RESOLUCION MINISTERIAL N° 086-2014-MIDIS - Designan representantes titular y alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático

Fecha de publicación14 Abril 2014
Fecha de disposición14 Abril 2014
El Peruano
Lunes 14 de abril de 2014 521029
locales, regionales y otros, a los mencionados productos
en sus diversas variedades;
Que, es necesario aprobar la inclusión de los ítems
226 al 401 en la Guía de Servicios del Instituto Nacional
de Innovación Agraria – INIA, para posibilitar su venta y
brindar el apoyo al desarrollo agrario de las Estaciones
Experimentales Agrarias de Arequipa, Donoso, El Porvenir,
San Roque y Vista Florida;
Estando a las funciones y facultades consideradas
en el Artículo 12° del Reglamento de Organización y
Funciones del Instituto Nacional de Innovación Agraria -
INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2005-AG,
modif‌i cado por Decreto Supremo N° 027-2008-AG, y
con la visación de los Directores Generales de Extensión
Agraria, Planif‌i cación, Administración y Asesoría Jurídica
del Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- INCLUIR los ítems 226 al 401 en la Guía
de Servicios del Instituto Nacional de Innovación Agraria
– INIA, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 135-
2002-INIA, según las especif‌i caciones consignadas en el
Anexo adjunto, el mismo que forma parte integral de la
presente Resolución:
Artículo 2°.- Los ingresos recaudados por los
conceptos señalados en la presente Resolución,
constituirán Recursos Directamente Recaudados del
Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA.
Artículo 3°.- La Of‌i cina General de Planif‌i cación,
deberá dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 2°
del Decreto Supremo N° 088-2001-PCM.
Artículo 4°.- El Anexo de la Guía de Servicios será
publicado en el Portal Institucional del Instituto Nacional
de Innovación Agraria -INIA (www.inia.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
J. ARTURO FLOREZ MARTINEZ
Jefe
1072811-1
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Designan representantes titular y
alterno del Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social ante la Comisión
Nacional sobre el Cambio Climático
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 086-2014-MIDIS
Lima, 11 de abril de 2014
VISTO:
El Of‌i cio Múltiple Nº 09-2014-MINAM/DVMDERN,
recibido el 11 de marzo de 2014, emitido por el
Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos
Naturales del Ministerio del Ambiente;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 29792 se creó el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social como organismo del Poder
Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 359-93-RE se
creó la Comisión Nacional sobre los Cambios Climáticos,
encargada de coordinar con los diversos sectores
públicos y privados vinculados a la materia, respecto de la
implementación de la “Convención Marco sobre Cambios
Climáticos”, así como del “Protocolo de Montreal sobre las
sustancias que agotan la Capa de Ozono” en el país;
precisó el nombre de la citada comisión como Comisión
Nacional sobre el Cambio Climático, conforme a la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
Cambio Climático; adecuándose, su funcionamiento a
las disposiciones establecidas en la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo
Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del
Ministerio del Ambiente; y, modif‌i cándose la conformación
de la misma;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 006-2009-
MINAM, modif‌i cado por el artículo 1 del Decreto Supremo
Nº 015-2013-MINAM, establece que la Comisión
Nacional sobre el Cambio Climático estará integrada por
representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros
y los diferentes ministerios, entre ellos, el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social;
Que, de acuerdo al artículo 6 del Decreto Supremo
Nº 006-2009-MINAM, modif‌i cado por el artículo 1 del
Consejo de Ministros, los ministerios y demás entidades
públicas que integran la Comisión Nacional sobre el Cambio
Climático, designarán a un representante titular, con el
nivel de Director General o similar, y uno alterno, mediante
resolución del Titular del Pliego correspondiente;
Que, en ese contexto, de acuerdo con el marco
normativo señalado, y en atención al documento de
Visto, resulta necesario designar a los representantes del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, titular y alterno,
ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático; en
virtud de lo dispuesto en el citado artículo 6 del Decreto
Supremo Nº 006-2009-MINAM, modif‌i cado por el artículo
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; la
N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su
Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como representantes, titular
y alterno, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
ante la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático, a
las personas que ejercen las funciones de:
• Director General de Seguimiento y Evaluación, como
representante titular.
• Director General de Políticas y Estrategias, como
representante alterno.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1073327-1
Designan responsable de elaborar y
actualizar el Portal de Transparencia
del Ministerio de conformidad con la
Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 087-2014-MIDIS
Lima, 11 de abril de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito,
competencias, funciones y estructura orgánica básica;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806,
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
como f‌i nalidad promover la transparencia de los actos del
Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la
información, consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, el Estado
adopta medidas básicas que garanticen y promuevan

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