RESOLUCION SUPREMA N° 105-2014-RE - Autorizan al Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, Ministerio de la Producción y a la Autoridad Portuaria Nacional efectuar pagos de cuotas a diversos organismos internacionales.
Fecha de publicación | 05 Julio 2014 |
Fecha de disposición | 05 Julio 2014 |
El Peruano
Sábado 5 de julio de 2014
526986
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
Encargada del Despacho del Ministerio de
Relaciones Exteriores
1106687-12
Autorizan al Ministerio de Defensa -
Marina de Guerra del Perú, Ministerio de
la Producción y a la Autoridad Portuaria
Nacional efectuar pagos de cuotas a
diversos organismos internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 105-2014-RE
Lima, 4 de julio de 2014
VISTO:
El ofi cio Nº 441-2014-MINDEF/SG/A/02 del Ministerio
de Defensa de fecha 3 de junio de 2014, mediante el cual
solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición
de la Resolución Suprema que autorice el pago de las
cuotas del año 2014, a la International Association of
Lighthouse Authorities – IALA (Asociación Internacional
de Autoridades de Faros) y la Organización Hidrográfi ca
Internacional - OHI;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con
cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del
Gobierno peruano a los organismos internacionales de
los cuales el Perú es miembro;
Que, la International Association of Lighthouse
Authorities – IALA (Asociación Internacional de
Autoridades de Faros) y la Organización Hidrográfi ca
Internacional - OHI, proporcionan entre otros, asistencia
técnica científi ca, asesoramiento, información
actualizada sobre el estado actual y el progreso de
ayudas a la navegación y señalización marítima;
contribuyen con el desarrollo de tecnologías y temas
técnicos relacionados a las ciencias hidrográfi cas,
cartográfi cas y de seguridad a la navegación; así como
establecen normas internacionales para la producción
de datos hidrográfi cos y cartográfi cos;
Que, es obligación del Perú cumplir con el pago
de las cuotas a los organismos internacionales
de manera que permitan potenciar y acrecentar el
beneficio de los flujos de cooperación y asistencia
técnica internacional:
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago
de las cuotas del año 2014, con cargo al presupuesto del
Pliego 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 004:
Marina de Guerra del Perú;
Estando a lo opinado por el Comandante General de
la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;
De conformidad con lo establecido en el artículo
67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas
Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Defensa
– Marina de Guerra del Perú a efectuar el pago de las
cuotas correspondiente al año 2014, a los siguientes
organismos internacionales:
ORGANISMO INTERNACIONAL CUOTA
• International Association of Lighthouse S/. 55,000.00
Authorities – IALA (Asociación Internacional
de Autoridades de Faros)
• Organización Hidrográfi ca Internacional - OHI S/. 55,000.00
Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto
en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo
al presupuesto del Ministerio de Defensa – Marina de
Guerra del Perú.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
Encargada del Despacho del Ministerio de
Relaciones Exteriores
1106687-13
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 106-2014-RE
Lima, 4 de julio de 2014
VISTO:
El Ofi cio Nº 203-2014-PRODUCE/OGPP-OCTE, de
fecha 06 de junio de 2014, del Ministerio de la Producción,
por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la
expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de
la cuota correspondiente al año 2014 a la Organización de las
Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial - ONUDI;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 67º, numeral 67.3 del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
N° 304-2012-EF, autoriza a las entidades del Sector Público
a pagar con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas
del Gobierno peruano a los organismos internacionales no
fi nancieros de los cuales el Perú es miembro;
Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de
las cuotas a los organismos internacionales, de manera
que permitan potenciar la capacidad de negociación en
las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los
fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el pago
de la cuota correspondiente al año 2014, a la Organización
de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial - ONUDI,
con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción;
De conformidad con lo establecido en el artículo 67º,
numeral 67.3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado
por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el Anexo B: Cuotas
Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de la Producción a
efectuar el pago de S/. 406,607.00 (Cuatrocientos Seis Mil
Seiscientos Siete y 00/100 Nuevos Soles) a la Organización
de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial - ONUDI,
correspondiente a la cuota del año 2014.
Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto
en el artículo precedente, serán fi nanciados con
cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción
(PRODUCE).
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