como
derecho fundamental y servicio público esencial, y
está integrada por docentes, estudiantes y graduados,
precisando que las universidades públicas son personas
jurídicas de derecho público. Asimismo el artículo 8 de
la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía
universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo
establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa
aplicable, y se mani¿ esta en los regímenes normativo,
de gobierno, académico, administrativo y económico;
Que, mediante la Ley N° 29649 se creó la
Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas,
como persona jurídica de derecho público interno, con
domicilio en la ciudad de Yurimaguas, provincia de
Alto Amazonas, departamento de Loreto. Asimismo,
el artículo 5 de la referida Ley establece que el
Poder Ejecutivo designa, mediante el Ministerio de
Educación, a la Comisión Organizadora de la referida
Universidad;
Que, el artículo 29 de la Ley establece que aprobada
la Ley de creación de una universidad pública, el
Ministerio de Educación constituye una Comisión
Organizadora integrada por tres (3) académicos de
reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos
para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la
especialidad que ofrece la universidad, la misma que
tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos
y documentos de gestión académica y administrativa
de la universidad, formulados en los instrumentos de
planeamiento, así como su conducción y dirección
hasta que se constituyan los órganos de gobierno que
le correspondan;
Que, mediante Informe N° 119-2014-MINEDU/VMGP-
DIGESUTP de fecha 14 de agosto de 2014, la Dirección
General de Educación Superior y Técnico Profesional,
dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica,
mani¿ esta su conformidad con la designación de los
profesionales propuestos por las autoridades locales,
eclesiásticas, autoridades universitarias, representantes
de los estudiantes universitarios y representantes de la
sociedad civil organizada de Alto Amazonas, mediante
Carta N° 001-2014-P-ALTO AMAZONAS de fecha 05
de febrero de 2014, como miembros de la Comisión
Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de
Alto Amazonas, señalando que cumplen con los requisitos
establecidos en la Ley;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modi¿ cado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30220, Ley
Universitaria; y la Ley N° 29649, Ley de creación de la
Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constituir la Comisión Organizadora de
la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, la
misma que estará integrada por:
- JESUS GUILLERMO GUARDIA SALAS, Presidente;
- JOSE HERNAN JIMENEZ SALAS, Vicepresidente
Académico; y
- CARLOS BUSTAMANTE OCHOA, Vicepresidente
de Investigación.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
N° 0616-2011-ED, que designa a la Comisión encargada
del elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI)
de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas,
reestructurada por la Resolución Ministerial N° 0141-
2012-ED.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1130010-1
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Autorizan viaje de Procurador
Público Especializado Supranacional
y profesionales de la Procuraduría
Pública Especializada Supranacional,
a Paraguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 154-2014-JUS
Lima, 28 de agosto de 2014
VISTOS, el O¿ cio N° 744-2014-JUS/PPES y el
Informe N° 117-2014-JUS/PPES, de la Procuraduría
Pública Especializada Supranacional; los O¿ cios N°s
1816 y 1842-2014-JUS/OGPP-OPRE, de la O¿ cina
General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N°
647-2014-JUS/OGAJ, de la O¿ cina General de Asesoría
Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el O¿ cio N° 744-2014-JUS/PPES,
la Procuraduría Pública Especializada Supranacional
adjunta las Notas CDH S/N, de fechas 20 de junio y
28 de julio de 2014, por las cuales se informa que la
Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
ha convocado al Estado peruano para participar en una
reunión previa de trabajo de carácter privado y en una
audiencia de carácter público, en la ciudad de Asunción,
República del Paraguay, en el marco de su 51 Período
Extraordinario de Sesiones de la CIDH, que se llevarán
a cabo el día 31 de agosto y 3 de setiembre de 2014,
respectivamente;
Que, la reunión del 31 de agosto de 2014 tratará sobre
los actos preparatorios relativos a la realización de la
audiencia del 3 de setiembre de 2014;
Que, la audiencia pública del 03 de setiembre de 2014,
sobre el caso “Wong Ho Wing vs. Perú”, tratará sobre la
excepción preliminar y eventuales fondo, reparaciones y
costas;
Que, las referidas actividades convocadas por la
Corte Interamericana de Derechos Humanos requieren
de la participación del Procurador Público Especializado

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