DECRETO DE ALCALDIA N° 028 - Convocan a la población de niñas, niños y adolescentes de las organizaciones de la sociedad civil al Proceso del Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes para el Año Fiscal 2015

Fecha de publicación11 Septiembre 2014
Fecha de disposición11 Septiembre 2014
El Peruano
Jueves 11 de setiembre de 2014
532300
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la encargatura
de Ejecutor Coactivo de la señora Kelly del Carmen Ayllón
Samaniego, dispuesta mediante Resolución Jefatural Nº 001-
004-00003348, a partir del 1 de setiembre de 2014.
Artículo Tercero.- Designar a la señora Kelly del
Carmen Ayllón Samaniego como Especialista Ejecutor
Coactivo II (CAP N.°402), a partir del 1 de setiembre de
2014.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN MANUEL CAVERO SOLANO
Jefe del Servicio de Administración Tributaria
1134773-1
MUNICIPALIDAD DE ATE
Convocan a la población de niñas, niños
y adolescentes de las organizaciones
de la sociedad civil al Proceso del
Presupuesto Participativo de Niños.
Niñas y Adolescentes para el Año Fiscal
2015
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 028
Ate, 29 de agosto de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE
VISTO; el Informe Nº 0138-2014-MDA/GP de la
Gerencia de Planif‌i cación; el Proveído Nº 3005-2014-
MDA/A del Despacho de Alcaldía, y;
CONSIDERANDO:
Perú, establece que las municipalidades son órganos de
gobierno local que gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que
los Gobiernos Locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las Municipalidades, radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el primer párrafo del Artículo 53ºde la Ley Nº
27972 señala que “Las Municipalidades se rigen por
presupuestos participativos anuales como instrumentos
de administración y gestión, los cuales se formulan,
aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en
concordancia con los planes de desarrollo concertados de
su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte
del sistema de planif‌i cación”;
Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto
Participativo, y su modif‌i catoria Ley Nº 29298, establece
Disposiciones y Lineamientos que permiten asegurar la
efectiva participación de la sociedad civil en el proceso
de programación participativa del presupuesto, el mismo
que se tiene que desarrollar en armonía con los planes
de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y
locales;
Que, mediante Ordenanza Nº 344 de fecha 29 de
Mayo del 2014, publicada en el Diario Of‌i cial “El Peruano”
el día 21 de Junio de 2014, se regula el Proceso de
Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes
en el Distrito de Ate, el cual contiene los mecanismos de
identif‌i cación y acreditación de los agentes participantes,
las responsabilidades de los mismos, las fases para el
desarrollo de las acciones del proceso del presupuesto
participativo; asimismo, en el Artículo 10º señala que
la metodología y cronograma de trabajo del proceso
participativo niños, niñas y adolescentes para cada
año f‌i scal se aprobará mediante Decreto de Alcaldía,
disponiendo la publicación correspondiente;
Que, es necesario convocar a la población de niños,
niñas y adolescentes de las organizaciones de la sociedad
civil para su participación al Proceso del Presupuesto
Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes 2015 en el
distrito de Ate;
Que, el proceso participativo se llevará a cabo a
partir de la identif‌i cación de los principales problemas
orientados a la niñez y adolescencia del Distrito de
Ate, los cuales servirán de base para la propuesta y de
acciones orientadas a dar soluciones integrales a dichos
problemas;
Que, mediante Informe Nº 0138-2014-MDA/GP, la
Gerencia de Planif‌i cación señala como resultado de la
reunión del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo
del año f‌i scal 2015 que ha procedido a elaborar el
proyecto de cronograma y propuesta metodológica que
regula el proceso de Presupuesto Participativo de Niños,
Adolescentes en el Distrito de Ate, a efectos que el mismo
sea aprobado mediante el correspondiente Decreto de
Alcaldía; conforme a lo señalado en el Artículo 10º de
la Ordenanza Nº 344-MDA que regula el Proceso de
Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes
en el Distrito de Ate;
Que, mediante Proveído Nº 3005-2014-MDA/A, el
Despacho de Alcaldía indica se proyecte el Decreto de
Alcaldía correspondiente;
Estando a las consideraciones expuestas y en uso
de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo
Nº 27972;
DECRETA:
Artículo 1º.- CONVOCAR; a la Población de Niñas,
Niños y Adolescentes de las organizaciones de la
Sociedad Civil al Proceso del Presupuesto Participativo
de Niños, Niñas y Adolescentes para el Año Fiscal 2015.
Artículo 2º.- APROBAR; el Cronograma y Propuesta
Metodológica que regula el proceso del Presupuesto
Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes en el Distrito
de Ate, para el Año Fiscal 2015 ,conforme a lo detallado
en el Anexo Nº 1, adjunto al presente y que forma parte
integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 3º.- DESARROLLAR; el proceso del
presupuesto participativo de niñas, niños y adolescentes
del año f‌i scal 2015 en el distrito de Ate.
Artículo 4º.- DISPONER; la publicación del presente
Decreto de Alcaldía en el Diario Of‌i cial El Peruano, y en
el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate
(www.muniate.gob.pe), el íntegro del anexo mencionado,
encargando a la Gerencia de Desarrollo Social y Secretaría
de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusión.
Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Planif‌i cación, Gerencia de Desarrollo Social
y Equipo Técnico del Presupuesto Participativo de niñas,
niños y adolescentes, y, demás Unidades Orgánicas
pertinentes de la Corporación Municipal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
1135766-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican Ordenanza N° 397-MDC, que
regula el Procedimiento Administrativo
de visacion de planos para dotacion
de servicios básicos a posesiones
informales y/o Organizaciones Sociales
ubicadas en el distrito de Comas
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS

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