ORDENANZA N° 235-MDPP - Establecen incentivos tributarios por el pronto pago de deudas tributarias del ejercicio 2014
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA |
Fecha de la disposición | 29 de Marzo de 2014 |
El Peruano
Sábado 29 de marzo de 2014
519944
“Reglamento de Organizaciones y Funcionamiento
de la Comisión Ambiental Municipal CAM-MC”, se
encuentra conforme a la normatividad expuesta, por
tanto se recomienda su aprobación, debiendo elevarse
los actuados al Concejo Municipal para que, en usos
de sus atribuciones y previos los trámites de ley,
proceda a su aprobación;
Que, mediante Informe Técnico Nº 078-2014-
GSC-GM/MC, emitido por la Gerencia de Servicios
a la Ciudad, señala aprobar el Nuevo Reglamento
Interno de la Comisión Ambiental Municipal CAM-MC,
asimismo dejar sin efecto alguno la Ordenanza Nº
306-C/MC;
De conformidad a las facultades establecidas en el
Ley Orgánica de Municipalidades y demás normatividad
pertinente; el Concejo Municipal aprobó, con el voto
mayoritario, con la dispensa del trámite de lectura, la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA
COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS CAM-MC
Artículo Primero.- APROBAR el “Nuevo Reglamento
de Funcionamiento de la Comisión Ambiental Municipal
de la Municipalidad Distrital de Comas CAM-MC”, el cual
consta de cuatro (04) títulos, ocho (08) capítulos, veintidós
(22), artículos, dos (02) disposiciones fi nales.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el diario ofi cial El Peruano.
Artículo Tercero.- DEROGUESE toda norma que se
oponga a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Tecnología de la Información la publicación del “Nuevo
Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Municipal de
la Municipalidad Distrital de Comas CAM-MC”, en el Portal
Institucional de la Municipalidad Distrital de COMAS, www.
municomas.gob.pe y la difusión de la presente Ordenanza
a la Gerencia de Participación Ciudadana.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal, a los diez días del mes
de marzo del año dos mil catorce.
NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
1067546-1
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
Establecen incentivos tributarios por
el pronto pago de deudas tributarias
del ejercicio 2014
ORDENANZA Nº 235-MDPP
Puente Piedra, 13 de marzo de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUENTE PIEDRA
POR CUANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA
VISTO: El Informe Nº 043-2014-GAT-MDPP, de
fecha 03 de marzo de 2014, expedido por la Gerencia
de Administración Tributaria, proponiendo Proyecto de
Ordenanza que dispone Prorroga del Incentivo por el
Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
del Ejercicio Fiscal 2014; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales
y Distritales son órganos de Gobierno Local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, de conformidad al numeral 4) del artículo 195º
de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos
Locales son competentes para crear, modifi car y suprimir
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
municipales, conforme a ley;
Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 156-
2004-EF – Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal, establece que el Impuesto Predial podrá
cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes
de Febrero de cada año o en forma fraccionada en cuatro
cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota
hasta el último día hábil del mes de Febrero y las cuotas
restantes hasta el último día hábil de los meses de Mayo,
Agosto y Noviembre;
Que, a través de la Ordenanza Nº 229-CDPP, se
aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales,
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014, de Residuos
Sólidos, Barridos de Calles, Parques y Jardines y
Serenazgo, la misma que fue ratifi cada por el Acuerdo
de Concejo Nº 2684-MML, de fecha 25 de Diciembre de
2013;
Que, el artículo 6º de la Ordenanza Nº 229-CDPP,
señala que el vencimiento para el pago por la prestación
mensual del servicio de barridos de calles, residuos sólidos,
parques y jardines y Serenazgo del ejercicio 2014, son de
periodicidad mensual y vencimiento trimestral, conforme
lo dispone la citada ordenanza;
Que, es política de la actual gestión municipal otorgar
incentivos tributarios, para aquellos contribuyentes que
en cada ejercicio fi scal cumplen con el pago de sus
obligaciones en forma oportuna; en consecuencia, es
conveniente prorrogar los incentivos tributarios hasta el
31 de marzo del presente año;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
dispuesto por los incisos 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo
40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
el Concejo aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS
TRIBUTARIOS POR EL PRONTO PAGO DE DEUDAS
TRIBUTARIAS DEL EJERCICIO 2014
Artículo Primero.- INCENTIVO POR PRONTO
PAGO
Los contribuyentes que cancelen sus obligaciones
tributarias del ejercicio 2014 hasta el 31 de marzo,
tendrán un descuento del 30% en el monto insoluto de
los Arbitrios Municipales (Barridos de Calles, Residuos
Sólidos, Parques y Jardines y de Serenazgo).
Artículo Segundo.- Los pensionistas y aquellos
contribuyentes mayores de 65 años, tendrán un descuento
del 50% sobre el monto total de los arbitrios municipales
de residuos sólidos, barridos de calles, parques y jardines
y Serenazgo del ejercicio 2014.
Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias para la adecuación y mejor aplicación
de la Ordenanza; así como, para establecer la prórroga
en la vigencia de la misma.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración Tributaria, Secretaría General, Gerencia
de Administración, Finanzas y Planeamiento, Gerencia
de Informática y Gobierno Electrónico, su publicación y
difusión.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ
Alcalde
1068022-1
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