RESOLUCION JEFATURAL N° 0535-2014-ONAGI-J - Designan Gobernadores Distritales en los departamentos de Puno, Lima (Jurisdicción de Lima Metropolitana) y Pasco

Fecha de disposición03 Octubre 2014
Fecha de publicación03 Octubre 2014
El Peruano
Viernes 3 de octubre de 2014
534056
INSTITUTO NACIONAL
DE DEFENSA CIVIL
Aprueban transferencia financiera de
partidas en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014 a favor
de la Unidad Ejecutora 100 Agricultura
Arequipa del Gobierno Regional del
departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 181-2014-INDECI
19 de setiembre de 2014
Memorándum Nº 602-2014-INDECI/14.0 del 18.SET.2014
(Op. 3090935), y sus antecedentes;
CONSIDERANDO:
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final
(SDCF) de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
señala que la Reserva de Contingencia (RC) incluye hasta
la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/.50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de
Defensa Civil –INDECI, para destinarla a realizar acciones
durante el Año Fiscal 2014, a f‌i n de brindar una respuesta
oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita
mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de
un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado
por el organismo público técnico-científ‌i co competente, y
rehabilitar la infraestructura pública existente;
Que, los literales c) y d) de la Segunda Disposición
Complementaria Final de la citada Ley anteriormente
mencionada, establecen que el INDECI es responsable
del adecuado uso de los recursos provenientes de
la Reserva de Contingencia a que se ref‌i ere la Ley en
mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y
Finanzas, a través de la Dirección General de Política de
Inversiones (DGPI), dictar los criterios y procedimientos
para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 011-2013-
EF-63.01, se aprobó la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01-
“Directiva que establece criterios y procedimientos para el
uso de recursos a que se ref‌i ere la Segunda Disposición
Complementaria Final (SDCF) de la Ley Nº 30115, Ley de
Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014”. Asimismo, con Resolución Directoral Nº
012-2013-EF-63.01, se aprobó la Directiva Nº 003-2013-
EF-63.01 “Directiva del Procedimiento Simplif‌i cado para
determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión
Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres”;
Que, según el artículo 10º de la Directiva Nº 002-2013-
EF-63.01, la emergencia por ocurrencia de desastres de
gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende
a través de dos formas de intervención: Actividades de
Emergencia (AE), que son evaluadas y aprobadas por el
INDECI; y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia
(PIP), que son presentados a la DGPI, y de corresponder,
son declarados elegibles por dicha Dirección General;
Que, en el marco de lo dispuesto en la SDCF de la Ley
Nº 30115, mediante el D.S. Nº 266-2014-EF se autorizó
una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma
de S/. 998 305.00 (NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO
MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES),
en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a
favor de la Unidad Ejecutora 100 Agricultura Arequipa del
Gobierno Regional del Departamento de Arequipa;
Que, de conformidad con la redacción actual del
Artículo 75º del Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias
f‌i nancieras que realiza, entre otros, el INDECI para la
atención de desastres, se aprueban por Resolución del
Titular del Pliego;
Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de
Recursos a favor de la Unidad Ejecutora descrita en el Anexo
A, el cual forma parte integrante de la presente Resolución;
De conformidad con la Ley Nº 30115, el Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la
Ley Nº 28411, y las Directivas Nº 002-2013-EF-63.01 y
003-2013-EF-63.01;
Con el visado de la Secretaría General, de las
Of‌i cinas Generales de Asesoría Jurídica, Planif‌i cación
y Presupuesto, Administración y de la Dirección de
Rehabilitación;
En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento
de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por
Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas
en la parte considerativa de la presente Resolución, la
Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la
suma de S/. 998 305.00 (NOVECIENTOS NOVENTA Y
OCHO MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS
SOLES), con cargo a los recursos provenientes de la
Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante
el Decreto Supremo Nº 266-2014-EF, a favor de la Unidad
Ejecutora 100 Agricultura Arequipa del Gobierno Regional
del Departamento de Arequipa, para la ejecución de la
Actividad de Emergencia descrita en el Anexo A que forma
parte integrante de la presente Resolución.
El monto total transferido a la Unidad Ejecutora
conforme aparece en el mencionado Anexo, debe ser
respetado en la etapa de ejecución.
Artículo 2º.- La Unidad Ejecutora reportará
mensualmente al INDECI los avances hasta la culminación
de la Actividad de Emergencia. La Unidad Ejecutora
benef‌i ciada deberá sujetarse a las obligaciones y
procedimientos establecidos en las Directivas Nº 002-2013-
EF-63.01 y 003-2013-EF-63.01, bajo responsabilidad.
Artículo 3º.- Encargar a la Of‌i cina General de
Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia
Financiera aprobada en el Art. 1º de la presente Resolución;
a la Dirección de Rehabilitación del INDECI efectuar las
acciones de control y seguimiento de las metas físicas y
f‌i nancieras materia de la presente Resolución; a la Of‌i cina
General de Administración la publicación de la presente
Resolución Jefatural en el Diario Of‌i cial El Peruano; y encargar
a la Secretaría General la publicación en el Portal Institucional
(www.indeci.gob.pe), del Anexo A, referido a la ejecución de la
Actividad de Emergencia, el mismo día de publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 4º.- Disponer que la Secretaría General
registre la presente Resolución en el Archivo General
del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario a
la Unidad Ejecutora descrita en el Anexo A, a la Of‌i cina
General de Planif‌i cación y Presupuesto y de Administración
y a la Dirección de Rehabilitación, para su conocimiento y
f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
1144896-1
OFICINA NACIONAL DE
GOBIERNO INTERIOR
Designan Gobernadores Distritales
en los departamentos de Puno, Lima
(Jurisdicción de Lima Metropolitana)
y Pasco
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 0535-2014-ONAGI-J
Lima, 2 de octubre de 2014

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