RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 148-2014-P-CSJLI/PJ - Reconforman diversas Salas Penales que integran la Corte Superior de Justicia de Lima y designan Juez Supernumeraria

Fecha de disposición14 Mayo 2014
Fecha de publicación14 Mayo 2014
El Peruano
Miércoles 14 de mayo de 2014
523176
Reconforman diversas Salas Penales
que integran la Corte Superior de
Justicia de Lima y designan Juez
Supernumeraria
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 148-2014-P-CSJLI/PJ
Lima, 13 de mayo de 2014
VISTOS:
Las Resoluciones Administrativas Nº 138-2014-CE-
PJ de fecha 23 de abril del presente año, la Resolución
158-2014-CE-PJ de fecha 30 de abril del presente año
y la Resolución Administrativa N° 147-2014-P-CSJLI/PJ,
publicada en la fecha en el Diario Of‌i cial El Peruano.
CONSIDERANDOS:
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es
la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su
cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el
objeto de brindar un ef‌i ciente servicio de administración de
justicia en benef‌i cio de los justiciables; y en virtud a dicha
atribución, se encuentra facultado para designar y dejar
sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales
y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo
jurisdiccional.
Que, respecto a lo expuesto en el párrafo precedente,
teniéndose a la vista la Resolución Administrativa N° 147-
2014-P-CSJLI/PJ, publicada en la fecha en el Diario Of‌i cial
El Peruano y estando a las precisiones realizadas por la
Of‌i cina de Coordinación de Magistrados; resulta necesario
optimizar una mejor administración de justicia de los
diversos Colegiados de esta Corte Superior, con arreglo a
la carga procesal y al desarrollo de las Audiencias en giro,
de cuyas conformaciones penden la ef‌i ciente culminación de
los procesos penales, por lo cual, se hace imprescindible la
reconformación de las Salas Penales correspondientes.
Por lo que, en uso de las facultades conferidas en los
incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECONFORMAR las siguientes
Salas Penales que integran la Corte Superior de Justicia
de Lima, a partir del día 14 de mayo del presente año,
quedando conformados los Colegiados de la siguiente
manera:
TERCERA SALA PENAL PARA PROCESOS CON
REOS LIBRES
Dr. Julio Enrique Biaggi Gómez Presidente
Dr. Oscar Augusto Sumar Calmet (T)
Dra. Vilma Heliana Buitron Aranda (P)
TERCERA SALA PENAL PARA PROCESOS
CON REOS EN CÁRCEL
Dr. Juan Carlos Aranda Giraldo Presidente
Dr. Saúl Peña Farfán (T)
Dr. Raúl Emilio Quezada Muñante (P)
Dra. Rita Adriana Meza Walde (P)
Dra. Josefa Vicenta Izaga Pellegrin (P)
Dra. Mariela Yolanda Rodríguez Vega (P)
TERCERA SALA PENAL LIQUIDADORA
(TERCERA SALA PENAL ESPECIAL)
Dr. Ricardo Brousset Salas Presidente
Dr. Luis Carlos Arce Cordova (T)
Dr. César Augusto Vásquez Arana (P)
PRIMERA SALA PENAL PARA PROCESOS
CON REOS EN CÁRCEL
Dr. Julián Genaro Jerí Cisneros Presidente
Dra. Victoria Teresa Montoya Peraldo (T)
Dra. Rosario Victoriana Donayre Mavila (P)
Dra. Otilia Martha Vargas Gonzáles (P)
Dra. Leonor Ángela Chamorro García (P)
Dr. Cayo Alberto Rivera Vásquez (P)
Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora TERESA
SOLÍS DE LA CRUZ, como Juez Supernumeraria del 6°
Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del 14
de mayo del presente año y mientras dure la promoción
del doctor Peña Bernaola.
Artículo Tercero.- DISPONER que los señores
Jueces Superiores integrantes de Salas Penales
conformadas según lo dispuesto en la presente
Resolución Administrativa, en adición a sus funciones,
continúen integrando el Colegiado de la Sala Superior
Penal correspondiente a los procesos que venían
conociendo a f‌i n de evitar el quiebre de los mismos.
Asimismo, los Jueces Especializados Provisionales o
Supernumerarios que retornen a sus cargos de origen,
deberán hacer entrega del inventario correspondiente
bajo responsabilidad.
Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional
de la Magistratura, Of‌i cina de Control de la Magistratura,
Of‌i cina de Personal, Of‌i cina Desconcentrada de Control
de la Magistratura de Lima, Of‌i cina de Administración
Distrital y de los Magistrados para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
JUAN CARLOS VIDAL MORALES
Presidente (e)
1082294-1
ORGANOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Directiva “Revisión de
oficio de los informes emitidos por los
Órganos de Control Institucional de
acuerdo a estándares de calidad”
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 274-2014-CG
Lima, 13 de mayo de 2014
VISTO, la Hoja Informativa N° 00005-2014-CG/ACA
emitida por la Gerencia de Aseguramiento de la Calidad
de la Gerencia Central de Calidad de la Contraloría
General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 82°
de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General
de la República es el Órgano Superior del Sistema
Nacional de Control que supervisa la legalidad de la
ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones
de la deuda pública y de los actos de las instituciones
sujetas a control;
Que, el artículo 14° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General
de la República, establece que el ejercicio del control
gubernamental por el Sistema en las entidades, se efectúa
bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría
General, la que establece los lineamientos, disposiciones
y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso,
en función a la naturaleza y/o especialización de dichas
entidades, las modalidades de control aplicables y los
objetivos trazados para su ejecución;
Que, conforme al literal f) del artículo 15° de la Ley
N° 27785, constituye atribución del Sistema Nacional
de Control, emitir, como resultado de las acciones de
control efectuadas, los informes respectivos con el debido
sustento técnico y legal;
Que, según lo establecido en el artículo 16° y literal
b) del artículo 32° de dicha norma, la Contraloría General
es el ente técnico rector del Sistema Nacional de Control,
siendo facultad del Contralor General, planear, aprobar,
dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría
General y de los órganos del Sistema;

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