DECRETO DE ALCALDIA N° 016-2014 - Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 260, que establece Beneficio de Regularización Tributaria en el distrito

Fecha de disposición31 Marzo 2014
Fecha de publicación31 Marzo 2014
El Peruano
Lunes 31 de marzo de 2014 520087
Artículo Segundo.- Modifíquese; el Segundo Párrafo
del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 332-MDA, el mismo
que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE
LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y
JARDINES Y SERENAZGO.
Tratándose de propietarios de un solo predio destinado
a vivienda o terreno sin construir, la obligación de pago
para el ejercicio 2014 vence:
- Pago al Contado : 15 de abril
- Pago Fraccionado:
Primera Cuota : 15 de abril”…
Artículo Tercero.- Encárguese, a la Gerencia de
Administración Tributaria y Gerencia de Tecnologías de la
Información, el cumplimiento de la presente Ordenanza y
a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones
su respectiva difusión.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1068239-3
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Prorrogan vigencia de Ordenanzas que
aprueban “Beneficios Tributarios para
la regularización y/o actualización de la
información del predio, como resultado
de un procedimiento de fiscalización
tributaria y/o actualización catastral”
DECRETO DE ALCALDIA
N° 015-2014
La Molina, 28 de marzo de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: El Informe Nº 011-2014-MDLM-GAT, de fecha
25 de marzo de 2014, de la Gerencia de Administración
Tributaria y el Informe Nº 052-2014-MDLM-GAT-SGRFT,
de fecha 25 de marzo de 2014, de la Subgerencia
de Recaudación y Fiscalización Tributaria, mediante
los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la
Ordenanza Nº 226, modif‌i cada por la Ordenanza N° 252,
que aprueba “Benef‌i cios Tributarios para la regularización
y/o actualización de la información del predio, como
resultado de un procedimiento de f‌i scalización tributaria
y/o actualización catastral”; y,
CONSIDERANDO:
Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar
gobiernos locales tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 226, publicada el 10 de
febrero del 2012 en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, se aprobó
benef‌i cios tributarios de carácter temporal a favor de los
contribuyentes del distrito de La Molina, siempre que éstos
cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias formales
y sustanciales de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales,
generadas como resultado de acciones de f‌i scalización
tributaria y/o procedimiento de actualización catastral; sea
cual fuere el estado en el que la deuda se encuentre;
Que, la Segunda Disposición Final de la misma
Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la norma en
mención;
Que, a través de la Ordenanza N° 252, publicada el
30 de abril de 2013 en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, se
modif‌i ca la Ordenanza N° 226, prorrogándose la vigencia
de la misma hasta el 31 de octubre de 2013;
Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 009-2014,
publicado el 28 de febrero de 2014 en el Diario Of‌i cial
“El Peruano”, se prorroga la vigencia de la Ordenanza N°
226, hasta el 31 de marzo de 2014;
Que, mediante Informe Nº 052-2014-MDLM-GAT-
SGRFT, de fecha 25 de marzo de 2014, la Subgerencia
de Recaudación y Fiscalización Tributaria, informa sobre
la necesidad de ampliar la vigencia de la Ordenanza N°
226 modif‌i cada por la Ordenanza N° 252, señalando
que el referido dispositivo municipal ha tenido un efecto
favorable para la Municipalidad de La Molina, permitiendo
el incremento de la base tributaria y la reducción del nivel
de morosidad de los contribuyentes del distrito;
Que, mediante Informe N° 011-2014-MDLM-GAT, de
fecha 25 de marzo de 2014, la Gerencia de Administración
Tributaria emite opinión favorable respecto a la procedencia
de la prórroga requerida;
Que, siendo política de la presente gestión, brindar el
apoyo necesario a la población, así como también, otorgar
facilidades para que los contribuyentes regularicen de
manera oportuna sus obligaciones tributarias formales
y sustanciales, y teniendo en cuenta que la vigencia de
la Ordenanza N° 226, modif‌i cada por la Ordenanza N°
252, ha tenido un efecto favorable para la Municipalidad,
permitiendo el incremento de la base tributaria y la
reducción del nivel de morosidad de los contribuyentes
del distrito se hace necesario prorrogar el plazo de
vencimiento de la misma, toda vez que las acciones de
f‌i scalización tributaria se efectúan de manera permanente
en el distrito y se advierte contribuyentes que no han
logrado acogerse al benef‌i cio;
Estando a los fundamentos expuestos y contando
con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación
y Fiscalización Tributaria mediante Informe Nº 052-2014-
MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración
Tributaria mediante Informe Nº 011-2014-MDLM-GAT y
de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe
Nº 161-2014-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades
conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de
abril de 2014, la vigencia de la Ordenanza Nº 226
modif‌i cada por la Ordenanza N° 252, que aprueba
“Benef‌i cios Tributarios para la regularización y/o
actualización de la información del predio, como
resultado de un procedimiento de f‌i scalización tributaria
y/o actualización catastral”.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
de Administración Tributaria, a la Subgerencia de
Recaudación y Fiscalización Tributaria, a la Subgerencia
de Registro y Atención al Ciudadano, al Ejecutor Coactivo
Tributario, a la Gerencia de Tecnologías de Información y
a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional,
el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de
Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación del texto del presente Decreto de
Alcaldía en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y a la Gerencia
de Tecnologías de Información, la publicación en la
página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.
pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y
en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1068354-1
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 260, que establece Beneficio
de Regularización Tributaria en el
distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 016-2014
La Molina, 28 de marzo de 2014

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