DECRETO DE ALCALDIA N° 13-2014-MPC-AL - Prorrogan vigencia del beneficio para el pago de deudas tributarias y no tributarias, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 014-2014

Fecha de disposición04 Agosto 2014
Fecha de publicación04 Agosto 2014
El Peruano
Lunes 4 de agosto de 2014 529313
EL ALCALDE DE MIRAFLORES;
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 194 de la Constitución Política
del Perú, las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local con autonomía política,
económica y administrativa en asuntos de su competencia.
De igual modo, acorde con el artículo II del Título Preliminar
de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
la autonomía que la Carta Magna establece para las
municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, con la Ordenanza Nº 387/MM se constituye y
regula las Microzonas de Valor Urbanísticos y Ejes de
Aprovechamiento del Potencial de Desarrollo Urbano
en el distrito de Mira ores; asimismo, con la Ordenanza
Nº 401/MM se emiten las disposiciones que regulan la
aplicación de la Ordenanza Nº 387/MM, desarrollándose,
entre otros aspectos, el procedimiento para acogerse a
los bene cios que dichos dispositivos establecen. En tal
sentido, con las ordenanzas referidas se busca orientar la
composición arquitectónica de las edi caciones, proteger
la arquitectura de valor representativo, preservando los
predios que constituyen patrimonio cultural o aquellos que
no siéndolo, poseen un valor urbanístico en su conjunto,
como mecanismo de preservación de la identidad
distrital;
Que, a través del Expediente Nº 7899-2013, ingresado
el 09 de octubre de 2013, doña Rafaela Marga Claudio
Baldeón de Ramos y don Simón Pedro Ramos Paz,
solicitan su acogimiento libre y voluntariamente a los
alcances de las citadas ordenanzas, con relación al predio
ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 842 - C, Mira ores;
Que, se programaron las inspecciones a las que se
hace mención en el artículo 4 de la Ordenanza N° 401/
MM, luego de las cuales se emitió Informe Técnico N° 284-
2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 17 de febrero de 2014,
que obra en el folio setenta y seis (76) y siguientes de los
actuados, mediante el cual se efectúa el diagnóstico del
predio ubicado en Av. 28 de Julio Nº 842 - C, Mira ores,
que contiene la determinación de las áreas o zonas del
predio con valor urbanístico que deberán mantenerse
intangibles, el estado de conservación de las mismas, las
recomendaciones a considerar para las obras a realizarse
y los derechos edi catorios a transferir;
Que, conforme se aprecia en el expediente antes
citado y de acuerdo a la veri cación realizada por la unidad
orgánica competente, los administrados cumplieron con
acompañar los requisitos que se exigen para la emisión
del Certi cado de Derechos Edi catorios al que hacen
referencia las disposiciones de las Ordenanzas N° 387/
MM y Nº 401/MM, conforme se desprende del Informe
Legal N° 433-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de
octubre de 2013, emitido por la Subgerencia de Catastro;
Que, en mérito de lo indicado y acorde a lo establecido
en el artículo 6 de la Ordenanza N° 401/MM, la Subgerencia
de Catastro emitió la Resolución de Subgerencia N° 030-
2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo de 2014,
que declara procedente la solicitud presentada por los
administrados; correspondiendo emitir el decreto de alcaldía,
en cumplimiento de lo señalado en el artículo 18 de la
ordenanza citada, a n que constituya el documento con el
que se dispone la limitación o restricción de demoler, ampliar
y/o remodelar el predio ubicado en Av. 28 de Julio Nº 842 - C,
Mira ores, de modo que dicho decreto de alcaldía y demás
actos vinculados sean inscritos en la Partida N° 41686073 del
Registro de la Propiedad Inmueble de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos - Sede Lima;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de
la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- Declarar que el predio ubicado
en la Av. 28 de Julio Nº 842 - C, Mira ores, se encuentra
sometido al régimen especial de conservación establecido
en la Ordenanza Nº 387/MM y Ordenanza Nº 401/MM,
conforme a lo dispuesto en la Resolución de Subgerencia
Nº 030-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo
de 2014; consecuentemente, los propietarios del predio
en mención se encuentran sujetos a los deberes y
obligaciones que emanen de dicho régimen.
Artículo Segundo.- Disponer la inscripción de la
Carga Técnica Registral respecto del predio ubicado en la
Av. 28 de Julio Nº 842 - C, Mira ores, inscrito en la Partida
Electrónica Nº 41686073, consistente en el cumplimiento
de las limitaciones y restricciones referidas a la demolición,
ampliación y/o remodelación de las áreas intangibles del
predio, así como el deber de mantenerlo en buen estado
de manera permanente, según lo dispuesto en el artículo
tercero de la Resolución de Subgerencia Nº 030-2014-
SGCA-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo de 2014.
Artículo Tercero.- Disponer que las propietarias del
predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº Nº 842 - C, Mira ores,
lleven a cabo las acciones necesarias para la puesta en
valor del mismo, de conformidad con la disposiciones de
la Ordenanza Nº 387/MM y de la Ordenanza Nº 401/MM,
comprometiéndose a proteger el estado físico del predio una
vez restaurado y mantenido su estado original, en estricto
cumplimiento de las recomendaciones comprendidas en
el Informe Técnico Nº 284-2014-SGCA-GDUMA/MM, que
obra en el Expediente Nº 7899-2013.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General
la publicación del presente decreto en el Diario O cial
El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e
Imagen Institucional la publicación del mismo en el Portal
Institucional (www.mira ores.gob.pe), en la misma fecha
de su publicación o cial.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
1118098-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Prorrogan vigencia del beneficio
para el pago de deudas tributarias y
no tributarias, aprobado mediante
Ordenanza Municipal Nº 014-2014
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 13-2014-MPC-AL
Callao, 31 de julio de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO:
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2014,
publicada en el Diario O cial El Peruano el 6 de junio del
2014, se establece un régimen de bene cios que incentiven
el pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto
de Alcabala, arbitrios municipales, multas tributarias,
multas administrativas, así como aquellas deudas que se
encuentren acogidas a fraccionamientos tributarios y/o
sanciones administrativas y que se encuentren vencidos
durante la vigencia de dicha Ordenanza, teniendo como
fecha de culminación del bene cio el 31 de julio del 2014;
Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza
Municipal Nº 014-2014, faculta al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
complementarias para la correcta aplicación de lo
dispuesto en dicha Ordenanza, así como para disponer la
prórroga correspondiente, de ser necesario;
Que, se ha veri cado que existe un considerable
número de contribuyentes con la intención de acogerse
a los bene cios otorgados mediante la citada Ordenanza

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