RESOLUCION N° 567-2014-JNE - Revocan la Res. N° 0002-2014-2JEE-LO/JNE y autorizan al Ministerio de Educación la difusión de publicidad estatal, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2014

Fecha de disposición10 Julio 2014
Fecha de publicación10 Julio 2014
El Peruano
Jueves 10 de julio de 2014 527361
Vistos, el Memorando Nº 397-2014-RRHH-DGRS/JNE
del 21 mayo de 2014, mediante el cual la Unidad Orgánica
de Recursos Humanos, en concordancia con la opinión
del MEF, propone a la Dirección General de Recursos y
Servicios el reordenamiento de cargos y contando con
la aprobación de la Dirección General de Recursos y
Servicios; el Informe Nº 071-2014-DGPID/JNE del 28 de
mayo de 2014, de la Dirección General de Planeamiento,
Innovación y Desarrollo, y el Informe Nº 183-2014-DGNAJ/
JNE, del 12 de junio de 2014, de la Dirección General de
Normatividad y Asuntos Jurídicos.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 738-2011-JNE, se
aprobó la modif‌i cación del Reglamento de Organización y
Funciones del Jurado Nacional de Elecciones.
Que, mediante Resolución Nº 014-2014-P/JNE, del 20
de enero de 2014, se aprobó el reordenamiento de cargos
y la actualización del Cuadro para Asignación de Personal
del Jurado Nacional de Elecciones.
Que, mediante Sentencia Nº 49-2011-1JTE, del 29 de
abril de 2011, emitida por el Primer Juzgado Transitorio
Especial de Lima, se ordena al Jurado Nacional de
Elecciones proceda a reubicar al señor Nilson Cárdenas
Chávez en el cargo Profesional A en la Dirección General
de Planeamiento innovación y Desarrollo.
Que, mediante Resolución del 03 de enero de 2012,
emitida por la Segunda Sala Laboral de Lima, se conf‌i rma
la sentencia indicada en el considerando precedente.
Que, mediante Resolución Nº 19, del 18 de abril de
2013, el Noveno Juzgado Especializado de Trabajo
Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, pone
en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, lo
señalado por la Corte Suprema de Justicia, que declaró
improcedente el recurso de casación; por lo que, ordena
se cumpla lo ejecutoriado por la Segunda Sala Laboral,
debiendo reubicar en forma def‌i nitiva al señor Nilson
Cárdenas Chávez al cargo de Profesional A de la Dirección
General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo.
Que, mediante Of‌i cio Nº 120-2014-DGRS/JNE, del
28 de febrero de 2014, se solicitó al Director General
de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y
Finanzas, la autorización para la modif‌i cación de plaza y
de presupuesto, con el objeto de cumplir con el mandato
judicial señalado en los considerandos precedentes.
Que, mediante Of‌i cio Nº 243-2014-EF/50.06, del 30 de
abril de 2014, el Director General de Presupuesto Público
del Ministerio de Economía y Finanzas, manif‌i esta que,
desde el punto de vista estrictamente presupuestario
corresponde a los Pliegos Presupuestarios, con cargo a
sus presupuestos institucionales de apertura, atender las
obligaciones que se generen como consecuencia de la
aplicación de sentencias judiciales con calidad de cosa
juzgada, indicando además que, en el caso de pagos de
sumas de dinero por efecto de sentencias judiciales en
calidad de cosa juzgada que superen lo previsto por el
Pliego en su presupuesto institucional de apertura, éste
puede realizar las modif‌i caciones presupuestarias, en el
nivel programático que se requiera para su atención.
Que, el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 017-93-JUS, dispone: “Toda persona y
autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las
decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas
de autoridad judicial competente, en sus propios términos,
sin poder calif‌i car su contenido o sus fundamentos,
restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la
responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley
señala (...)”.
Que, mediante Memorando Nº 397-2014-RRHH-DGRS/
JNE, del 21 de mayo de 2014, el Jefe de la Unidad Orgánica
de Recursos Humanos (e), propone a la Dirección General
de Recursos y Servicios el reordenamiento del Cuadro
para Asignación de Personal, referido a la eliminación
de un cargo de Profesional B y creación de un cargo de
Profesional A, en la Dirección General de Planeamiento,
Innovación y Desarrollo.
Que, mediante Informe Nº 071-2014-DGPID/JNE, del
28 de mayo de 2014, la Directora General de Planeamiento,
Innovación y Desarrollo, sustenta la eliminación del cargo
de Asistente de Planeamiento y Desarrollo y la creación
del cargo de Especialista en Planeamiento en la Dirección
General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo,
además señala que el reordenamiento propuesto no incide
en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal
- PAP de la Entidad; por lo que, corresponde aprobar el
reordenamiento de cargos solicitado mediante Resolución
del Titular de la Entidad.
Que, el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 043-
2004-PCM, por el que se aprueban lineamientos para
la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación
de Personal - CAP de las Entidades de la Administración
Pública, dispone: “El reordenamiento de cargos
contenidos en el CAP que se genere por la eliminación o
creación de cargos, que no incidan en un incremento del
Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la Entidad,
no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP.
El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante
Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular
de la Entidad, previo informe del órgano responsable a que
se ref‌i ere el artículo 6”.
Que, asimismo, el artículo 16º de la norma antes
glosada, dispone: “(...) De haber existido el reordenamiento
de cargos previsto conforme al artículo 13, la Entidad deberá
actualizar su CAP y publicarlo mediante Resolución de su
Titular (...)”; además, el artículo 17º de la misma norma,
dispone: “Las Entidades deberán cumplir con publicar su
CAP en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el portal electrónico
de la Entidad. La publicación en el portal electrónico de la
Entidad debe realizarse dentro de los 3 días calendarios
siguientes a la fecha de publicación en el Diario Of‌i cial
El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios
responsables conforme a la Ley de transparencia y acceso
a la información pública (...)”.
Con los visados del Director Central de Gestión
Institucional, del Director General de Normatividad y
Asuntos Jurídicos, de la Directora General de Recursos
y Servicios, de la Directora General de Planeamiento,
Innovación y Desarrollo y de la Unidad Orgánica de
Recursos Humanos.
El Presidente, en uso de sus atribuciones.
RESUELVE
Artículo Primero.- Aprobar el reordenamiento de
cargos del Cuadro para Asignación de Personal del Jurado
Nacional de Elecciones, conforme se detalla en el Anexo
que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano. El anexo
referido en el artículo precedente, deberá ser publicado en
el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional del
Jurado Nacional de Elecciones, en la misma fecha de la
publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que
se opongan a lo establecido en la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Dirección General
de Recursos y Servicios adopte las acciones de su
competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO A. TÁVARA CÓRDOVA
Presidente
1107483-1
Revocan la Res. N° 0002-2014-2JEE-
LO/JNE y autorizan al Ministerio de
Educación la difusión de la publicidad
estatal, en el marco de las Elecciones
Regionales y Municipales 2014
RESOLUCIÓN Nº 567-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00721
SAN BORJA - LIMA - LIMA
SEGUNDO JEE DE LIMA OESTE (00009-2014-064)
ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014
Lima, dos de julio de dos mil catorce.
VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso
de apelación interpuesto por Jaime Saavedra Chanduví,
ministro de Educación, en contra de la Resolución Nº
0002-2014-2JEE-LO/JNE, de fecha 20 de junio de 2014,
emitida por el Segundo Jurado Electoral Especial de Lima

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