ORDENANZA N° 415-MDC - Aprueban 'Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el Distrito de Comas periodo 2014-2016'

Fecha de disposición01 Agosto 2014
Fecha de publicación01 Agosto 2014
El Peruano
Viernes 1 de agosto de 2014 529137
conservación del ambiente, formular, aprobar, ejecutar
y monitorear los planes y políticas locales en materia
ambiental en concordancia con las políticas, normas y
planes regionales, sectoriales y nacionales; y coordinar
con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y
regional la correcta aplicación local de los instrumentos
de planeamiento y de gestión ambiental en el marco del
Sistema Nacional y Regional de la Gestión Ambiental.
Que, la Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314
modif‌i cada por el Decreto Legislativo Nº 1065, establece
en el Articulo 10º que las Municipalidades Distritales
planif‌i carán y aprobarán su Plan de Manejo de Residuos
Sólidos en el ámbito distrital, así mismo Implementarán
progresivamente programas de segregación en la
fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos
en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando su
reaprovechamiento y asegurando su disposición f‌i nal
diferenciada y técnicamente adecuada; y ejecutarán
programas para la progresiva formalización de las
personas, operadores y demás entidades que intervienen
en el manejo de los residuos sólidos sin las autorizaciones
correspondientes, por lo que la Gerencia de Servicios a
la Ciudad y Medio Ambiente, en cumplimiento de dicho
dispositivo ha elaborado la Actualización del Plan de
Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de
Breña contenida en el Informe Nº 023 -2014- MAQP/
PSFRS-GSCMA/MDB. Que, mediante Resolución
de Gerencia Nº 001-2013-GSCMA/MDB, sobre la
conformación del equipo técnico para la formulación
del Plan de Manejo y Gestión de Residuos Sólidos,
en donde se indica que el equipo técnico deberá
desarrollar la actualización y/o modificación del Plan
de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos de acorde a
los lineamientos del Ministerio del Ambiente (MINAM),
por lo cual el Equipo Técnico en el Acta de Reunión
Nº 01 acuerda realizar la Actualización de Plan de
Gestión y Manejo de Residuos Sólidos y mediante
el Acta Nº 03 lo aprueba. Que mediante Informe No.
019 -2014-GM/MDB, de la Gerencia Municipal señala
que acorde a los fundamentos de hecho y derecho se
pronuncia opinando que la iniciativa alcanzada por la
Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente
se ciñe a lo establecido en la Ordenanza Nº 295 de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, Ley General de
Residuos Sólidos Nº 27314 y en el Decreto Supremo
Nº 015-2014-EF, que, el Plan aludido precedentemente
constituye un requisito indispensable para acceder
a ser beneficiarios del “Programa de Modernización
Municipal 2014”, en la Meta Nº 03 “Implementar Un
Programa De Segregación en La Fuente y Recolección
Selectiva de Residuos Sólidos en un 25% de Las
Viviendas Urbanas del Distrito”.
Estando expuesto en la Ordenanza Nº 349-
2011/MDB-CDB en su Artículo Sexto donde faculta
al Alcalde que mediante Decreto de Alcaldía dicte
las disposiciones necesarias, así como efectuar las
acciones de modif‌i cación que requiera el Plan de
Gestión y Manejo de Residuos Sólidos, y en ejercicio
de las atribuciones conferidas por lo señalado en la Ley
General del Ambiente Nº 28611;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR LA ACTUALIZACIÓN
DEL PLAN DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS
SÓLIDOS DEL DISTRITO DE BREÑA en virtud al Informe
No. 042-2014-GSCMA/MDB de la Gerencia de Servicios
a la Ciudad y Medio Ambiente y el Informe No. 019-
2014-GM/MDB de la Gerencia Municipal, que regirá en
el periodo 2014 – 2016, que como anexo forma parte del
presente Decreto.
Artículo Segundo.- DISPONER el cumplimiento
obligatorio del presente Documento de Gestión a las áreas
Orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital de
Breña, las mismas que deberán ejecutar las actividades
contenidas en dicho Plan.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo
dispuesto en la presente Norma, a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente la
debida difusión de la presente norma.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración y Finanzas la publicación del presente
Decreto en el Diario Of‌i cial EL PERUANO y ENCARGAR
a la Sub Gerencia De Estadística e Informática, proceda
a publicar el texto íntegro del presente Decreto, en la
página portal de la Municipalidad Distrital de Breña. www.
munibrena.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD
Alcalde
1117230-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban “Plan de Manejo de Residuos
Sólidos en el Distrito de Comas periodo
2014-2016”
ORDENANZA Nº 415-MDC
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en
Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25.07.2014,
el Dictamen N° 005-2014-CSC-MDC emitido por
la Comisión de Servicio a la Ciudad; el Informe N°
404-2014-SGLPCA-GSP/MC de fecha 07.07.2014,
emitido por la Sub Gerencia de Limpieza Pública y
Control del Ambiente; el Informe N° 378-2014-GSP-
GM/MC de fecha 15.07.2014, emitido por la Gerencia
de Servicios Públicos; el Informe N° 733-2014-GAJ-
MDC de fecha 17.07.2014 emitido por la Gerencia de
Asuntos Jurídicos; la Carta N° 29-2014-CSC-GPS/MDC
de fecha 23.07.2014 emitido por el Regidor Giovanni
Gabriel Portalino Segundo, Presidente de la Comisión
de Servicio a la Ciudad ;y;
CONSIDERANDO:
del Perú, modif‌i cado mediante Ley Nº 28607, Ley de
Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto
en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las
Municipalidades son órganos de Gobierno Local que
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Artículo 40° de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “las
ordenanzas de la Municipalidad provinciales y distritales,
en la materia de su competencia, son las normas de
carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba
la organización interna, la regulación, administración y
supervisión de los servicios públicos y las materias en
las que la municipalidad tiene competencia normativa”;
Que, mediante Artículo 73° de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, señala entre las materias
de competencia ambiental municipal, la planif‌i cación del
desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinación
estratégica de los planes integrales de desarrollo distrital,
la protección y conservación del ambiente; así como la
formación, aprobación, ejecución y monitoreo de los planes
y políticas locales en materia ambiental en concordancia
con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales
y nacionales;
Que, mediante Artículo 9°, inciso 1 de la Ley N° 27314,
Ley General de Residuos Sólidos, señala: “Planif‌i car la
Gestión Integral de los Residuos Sólidos en el ámbito de
su jurisdicción, compatibilizando los planes de Manejo
de Residuos Sólidos de sus distrito y centro poblados
menores, con las políticas de desarrollo local y regional;
Que, asimismo el Decreto Legislativo N° 1065 que
modif‌i ca la Ley N° 27314, Ley General de Residuos
Sólidos en su Artículo 10° del Rol de la Municipalidades
en su inciso 2 señala: “Regular y f‌i scalizar el manejo y
la prestación de los servicios de residuos sólidos de su
jurisdicción;
Que, mediante Artículo 6° de la Ordenanza N° 295/
MML “Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos

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