ORDENANZA N° 195-2014-MDC - Establecen Régimen de incentivos en los arbitrios municipales y aprueban prórroga de plazo para la presentación de la declaración jurada del ejercicio 2014 y pago de primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales

Fecha de disposición23 Abril 2014
Fecha de publicación23 Abril 2014
El Peruano
Miércoles 23 de abril de 2014 521411
y de Asuntos Legales en sus Dictámenes Nos. 65-2014-
MML-CMAEO y 18-2014-MML-CMAL;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Aprobar la ejecución de la expropiación
dispuesta por la Ley Nº 30019 que modif‌i ca la Ley Nº 29089,
que declara de necesidad pública la construcción de la obra
de gran envergadura denominada “Vía de interconexión
de los distritos del Rímac y San Juan de Lurigancho”, en la
provincia y departamento de Lima, ampliándola en el sentido
de expropiar once inmuebles adicionales ubicados en la zona
de inf‌l uencia de ejecución de la obra.
Artículo Segundo.- Aprobar el valor total de tasación
contenidos en cada uno de los Informes Técnicos de
Tasación y disponer el inicio de las negociaciones para la
adquisición de los predios materia de expropiación, para lo
cual se designa a la Municipalidad Metropolitana de Lima
como sujeto activo; y, como sujeto pasivo a los propietarios
de los predios ubicados en el distrito de San Juan de
Lurigancho, indicados en el Anexo 1, quienes deberán
ser notif‌i cados conforme a lo establecido en el literal c)
del numeral 5.4 del artículo 5º de la Ley Nº 30025. Los
predios a expropiarse están detallados en coordenadas
UTM de validez universal, conforme al Anexo 2.
El valor total de tasación más el 10% de cada uno de
los predios a aprobar, considerando los Informes Técnicos
de Tasación, es el siguiente:
Nº Mz. Lote Monto de Valuación
según la DNC
Monto con 10%
Adicional
01 K’2 38 S/. 274,285.16 S/. 301,713.67
02 K’2 39 S/. 187,518.77 S/. 206,270.64
03 K’2 40 S/. 344,388.39 S/. 378,827.22
04 K’2 47 S/. 97,424.22 S/. 107,166.64
05 K’2 48 S/. 363,474.22 S/. 399,821.64
06 K’2 49 S/. 94,371.59 S/. 103,808.74
07 K’2 31 S/. 71,923.27 S/. 79,115.59
08 K’2 32 S/. 322,704.33 S/. 354,974.76
09 K’2 30 S/. 91,692.76 S/. 100,862.03
10 H 2 S/. 24,397.58 S/. 26,837.33
Articulo Tercero.- Autorizar el pago del justiprecio,
que incluye el 10% adicional al valor comercial de los
predios materia de expropiación en el trato directo, más
los gastos adicionales, así como la indemnización por
daño emergente y lucro cesante, de corresponder estos
últimos conceptos, según Ley Nº 30025.
Artículo Cuarto.- Autorizar a la Empresa Municipal de
Administración de Peaje de Lima S.A. – EMAPE S.A., que
ejecute el proceso expropiatorio, inicie las negociaciones
para la adquisición de los predios, cancele el justiprecio
con cargo a los recursos que dispone, adquiera los
inmuebles a nombre de la Municipalidad Metropolitana
de Lima; y, asimismo, que para lograr dicha f‌i nalidad
inicie los procesos administrativos, arbitrales, judiciales
y extrajudiciales, con las facultades establecidas en los
artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil.
Artículo Quinto.- Autorizar al Gerente General de
EMAPE S.A., para que en nombre y representación de
la Municipalidad Metropolitana de Lima, suscriba la
minuta, escritura pública y cualquier otra documentación
necesaria para la formalización de la transferencia de los
inmuebles a su favor.
Artículo Sexto.- Disponer que EMAPE S.A. proceda con
la anotación preventiva de la expropiación dispuesta, en las
partidas registrales del Registro de la Propiedad Inmueble,
correspondiente a los inmuebles descritos en el Anexo 1 del
presente Acuerdo, conforme a lo establecido en el literal d)
del numeral 5.4 del artículo 5º de la Ley Nº 30025.
Artículo Setimo.- Disponer que EMAPE S.A., la
Gerencia de Finanzas y la Gerencia de Planif‌i cación,
efectúen las acciones de carácter administrativo, f‌i nanciero
y presupuestario necesarias para el cumplimiento del
presente Acuerdo.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE
Alcaldesa
1075019-1
MUNICIPALIDAD DE
CIENEGUILLA
Establecen Régimen de incentivos
en los arbitrios municipales y
aprueban prórroga de plazo para la
presentación de la declaración jurada
del ejercicio 2014 y pago de primera
cuota del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales
ORDENANZA Nº 195-2014-MDC
Cieneguilla, 13 de febrero de 2014
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE CIENEGUILLA
VISTO; En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº
014 -2014–GATR-MDC, de la Gerencia de Administración
Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de
Cieneguilla, el Proveído Nº 020 -2014-GM-MDC de la
Gerencia Municipal y el Informe Nº 037-2014-GAJ-MDC,
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto
de Ordenanza que establece el Régimen de Incentivos
a los Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio
2014 y la prórroga del vencimiento de la presentación de
la declaración jurada del impuesto predial y el vencimiento
del pago de la primera cuota del arbitrio municipal en el
Distrito de Cieneguilla, conformidad con lo establecido
en el artículo 40º de Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y
aprobación del acta; los regidores integrantes del Concejo
Municipal por UNANIMIDAD, han dado la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE
INCENTIVOS EN LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Y
APRUEBA LA PRORROGA DEL PLAZO PARA LA
PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
DEL EJERCICIO 2014 Y EL VENCIMIENTO DE LA
PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y
ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL DISTRITO DE
CIENEGUILLA
Artículo Primero.- ESTABLECER un Régimen de
Incentivos de rebaja del diez por ciento (10%) sobre el
monto insoluto de los arbitrios municipales del ejercicio
2014 para lo cual los contribuyentes podrán cumplir con
alguna de las siguientes condiciones:
a) Pagar la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales del presente ejercicio al vencimiento de pago
de la primera cuota de los tributos.
b) Estar al día en el pago de sus tributos hasta
el ejercicio anterior y pagar dentro de las fechas de
vencimiento las cuotas fraccionadas del Impuesto Predial
y Arbitrios Municipales del presente ejercicio.
Artículo Segundo.- Establecer una PRÓRROGA,
para la presentación de la Declaración Jurada del ejercicio
2014 y para el pago de la Primera Cuota del Impuesto
Predial y de la primera cuota de los Arbitrios Municipales
del 2014 hasta el 31 de Marzo del 2014.
DISPOSICIONES FINALES
Primera Disposición Final.- FACULTAR al señor
Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte
las disposiciones complementarias para la adecuada
aplicación de la presente Ordenanza.
Segunda Disposición Final.- ENCARGAR a la
Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria
y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas,
Gerencia de Planif‌i cación y Presupuesto y a las demás
Unidades Orgánicas, el cumplimiento de lo dispuesto
por la presente Ordenanza, a Secretaria General su
publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano, en el Portal
Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla
(www.municieneguilla.gob.pe), a la Subgerencia de

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