ORDENANZA N° 314-MDS - Regulan la venta, comercialización y consumo de drogas ilegales y bebidas alcohólicas en áreas públicas del distrito

Fecha de publicación26 Marzo 2014
Fecha de disposición26 Marzo 2014
El Peruano
Miércoles 26 de marzo de 2014
519574
precisando en el artículo 17º inc. b) y c), que se encuentra
expresamente prohibido el expendio y/o consumo de
bebidas alcohólicas en áreas públicas, comprendiéndose
las plazas, parques, jardines públicos, pasajes, calles,
jirones, avenidas y similares. Está prohibido además el
expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos
o viviendas a puerta cerrada, a través de ventanas o de
manera informal o indirecta;
Que, mediante la Ordenanza Nº 193-MDS de fecha
13 de diciembre del 2007, se aprueba el régimen de
aplicación de sanciones administrativas en el distrito de
Surquillo, donde se establecen las infracciones y sanciones
administrativas referidas a la venta, comercialización
o consumo de bebidas alcohólicas en áreas públicas,
considerándose una falta grave, con la sanción pecuniaria
de 0.60 de la UIT;
Que, resulta necesario actualizar los montos
pecuniarios y establecer mecanismos disuasivos para
erradicar el consumo de drogas ilegales y alcohol en las
áreas públicas del distrito de Surquillo, por lo debemos
aprobar un marco legal actualizado que permita cumplir
con los objetivos determinados;
Estando a lo expuesto, de conformidad a lo dispuesto
por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el
Concejo Municipal aprobó por mayoría la siguiente:
ORDENANZA
QUE ESTABLECE Y REGULA LA VENTA,
COMERCIALIZACIÓN Y CONSUMO DE DROGAS
ILEGALES Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN ÁREAS
PÚBLICAS DEL DISTRITO DE SURQUILLO
Artículo 1º.- Objeto
La presente Ordenanza tiene por objeto establecer un
nuevo régimen que regule las disposiciones pertinentes
referidas a la venta, comercialización y consumo de drogas
ilegales y de bebidas alcohólicas en áreas públicas de la
jurisdicción de Surquillo.
Artículo 2º.- Concepto:
Drogas legales e ilegales
Consiste en la clasif‌i cación de las sustancias en
función de las restricciones legales establecidas en cada
estado particular respecto al consumo, producción y venta
de las diferentes sustancias. Así, en la mayor parte de los
países las drogas se clasif‌i can según la normativa legal,
del siguiente modo:
Drogas legales: Alcohol, tabaco, psicofármacos,
estimulantes menores y otras sustancias bajo prescripción
médica.
Drogas Ilegales: Son todas las que no forman parte
de apartado anterior y a las que se accede a través de
manera ilegal y obtenidas subrepticiamente aunque
inicialmente haya sido dispensada a partir de vías legales.
Bebidas alcohólicas: Todos los productos o
subproductos derivados de los procesos de fermentación y
destilación para ser consumidos por vía oral;
Comercialización de bebidas alcohólicas: Es
el proceso que comprende el suministro de bebidas
alcohólicas de toda graduación desde el productor al
consumidor f‌i nal;
Consumo: Es la etapa de la cadena alimenticia en
la que el consumidor compra, adquiere o ingiere cualquier
bebida alcohólica de cualquier graduación.
Medios Disuasivos
Medios disuasivos: Todo elemento manual, mecánico
o motorizado que sirve para sensibilizar y hacer cambiar la
manera de actuar, pensar o sentir de las personas.
Artículo 3º.- Prohibiciones
a) Se encuentra terminantemente prohibido el consumo
de drogas ilegales en las áreas públicas del distrito de
Surquillo;
b) Se encuentra terminantemente prohibido el consumo
de bebidas alcohólicas en las áreas públicas del distrito de
Surquillo;
c) Se prohíbe la venta, el acto gratuito o cualquier otra
modalidad de entrega o transferencia de drogas ilegales
y/o bebidas alcohólicas en la vía pública;
d) Está prohibido facilitar el consumo de drogas ilegales
y/o bebidas alcohólicas en la vía pública.
Artículo 4º.- Sanciones
1. NO PECUNIARIA
a) UTILIZACIÓN DE MÉTODOS DISUASIVOS:
La Municipalidad distrital de Surquillo podrá utilizar
cualquier método disuasivo (elemento manual, mecánico
o motorizado), a f‌i n de poder cumplir con la f‌i nalidad
establecida en el artículo 1º, esto es, recuperar las áreas
públicas (plazas, parques, jardines públicos, pasajes,
calles, jirones, avenidas y similares), ocupadas por
personas que realizan los actos establecidos en al artículo
3º de la presente Ordenanza.
b) COMISO.
2. PECUNIARIA
COD. INFRACCIÓN TIPIFICADA TIPO DE
INFRACCION
MULTA UIT
III
03.0303a Por consumir drogas ilegales en
la vía pública G 0,50 0,60
03.0205 Por consumir bebidas alcohólicas
en la vía pública G 0,50 0,60
Los procedimientos a seguir para la aplicación de las
respectivas sanciones, serán las que se establecen en la
Ordenanza Nº 193-MDS.
Artículo 5º.- Incorpórese a la Ordenanza 193-MDS
que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones
Administrativas de la Municipalidad distrital de Surquillo
(RASA), los procedimientos que se aprueban en la
presente Ordenanza.
Artículo 6º.- Facultar al señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
necesarias para lograr la adecuada aplicación de la
presente Ordenanza.
Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Artículo 8º.- Encargar a la Gerencia de Protección del
Medio Ambiente y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana
el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZALES
Alcalde
1066281-1
Reglamentan la Ordenanza Nº 314-MDS
que regula la venta, comercialización y
consumo de drogas ilegales y bebidas
alcohólicas en áreas públicas del
distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-2014-MDS
Surquillo, 21 de marzo de 2014.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SURQUILLO
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley
Orgánica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos
locales autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de

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