RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 105-2014-P-CSJLI/PJ - Disponen que el Segundo Juzgado Mixto Permanente de Ate y el Juzgado Mixto de Huaycán cumplan con efectuar la remisión de expedientes de la especialidad penal al Segundo Juzgado Penal Transitorio de Ate

Fecha de publicación12 Marzo 2014
Fecha de disposición12 Marzo 2014
El Peruano
Miércoles 12 de marzo de 2014 518617
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Disponen que el Segundo Juzgado
Mixto Permanente de Ate y el Juzgado
Mixto de Huaycán cumplan con
efectuar la remisión de expedientes
de la especialidad penal al Segundo
Juzgado Penal Transitorio de Ate
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 105-2014-P-CSJLI/PJ
Lima, 10 de marzo del 2014
VISTOS:
La Resolución Administrativa Nº 337-2014-CE-PJ, de
fecha 27 de Diciembre del 2013 y el Informe Nº 032-2014-
AEPR-UPD-CSJLI/PJ, de fecha 10 de Marzo del 2014;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 337-
2013-CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial dispuso la prórroga del funcionamiento de
diversos órganos jurisdiccionales.
Asimismo, la citada Resolución Administrativa dispone
la conversión y reubicación del Segundo Juzgado Penal
Liquidador Transitorio de Lima en Segundo Juzgado Penal
Transitorio de Ate, disponiendo además dentro del marco
del plan de descarga procesal, que la referida judicatura
reciba 500 expedientes en materia penal provenientes del
Segundo Juzgado Mixto de Ate y del Juzgado Mixto de
Huaycán para su tramitación correspondiente.
Que, en mérito a la referida Resolución Administrativa
la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de este Distrito
Judicial ha emitido el informe Nº 000-2014-AEPR-UPD-
CSJLI/PJ, el cual contiene la propuesta del plan de trabajo
de la redistribución de expedientes en materia penal que
recibirá el Segundo Juzgado Penal Transitorio de Ate.
Que, en mérito a lo indicado, corresponde a la Presidencia
de la Corte Superior de Justicia de Lima, disponer las acciones
administrativas respectivas a f‌i n de dar cumplimiento a lo
antes citado; en consecuencia, dicta las medidas pertinentes
para tal f‌i n, con sujeción a los lineamientos dispuestos en la
Resolución Administrativa de vistos.
Que, por las razones expuestas, en uso de las
facultades conferidas en el inciso b del numeral 3 del
artículo 6º de la Directiva Nº 001-2012-CE-PJ, aprobada por
Resolución Administrativa Nº 031-2012-CE-PJ; el artículo
5º de la Resolución Administrativa Nº 020-2013-CE-PJ; el
inciso 3 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la
Ley Orgánica del Poder Judicial y el inciso 3 del artículo
9º del Reglamento de Organización y Funciones de las
Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades
Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa
Nº 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que el Segundo
Juzgado Mixto Permanente de Ate y el Juzgado Mixto de
Huaycán cumplan con efectuar la remisión de 200 y 300
expedientes respectivamente de la especialidad Penal al
Segundo Juzgado Penal Transitorio de Ate, ubicado en la
Sede Cruz del Sur (Urb. Sol de Vitarte).
Artículo Segundo.- La redistribución comprende a los
procesos en estado de expedir sentencia, cualquiera sea
el año de ingreso del expediente; excepcionalmente, de
no existir expedientes en etapa de expedir sentencia en el
número señalado en el artículo precedente, tal cifra será
completada con los expedientes en etapa de trámite más
próximos a sentenciar.
Para tal f‌i n, no están comprendidos en la presente
redistribución:
- Los expedientes que hayan sido objeto de una
redistribución anterior.
- Los expedientes en los cuales se haya llevado a
cabo informe oral y los que se encuentren en etapa de
ejecución.
- Los expedientes con mandato de archivo, sea
provisional o def‌i nitivo.
- Los expedientes en reserva.
- Los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha
sentencia haya sido anulada por el Superior.
Esta redistribución de expedientes se efectuará en el
plazo de 10 (diez) días hábiles a partir del día siguiente de la
publicación de la presente resolución; debiendo los Jueces
del Juzgado Mixtos Permanentes de Ate y Huaycán remitir
por lo menos el 10 % (diez por ciento) del total de expedientes
a redistribuir diariamente al Juzgado Transitorio.
Artículo Tercero.- DISPONER que los expedientes
a ser redistribuidos deberán ser remitidos con todos sus
cuadernos, anexos y cargos de notif‌i cación completos,
debidamente cosidos, foliados en números y letras, y todos
sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan
con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo
responsabilidad de los Jueces a cargo de los Juzgados y
del secretario de la causa, por inconducta funcional.
Artículo Cuarto.- CUMPLAN los Jueces comprendidos
en la presente remisión y redistribución de expedientes de
los Juzgados Mixtos Permanentes y Transitorio con informar
a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Of‌i cina
Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de
la Corte Superior de Justicia de Lima en plazo de 3 (tres) días
hábiles de concluida la redistribución sobre el cumplimiento
de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional.
Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en
conocimiento de la Of‌i cina Desconcentrada de Control de
la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia
de Lima, a f‌i n que vele por su cumplimiento, debiendo
proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso
de incumplimiento.
Artículo Sexto.- DISPONER que la Unidad
Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación
de Informática, deberá velar por la adecuación del
Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento
de la presente resolución asegurando la operatividad
de los módulos informáticos a utilizarse en la presente
redistribución de expedientes, realizando un seguimiento
y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las
actividades realizadas, contingencias y soluciones que se
presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo.
Artículo Sétimo.- DISPONER que la Unidad
Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones
de Logística y Personal facilite y provea de los servicios y
personal necesarios para el cumplimiento de la presente
resolución informando y coordinando con la Gerencia de
Administración Distrital. Para tal f‌i n, deberán informar de
las acciones realizadas para el monitoreo por la Unidad
de Planeamiento y Desarrollo.
Artículo Octavo.- DISPONER que la Gerencia de
Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de
Lima realice las coordinaciones pertinentes con los Jefes
de Mesas de Partes respectivos e informe a la Unidad de
Planeamiento y Desarrollo del avance en la recepción y
redistribución de expedientes remitidos por los órganos
jurisdiccionales.
Artículo Noveno.- DISPONER que la Unidad de
Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia
de Lima, realice durante y después del proceso de
redistribución el seguimiento, evaluación y monitoreo de la
carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones
necesarias con las demás unidades orgánicas de esta Corte
para verif‌i car el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la
presente resolución, debiendo dar cuenta a la Gerencia de
Administración Distrital, bajo responsabilidad funcional.
Artículo Décimo.- PONER la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la
Gerencia General, la Of‌i cina de Control de la Magistratura
- OCMA, la Of‌i cina Desconcentrada de Control de la
Magistratura - ODECMA, la Unidad de Planeamiento y
Desarrollo y la Gerencia de Administración Distrital, para
los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente
1060324-1

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