RESOLUCION JEFATURAL N° 197-2014/JNAC/RENIEC - Autorizan delegación de funciones registrales a oficinas de registros del estado civil de municipalidades de centros poblados ubicados en los departamentos de Cajamarca, Huánuco, Ayacucho, Huancavelica y Puno
Fecha de disposición | 16 Agosto 2014 |
Fecha de publicación | 16 Agosto 2014 |
El Peruano
Sábado 16 de agosto de 2014 530125
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural
Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto
por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la
Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la
Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Pampa Mirafl ores, Distrito de Santa
Rosa, Provincia de La Mar, Departamento de Ayacucho.
Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo
1°, queda encargado de las funciones registrales
cuya delegación se autoriza; así como de las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante la
delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad
sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control
del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento,
Matrimonio y Defunción, a la Ofi cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de
Pampa Mirafl ores, Distrito de Santa Rosa, Provincia de
La Mar, Departamento de Ayacucho; correspondiendo
a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece,
orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de que el
procedimiento registral se realice conforme a las normas
legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las
inscripciones en los Registros de Estado Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.-
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1124514-4
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 197-2014/JNAC/RENIEC
Lima, 15 de agosto de 2014
VISTOS:
El Informe N° 000261-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC
(12JUN2014) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando N° 000510-2014/GRC/RENIEC
(30JUN2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe N° 000052-2014/GPRC/RENIEC (08JUL2014) de
la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro
Nacional de Identifi cación y Estado Civil mantiene estrecha
y permanente coordinación con diversas entidades, como
las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios
de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de
Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas
reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o
entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario,
conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497-
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y
Estado Civil;
Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de San
Juan de Paltarumi, Distrito de Daniel Hernández, Provincia
de Tayacaja, Departamento de Huancavelica, a la cual
hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado
expediente para la regularización de delegación
de funciones registrales, habiendo sido califi cado
positivamente por la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles,
órgano técnico en materia registral; y por la Gerencia
de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado
de supervisar y controlar el proceso de autorización de
delegación de funciones de las Ofi cinas de Registros
del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades
Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a fi n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural
Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto
por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la
Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la
Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de San Juan de Paltarumi, Distrito de
Daniel Hernández, Provincia de Tayacaja, Departamento
de Huancavelica.
Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo
1°, queda encargado de las funciones registrales
cuya delegación se autoriza; así como de las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante la
delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad
sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control
del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento,
Matrimonio y Defunción, a la Ofi cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de
San Juan de Paltarumi, Distrito de Daniel Hernández,
Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica;
correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción
pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n
de que el procedimiento registral se realice conforme a
las normas legales, reglamentarias y administrativas,
que regulan las inscripciones en los Registros de Estado
Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.-
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1124514-5
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 198-2014/JNAC/RENIEC
Lima, 15 de agosto de 2014
VISTOS:
El Informe N° 000278-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC
(18JUN2014) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando N° 000511-2014/GRC/RENIEC
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