ORDENANZA N° 265-2014-MDPH - Establecen lineamientos para la contratación de asesoría legal externa en materia civil, penal y/o administrativa para el alcalde, ex alcalde, regidores, ex regidores, funcionarios, ex funcionarios, servidores o ex servidores de la Municipalidad

Fecha de disposición25 Julio 2014
Fecha de publicación25 Julio 2014
El Peruano
Viernes 25 de julio de 2014 528611
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, modif‌i cado por la Ley de
Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades
provinciales y distritales son los órganos de gobierno local
y tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 014-MDMM, publicada el
19 de junio de 2014, se aprobaron benef‌i cios e incentivos
a favor de los contribuyentes del distrito que por diversas
razones mantienen deuda con la Municipalidad;
Que, la Gerencia de Administración Tributaria y
Rentas, propone a través del Informe Nº 0146-2014-
MDMM-GATR-SGRC de la Subgerencia de Recaudación y
Control, solicita la ampliación del plazo de los benef‌i cios;
Que, la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana,
está de acuerdo con la prorroga de incentivos y benef‌i cios
a favor de los contribuyentes del distrito, según lo informado
por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas;
Que, mediante Informe Nº 482-2014-GAJ-MDMM,
la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal
favorable respecto a la aprobación de la ampliación de
plazo del otorgamiento de benef‌i cios e incentivos a los
contribuyentes del distrito.
Que, es política de esta gestión edilicia incentivar
el cumplimiento del pago de las obligaciones de los
contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Municipalidad
de Magdalena del Mar y una manera efectiva de hacerlo
es a través del otorgamiento de benef‌i cios;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de
opinión favorable de la Gerencia Administración Tributaria
y Rentas, Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y
la Gerencia de Asesoría Jurídica;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 02 de
agosto de 2014 la vigencia de la Ordenanza Nº 014-
MDMM que estableció benef‌i cios e incentivos a favor de
los contribuyentes del distrito.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo
dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia
de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Control
y Seguridad Ciudadana, Gerencia de Administración y
Finanzas y demás unidades orgánicas competentes.
Artículo Tercero.- El presente decreto entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia de
Comunicaciones su difusión, a Secretaría General la
publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano y a la Subgerencia
de Informática y Estadística su publicación en el Portal de la
Municipalidad de Magdalena del Mar www.munimagdalena.
gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
1115428-3
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Establecen lineamientos para la
contratación de asesoría legal externa en
materia civil, penal y/o administrativa
para el alcalde, ex alcalde, regidores,
ex regidores, funcionarios, ex
funcionarios, servidores o ex servidores
de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 265-2014-MDPH
Punta Hermosa, 22 de mayo de 2014
ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA LA
CONTRATACIÓN DE ASESORÍA LEGAL EXTERNA
EN MATERIA CIVIL, PENAL Y/O ADMINISTRATIVA
PARA EL ALCALDE, EX ALCALDE, REGIDORES, EX
REGIDORES, FUNCIONARIOS, EX FUNCIONARIOS,
SERVIDORES O EX SERVIDORES DE LA
MUNICIPALIDAD
ORDENANZA Nº 265-2014-MDPH
Punta Hermosa, 22 de Mayo de 2014
EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUNTA HERMOSA
VISTO:
El Acuerdo de Concejo Nº 039-2015-MDPH de fecha
10 de mayo de 2012, el Informe de la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica Nº 079-2014-MDPH/OAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú modif‌i cado por la Ley de
Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, las Municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local y
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 9º de la Ley de Bases de la
Descentralización - Ley Nº 27783, def‌i ne en su numeral
9.1 a la autonomía política como aquella facultad de
adoptar y concordar las políticas, planes y normas en
los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus
normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y
desarrollar las funciones que le son inherentes;
- Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas de las
municipalidades provinciales y distritales, en la materia de
su competencia, son las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa;
Que, es necesario precisar que el artículo 4º de la
Ley del Código de Ética de la Función Pública - Ley Nº
27815, considera empleado público a todo funcionario
o servidor de las entidades de la Administración Pública
en cualquiera de los niveles jerárquicos sea éste
nombrado, contratado, designado, de conf‌i anza o electo
que desempeñe actividades o funciones en nombre del
servicio del Estado;
Que, sin embargo, el empleado público en el
ejercicio de sus funciones, se encuentra en un estado de
indefensión ante cualquier proceso judicial, toda vez que
no existe norma alguna que permita, tanto al funcionario
como al servidor público, afrontar cualquier proceso
judicial que pueda interponerse en su contra por cualquier
tercero que pueda considerarse afectado por los actos
que haya realizado o por las decisiones adoptadas por
ellos, así como las omisiones en sus funciones en que
hayan incurrido;
Que, habiéndose aprobado el Acuerdo de Concejo
Nº 024-2012-MDPH de fecha 10 de mayo de 2012,
mediante el cual se dispuso que la Secretaria General
solicite la contratación de un Estudio Jurídico, que se
encargue de la defensa de los Procesos Judiciales,
que se generen o se hayan generado por el ejercicio
legítimo de sus funciones ante la Municipalidad Distrital
de Punta Hermosa, tanto del Señor Alcalde, como
de los señores Regidores y del Gerente Municipal,
resulta necesario darle el rango de Ordenanza al antes
mencionado Acuerdo de Concejo;
Que, por tales motivos, resulta necesario se expida
la correspondiente normatividad municipal que permita
brindar una adecuada asesoría legal a los funcionarios, ex
funcionarios, servidores o ex servidores públicos de este
Municipio cuya función implique la toma de decisiones, y
que como consecuencia de ello, deban afrontar procesos
judiciales que cuestionen la validez o legalidad de sus

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