RESOLUCION N° 342-2014-RASS - Declaran habilitación urbana de oficio de zona ubicada en Urbanización Cercado Manzana 2432 Lotes 85 y 86

Fecha de publicación10 Mayo 2014
Fecha de disposición10 Mayo 2014
El Peruano
Sábado 10 de mayo de 2014 522867
la Ley Nº 29898, Ley que modif‌i ca la Ley Nº 29090, Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones,
ni está inmerso en los supuestos indicados en el Artículo
Que, el Informe Nº 326-2014-GAJ-MSS del
29.04.2014, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala
que es de opinión que procede la Habilitación Urbana de
Of‌i cio de la zona denominada Urbanización San Juan
II Etapa, Sector 2, del distrito de Santiago de Surco,
inscrito en la Partida Registral Nº 44903016, de la Zona
Registral Nº IX, Sede Lima - Of‌i cina Registral Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
el cual corresponde al predio citado, que cuenta con un
área de 2,157.26 m2, debiendo emitirse la Resolución de
Alcaldía correspondiente;
Estando al Informe Nº 112-2014-GDU-MSS de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe Nº 219-2014-
SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro, al Informe Nº 326-2014-GAJ-MSS de
la Gerencia de Asesoría Jurídica y al amparo de la Ley
Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas
y Edif‌i caciones, modif‌i cada por la Ley Nº 29898, la
Ordenanza Nº 388-MSS y el Decreto de Alcaldía Nº 11-
2011-MSS; en uso de las facultades conferidas por los
Artículos 20º, numeral 6, y 43º de la Ley Nº 27972Ley
RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR la HABILITACIÓN
URBANA DE OFICIO de la Urbanización San Juan II
Etapa, ubicada en el Sector 2, del distrito de Santiago de
Surco, inscrito en la Partida Registral Nº 44903016, con un
área real de 2,157.26 m2, cuyos propietarios registrales
son, doña Bertha Nicolaza Aguilar Camacho y otros.
Artículo Segundo.- APROBAR los planos PU-034-
2014-SGPUC-GDU-MSS; PP-035-2014-SGPUC-GDU-
MSS; PTL-036-2014-SGPUC-GDU-MSS; PA-037-2014-
SGPUC-GDU-MSS, que forman parte del expediente
técnico.
Artículo Tercero.- APROBAR consecuentemente
el Cuadro General de Distribución de Áreas, contenido
en el plano PTL-036-2014-SGPUC-GDU-MSS, según el
siguiente detalle:
CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS
URBANIZACIÓN SAN JUAN II ETAPA
DESCRIPCIÓN ÁREA TOTAL (m2)%
ÁREA BRUTA 2,157.26 100.00
ÁREA ÚTIL 1,922.35 89.11
ÁREA DE CIRCULACIÓN Y VÍAS 234.91 10.89
Artículo Cuarto.- DISPONER la Inscripción Registral del
cambio de rústico a urbano de la Urbanización San Juan II
Etapa, al haberse declarado la Habilitación Urbana de Of‌i cio,
de acuerdo a los planos PU-034-2014-SGPUC-GDU-MSS;
PP-035-2014-SGPUC-GDU-MSS; PTL-036-2014-SGPUC-
GDU-MSS; PA-037-2014-SGPUC-GDU-MSS, que forman
parte de la presente Resolución, acto que se formalizará
mediante la gestión individual del propietario ante el
Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima,
precisando que los referidos planos serán publicados en la
página web institucional de la Municipalidad de Santiago de
Surco: www.munisurco.gob.pe.
Las áreas de vías de acuerdo al Artículo 56º de la Ley
de uso y dominio público.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana
de Lima copia de la presente Resolución y de los planos
que la sustentan.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación de la presente Resolución, en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
1081365-2
Declaran habilitación urbana de oficio
de zona ubicada en Urbanización
Cercado Manzana 2432 Lotes 85 y 86
RESOLUCIÓN Nº 342-2014-RASS
DS Nº 2351342012
Santiago de Surco, 2 mayo de 2014
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Informe Nº 100-2014-GDU-MSS de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 196-2014-
SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro y el Informe Nº 292-2014-GAJ-MSS de
la Gerencia de Asesoría Jurídica, D.S. Nº 2351342012,
del predio ubicado en la Urbanización Cercado Manzana
2432 Lotes 85 y 86 (denominados Sub Lote A-34-2 y Sub
Lote A-34-1 del Fundo San Pedrito), distrito de Santiago
de Surco, inscritos en la Partida Registral Nº 12737144
y en la Partida Registral Nº 12737143 respectivamente,
de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima, Of‌i cina Registral
Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Numeral 3.6.1) del Artículo 79º de la Ley Nº
27972 – establece que, constituye función específ‌i ca
exclusiva de las municipalidades distritales en materia
de organización del espacio físico y uso del suelo;
normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la
f‌i scalización de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo
a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro
promover la Habilitación Urbana conforme a lo dispuesto
en el numeral d) del Artículo 134º de la Ordenanza Nº
396-MSS que aprueba la Reestructuración Orgánica
y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y
Estructura Orgánica de la Municipalidad de Santiago de
Surco;
Que, el Artículo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones,
establece que “Las municipalidades distritales y las
provinciales o la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el
ámbito del Cercado, identif‌i carán los predios, registralmente
calif‌i cados como rústicos, que se encuentren ubicados en
zonas urbanas consolidadas, con edif‌i caciones y servicios
públicos. Para estos casos, las municipalidades emitirán
la resolución que declare habilitados de of‌i cio dichos
predios, y disponga la inscripción registral de uso rústico a
urbano. La inscripción individual registral será gestionada
por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran
sujetas a los aportes de habilitación urbana”;
Que, la Declaración de Habilitación Urbana de
Of‌i cio, es un procedimiento excepcional que faculta a las
Municipalidades a declarar de Of‌i cio la Habilitación Urbana
de Predios, que previamente ha identif‌i cado dentro de
zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos
en el Registro Público como rústicos;
Que, con fecha 16.06.2011 se aprobó la Ordenanza Nº
388-MSS, a través de la cual, se Dispone la Identif‌i cación
de los Predios Calif‌i cados Registralmente como Rústicos
para el Proceso de Habilitaciones Urbanas de Of‌i cio en el
Distrito de Santiago de Surco y con Decreto de Alcaldía Nº
11-2011-MSS del 04.07.2011, se aprobó el Reglamento
que Establece el Procedimiento de Habilitación Urbana de
Of‌i cio en el Distrito de Santiago de Surco, de acuerdo al
Que, el Artículo 2º del Decreto de Alcaldía Nº 11-
2011-MSS, instituye que, “La Municipalidad de Santiago
de Surco, a través de la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo
Urbano, identif‌i cará los predios matrices que podrán ser
benef‌i ciados por el procedimiento de Habilitación Urbana
de Of‌i cio. Los predios deberán ubicarse en zonas urbanas
consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en
los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de Santiago de Surco. Los
predios ubicados en los demás sectores, serán atendidos
cuando exista motivación expresa de autoridad superior
basada en el cumplimiento de atención de una causa
de carácter social (cantidad de población benef‌i ciada,
condición de requerimientos o solicitudes existentes),
por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de
interés local, o cuando se trate de lotes rústicos y/o semi

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