RESOLUCION DE ALCALDIA N° 384-2014/MDSM - Designan responsable de la administración del portal internet de la Municipalidad
Fecha de publicación | 31 Mayo 2014 |
Fecha de disposición | 31 Mayo 2014 |
El Peruano
Sábado 31 de mayo de 2014 524335
o poseedores de predios ubicados en la jurisdicción de
San Juan de Mirafl ores, que hasta el ejercicio 2013,
hubieran comunicado a la Administración Tributaria su
condición de pensionista a efectos del goce del benefi cio
de deducción de 50UIT de la base imponible del Impuesto
Predial. El Programa de actualización tendrá un plazo de
vigencia de 60 días calendarios contados a partir del día
hábil siguiente de entrada en vigencia la presente norma.
Artículo Segundo.- REQUISITOS
Los contribuyentes pensionistas comprendidos
dentro del alcance del presente Decreto de Alcaldía y
que no hayan cumplido con presentar su Declaración de
actualización correspondiente al Ejercicio 2014, deberán
presentar, Declaración Jurada acompañada de los
presentes requisitos:
a) Copia simple de su documento de identidad del
titular y cónyuge.
b) Copia simple de su última boleta de pensión.
c) Copia de Resolución Gerencial que otorga el
benefi cio.
La presentación de la Declaración Jurada y sus
anexos, deberá realizarse personalmente o a través de
representante con poder vigente ante la Sub Gerencia de
Administración Tributaria.
Artículo Tercero.- VERIFICACIÓN
La Administración Tributaria dispondrá la verifi cación
de los contribuyentes pensionistas, a efecto de determinar
si las condiciones para la cual accedieron al benefi cio
se mantienen en el tiempo, o en su defecto si variaron
las mismas y por ende ya no le corresponde el referido
benefi cio, así como aquellos que ya se encuentren
fallecidos en indebidamente sus sucesores siguen
gozando del referido benefi cio tributario.
Artículo Cuarto.- EMISIÒN DE LA RESOLUCIÓN DE
PÉRDIDA DEL BENEFICIO
Que, del Proceso de verifi cación se constate que el
benefi cio no cumple con los requisitos por los cuales
accedió al referido benefi cio, procederá a emitir la
resolución correspondiente generándose las obligaciones
tributarias correspondientes y la cobranza de la misma.
Artículo Cinco.- SANCIONES
La Omisión a la presentación de la Declaración Jurada
dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº
000058-MDSJM, constituye la infracción prevista en el
numeral 2) del artículo 176º del Texto Único Ordenado
del Código Tributario, sancionado con una multa tributaria
equivalente al 15% de la UIT vigente.
Artículo Sexto.-FORMATO DE DECLARACIÓN
JURADA
Para efectos de la actualización de datos de los
contribuyentes pensionistas, se empleara el formulario
de “Declaración Jurada de ACTUALIZACIÓN DEL
BENEFICIO TRIBUTARIO PARA PENSIONISTAS”,
de distribución gratuita y libre reproducción, y pueden
ser descargados directamente de la página web de la
Municipalidad cuya dirección es www.muni.sjm.gob.pe,
en el link TRIBUTOS MUNICIPALES.
Artículo Sétimo.-EJECUCIÒN
Encárguese a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia
de Tecnología en la Información y a la Sub Gerencia de
Administración Tributaria, el cumplimiento del presente
Decreto y a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y
Comunicaciones la difusión del mismo.
Artículo Octavo.- VIGENCIA DE LA NORMA
La presente norma entrará en vigencia a partir del
día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde
1090266-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL
Designan responsable de la
administración del portal internet de
la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 384-2014 /MDSM
San Miguel, 22 de mayo del 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución de Alcaldía Nº 266-2012/MDSM
se designa a Lita Giovanna Mayta Ballón, Subgerente de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la
Municipalidad Distrital de San Miguel, como funcionaria
responsable de la administración del portal municipal de
la entidad;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 377-
2014/MDSM se acepta la renuncia de la funcionaria y
mediante Resolución de Alcaldía Nº 379-2014/MDSM se
designa en su lugar a Hernán Villanueva Zavala, por lo
que corresponde proceder al relevo del responsable del
portal municipal, conforme del literal i) del artículo 57º del
Reglamento de Organización y Funciones de la entidad;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DESIGNAR a HERNÁN VILLANUEVA
ZAVALA Subgerente de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones, como responsable de la administración
del portal municipal de la Municipalidad Distrital de San
Miguel.
Artículo 2º.- PUBLICAR la presente resolución
en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal municipal
de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.
munisanmiguel.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
1090362-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Reconocen y reglamentan las
actividades de personas naturales
o jurídicas que voluntariamente
colaboran con el cuidado del medio
ambiente del distrito
Santiago de Surco, 21 de mayo del 2014
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO
DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Santiago de Surco,
en Sesión Ordinaria de la fecha; y
VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 02-2014-CSCMA-
CAJ-MSS, de las Comisiones de Servicios a la Ciudad y
Medio Ambiente y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1009-
2014-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorándum
Nº 178-2014-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los
Informes Nros 370, 531 -2013 y 178-2014-GAJ-MSS de
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