RESOLUCION DE ALCALDIA N° 249-2014/ALC-MDPP - Declaran aprobada Habilitación Urbana de Oficio de inmueble ubicado en el distrito

Fecha de publicación02 Octubre 2014
Fecha de disposición02 Octubre 2014
El Peruano
Jueves 2 de octubre de 2014 533991
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
LOS OLIVOS
Establecen beneficios para el pago de
deudas administrativas provenientes
de la Sub Gerencia de Urbanismo que
se encuentren en cobranza coactiva
Los Olivos, 18 de setiembre de 2014
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE
LOS OLIVOS
VISTO: El Informe Nº 00070-2014/MDLO/GR/EC/
KGARAY de la Ejecutoria Coactiva, Proveído Nº 533-
2014-GR de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 00617-
2014/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
Proveído Nº 5929-2014-GM y Proveído Nº 6093-2014-
GM, de la Gerencia Municipal, Informe Nº 0841-2014-
MDLO/SG y el Dictamen Nº 007-2014-MDLO/CEP de la
Comisión de Economía y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Perú, establece que las Municipalidades Provinciales
y Distritales son órganos de gobierno local, gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, en concordancia con la
Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las
Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de
su competencia, son las normas de carácter general
de mayor jerarquía municipal, por medio de las cuales
se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y las
materias en las que la municipalidad tiene competencia
normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modif‌i can,
suprimen o exoneran, los arbitrios, licencias, derechos y
contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley
(...)”; Asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma,
señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar,
modif‌i car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los
acuerdos;
Que, la Gerencia de Rentas a través de la Ejecutoria
Coactiva emite el Informe Nº 00070-2014-MDLO/GR/EC
expresando que es necesario plantear un benef‌i cio de
descuento para el pago de las obligaciones no tributarias
provenientes de la Sub Gerencia de Urbanismo, según los
términos establecidos en la presente Ordenanza. A ello
se agrega el propósito de la gestión edil de continuar con
la recuperación de adeudos pendientes, brindando a los
deudores, mayores facilidades a f‌i n de que cumplan con
regularizar sus obligaciones;
Estando a lo expuesto y de conformidad a las
atribuciones conferidas por el inc. 8 y 9 del artículo
Municipalidades, el Concejo Municipal, por unanimidad,
aprobó la siguiente:
QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE
LAS DEUDAS ADMINISTRATIVAS PROVENIENTES
DE LA SUB GERENCIA DE URBANISMO QUE SE
ENCUENTREN EN COBRANZA COACTIVA
Artículo Primero.- DEL OBJETO
La presente Ordenanza concede un régimen de
incentivos administrativos en la Jurisdicción del Distrito de
Los Olivos a favor de los administrados, que comprende
la condonación de reajustes e intereses moratorios de
Multas Administrativas en instancia coactiva.
Artículo Segundo.- DE LOS INCENTIVOS
Establecer, a partir de la entrada en vigencia de
la presente Ordenanza hasta el 31 de marzo del año
2015, el DESCUENTO para el pago AL CONTADO y
COMPROMISOS DE PAGOS (EN PARTES) de deudas
administrativas provenientes de la SUB GERENCIA DE
URBANISMO que se encuentren en cobranza coactiva,
según lo siguiente, inclusive para aquellas con Embargo:
Multas
Administrativas POR PAGO AL
CONTADO
POR COMPROMISOS
DE PAGO (EN
PARTES)
• Por Construir sin licencia
de construcción Exoneración Total
de gastos y costas
procesales.
60% de Descuento
30% de Descuento
• Otras Multas Administrati-
vas Exoneración Total
de gastos y costas
procesales.
60% de descuento
30% de Descuento
Artículo Tercero.- DEL DESISTIMIENTO
Los administrados que deseen acogerse a esta
Ordenanza que mantengan en trámite procedimientos
contenciosos (vía judicial) deberán primero presentar una
solicitud del desistimiento de su pretensión, mediante
el escrito pertinente por trámite regular a la instancia
coactiva.
Artículo Cuarto.- PRECÍSESE que en los casos
de administrados con EMBARGO se procederá al
levantamiento de la medida, suspendido el procedimiento
con la cancelación de la obligación.
Artículo Quinto.- PRECÍSESE que para la suscripción
de compromisos de pagos, éstos se realizarán en la
Ejecutoría Coactiva.
Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE, a la GERENCIA
DE RENTAS, EJECUTORÍA COACTIVA, el estricto
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza,
a la SECRETARÍA GENERAL su publicación y a la
GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su
difusión.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
NESTOR BERNARDO CORPUS VERGARA
Alcalde (e)
1144904-1
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
Declaran aprobada Habilitación Urbana
de Oficio de inmueble ubicado en el
distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 249-2014/ALC-MDPP
Puente Piedra, 31 de marzo del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUENTE PIEDRA
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 063-20148/
OSFL-GDUE-MDPP de fecha 28 de Marzo del 2014; y,
CONSIDERANDO:
1. Que, de conformidad con el artículo 194 de la
Constitución Política del Estado, concordado con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley Nº 27972, las municipalidades
distritales son órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
2. Que, según el inciso 9 del artículo 4 de la Ley
29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de

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