ORDENANZA N° 008-2014 - Reclasifican la Avenida Santa Rosa como parte de la Red Vial Nacional.
Fecha de publicación | 01 Mayo 2014 |
Fecha de disposición | 01 Mayo 2014 |
El Peruano
Jueves 1 de mayo de 2014
522086
Otorgamiento de Permisos de Operación a nuevas
Personas Jurídicas, a fi n de regular el Servicio de
Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en
Vehículos Menores en el Distrito de Villa El Salvador,
dispuesta en la Tercera Disposición Final de la Ordenanza
Municipal Nº 269-MVES, la misma que Reglamenta la
Prestación del Servicio de Transporte Público Especial de
Pasajeros y Carga en Vehículos Menores en el Distrito de
Villa El Salvador.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano y a la Sub Gerencia de Transporte
y Seguridad Vial el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Artículo Tercero.- DISPONER que la presente
Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
1078545-1
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 296-MVES que aprobó régimen de
incentivos tributarios y administrativos,
a favor de contribuyentes del Distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2014-ALC/MVES
Villa El Salvador, 29 de abril del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA EL SALVADOR
VISTO: El Informe Nº 066-2014-GR-MVES de fecha
14 de abril del 2014 de la Gerencia de Rentas, el Informe
Nº 664-2014-OAJ-MVES de fecha 28 de abril del 2014
de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº
1023-2014-GM/MVES de fecha 28 de abril del 2014 de la
Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política
del Perú, en concordancia con el artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, los gobiernos locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 296-MVES, se
aprobó el Benefi cio para el pago de deudas Tributarias,
Administrativas, Sanciones Generadas y Regularización
Predial para los contribuyentes del Distrito de Villa
El Salvador; con la cual se busca incentivar el
pago voluntario de las obligaciones tributarias y no
tributarias; incluyéndose incentivos a las deudas por
multas administrativas, a la deuda proveniente de un
procedimiento de fi scalización tributaria; así como,
aquellas que se encuentran en etapa de ejecución
coactiva, entre otros aspectos;
Que, de conformidad con la Segunda Disposición
fi nal de la Ordenanza Nº 296-MVES, se faculta al señor
Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue
la vigencia del referido dispositivo municipal y dicte las
disposiciones que resulten necesarias para su mejor
aplicación;
Que, es necesario brindar a los vecinos las facilidades
de pago, para el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y administrativas a razón del gran interés que
existe por este benefi cio; resulta necesario aprobar la
prórroga respectiva;
Que, estando a los fundamentos expuestos y
contando con la conformidad del Gerente de Rentas
mediante informe de vistos, y de la Ofi cina de Asesoría
Jurídica a través del Informe Nº 664-2014-OAJ-MVES; y,
en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º
numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la
Ordenanza Nº 296-MVES, que regula el pago de deudas
tributarias, administrativas, sanciones generadas y
regularización predial para los contribuyentes del Distrito
de Villa El Salvador, hasta el 31 de mayo del 2014, con
los alcances y benefi cios establecidos en la mencionada
Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Rentas, la Subgerencia de Recaudación, Administración
y Orientación Tributaria, la Subgerencia de Fiscalización y
Control Ciudadano, la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva,
la Secretaria General y demás unidades administrativas
involucradas, su cumplimiento y difusión.
Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
1078543-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Reclasifican la Avenida Santa Rosa
como parte de la Red Vial Nacional
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 008-2014
Callao, 24 de abril de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO,
visto el Dictamen N° 02-2014-MPC-SR-CT de la Comisión
de Transporte, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha,
con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de
las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado
por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confi eren; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972,
en el artículo 9 inciso 8 establece que es atribución del
Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las
ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, el Decreto Supremo N° 0017-2007-MTC, que
aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial, establece
en el artículo 8 inciso a, numeral 4, que son parte de la
Red Vial Nacional aquellas vías que articulan puertos y
aeropuertos de nivel nacional o internacional, así como
las vías férreas nacionales;
Que, la Ordenanza Municipal Nº 000014 del 8 de
setiembre de 2003 que aprueba el Plan del Sistema Vial
de la Provincia Constitucional del Callao, en el Artículo
Tercero, establece que las vías del Sistema Vial Provincial
del Callao, las Secciones Viales Normativas y sus
características se encuentran en la propuesta del Plan
Urbano Director, volumen C, Sistema Vial Provincial;
Que, la Ordenanza N° 000046 del 30 de setiembre
de 2009 es complementaria a la Ordenanza Municipal N°
000014 y en su Artículo 1 se dispone la incorporación del
Anexo 2, en el cual la avenida Santa Rosa está clasifi cada
como avenida arterial;
Que, mediante Ofi cio N° 387-2014-MTC/20, el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, solicita a esta
Corporación Edil, reclasifi car la avenida Santa Rosa como
parte de la Red Vial Nacional, por ser una vía que permite
articular el aeropuerto internacional Jorge Chávez, con las
Provincias de Lima y Callao, y en la cual se desarrollará
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