ORDENANZA N° 175-MDSL - Aprueban Ordenanza que establece el Régimen de la Tasa por Estacionamiento Vehicular del distrito

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2014
El Peruano
Domingo 21 de setiembre de 2014
533096
en la Ordenanza Nº 152-A/MDC, como instancia de
concertación para elaborar el Plan Operativo Anual, así
como vigilar que se garantice su cumplimiento.
Artículo Tercero.- La Secretaría Técnica estará a
cargo de la Subgerencia de la Mujer, DEMUNA, OMAPED
y Adulto Mayor.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de
Imagen Institucional la difusión de la presente Ordenanza,
y su publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad
a la Subgerencia de Informática.
POR TANTO:
Mando, se registre, comunique, publique y cumpla.
RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA
Alcalde
1139857-1
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Aprueban Ordenanza que establece el
Régimen de la Tasa por Estacionamiento
Vehicular del distrito
ORDENANZA Nº 175-MDSL
San Luis, 31 de julio del 2014
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN
LUIS
POR CUANTO:
VISTO; en Sesión Ordinaria del Concejo de San Luis
de fecha 31 de julio del 2014 el Memorándum Nº 218-
2014-MDSL-GM de la Gerencia Municipal, el Informe
Nº 073-2014-MDSL/GR de la Gerencia de Rentas y
el Informe Nº 119-2014-GAL-MDSL de la Gerencia de
Asesoría Legal; y,
CONSIDERANDO:
Perú, establece que las Municipalidades son órganos
de Gobierno Local con autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, por ello, en
su artículo 74º les otorga potestad tributaria para establecer
mediante Ordenanza arbitrios, tasas, licencias, derechos y
contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, la norma IV del Título Preliminar del Código
Tributario, establece que mediante Ordenanza los
Gobiernos Locales pueden crear, modi car, extinguir sus
contribuciones, arbitrios, derechos y licencias;
Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa
principalmente con la dación de Ordenanzas Municipales,
las mismas que tienen rango de ley de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 40º del Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 68º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
Municipalidades pueden imponer entre otras tasas, la de
estacionamiento vehicular, que es aquella tasa que debe
pagar todo aquel que estacione su vehículo en zonas
comerciales de alta circulación, conforme lo determine la
Municipalidad del Distrito correspondiente, con los límites
que determine la Municipalidad Provincial respectiva y en
el marco de las regulaciones sobre tránsito que dicte la
autoridad competente del Gobierno Central;
Que, dicha de nición guarda concordancia con lo que
establece la Norma II del Título Preliminar del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto
Supremo Nº 135-13-EF, en cuanto cali ca a la tasa como
el tributo cuya obligación tiene como hecho generador, la
prestación efectiva por el Estado de un servicio público
individualizado en el contribuyente, así como el uso o
aprovechamiento de bienes públicos;
Que, mediante la Ordenanza Nº 739-MML, que
señala el marco jurídico de la Tasa de Estacionamiento
Vehicular Temporal en la provincia de Lima, estableciendo
los lineamientos legales, técnicos y administrativos que
deben observar las municipalidades distritales para la
determinación de la Tasa de Estacionamiento Vehicular,
siendo esencial la presentación de un informe con opinión
favorable de la Dirección General de Transporte de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo con la
Ordenanza Nº 073-94-MLM o la norma que se encuentre
vigente;
Que, el marco legal que regula el cobro de la tasa por
estacionamiento vehicular en la jurisdicción de San Luis,
se encuentra regulado por la Ordenanza Nº 144-MDSL,
rati cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima
mediante Acuerdo de Concejo Nº 1380, publicado el 16
de agosto del 2012;
Que, sin embargo, la Sexta Disposición Final de la
Ordenanza Nº 1533-MML, modi có el artículo 28º de la
Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, disponiendo que la vigencia del Acuerdo de Concejo
rati catorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) años,
en la medida que la Ordenanza Distrital mantenga
invariables las condiciones que originaron la rati cación;
transcurrido dicho término, las municipalidades deberán
dar inicio al procedimiento de rati cación respectivo
conforme al plazo previsto para tal efecto;
Que, mediante O cio Nº 0573-2014-MML/GTU-
SIT y O cio Nº 824-2014-MML/GTU-SIT emitido por la
Subgerencia de Ingeniería del Tránsito de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, se pone en conocimiento de esta
entidad municipal el resultado del Estudio Técnico para
la implementación del servicio de parqueo vehicular en
el distrito de San Luis, donde se determinó la relación de
espacios que se encuentran habilitados para el parqueo
vehicular;
Que, mediante Ordenanza Nº 172-MDSL del 18 de
junio se aprobó el Régimen de la Tasa por Estacionamiento
Vehicular en el Distrito de San Luis, el mismo que fue
remitido al Servicio de Administración Tributaria para su
respectiva rati cación de conformidad con lo dispuesto
Que, mediante O cio Nº 264-090-00000091 del 02
de julio del 2014, recepcionado el 03 de julio el mismo
mes, el Servicio de Administración Tributaria de la
Municipalidad de Lima en ejercicio de sus atribuciones,
efectúa observaciones de forma y fondo a los documentos
remitidos, los mismos que han sido subsanados. Una de
las formas de subsanación que debe realizarse es la de
modi car y/o precisar algunos artículos de la Ordenanza Nº
172-MDSL así como el Informe Técnico que la sustente;
Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 439-2014-
MDSL-GDU/SGOPT y el Informe Nº 440-2014-MDSL-
GDU/SGOPT de la Subgerencia de Obras Públicas y
Tránsito, al Memorando Nº 084-2014-MDSL-GDU/MDSL
de la Gerencia de Desarrollo Urbano al Memorando Nº
295-2014-GAF-MDSL de la Gerencia de Administración
y Finanzas, al Informe Nº 070-2014-GR-MDSL de la
Gerencia de Rentas y el Informe Nº 073-2014-GAL-MDSL
de la Gerencia de Asesoría Legal, respectivamente,
expresan lo conveniente a n de dar conformidad a
la presente Ordenanza y en uso de sus facultades
conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 40º
UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación
del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN
DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO
VEHICULAR DEL DISTRITO DE SAN LUIS
Artículo 1º.- DEFINICIÓN
La Tasa de Estacionamiento Vehicular, es el tributo
municipal que se origina al estacionar un vehículo en
el espacio de la vía pública acondicionada para tal n y
previamente identicada por la autoridad municipal.
Artículo 2º.- OBJETO
La presente ordenanza tiene por objeto determinar
la Tasa de Estacionamiento Vehicular del distrito de San
Luis, procurando el uso racional de la vía pública en el

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