RESOLUCION N° 518-2014-JNE - Convocan a Vicepresidente para que asuma provisionalmente el cargo de Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica

Fecha de disposición01 Julio 2014
Fecha de publicación01 Julio 2014
El Peruano
Martes 1 de julio de 2014 526629
Sernaqué, otorgándosele la correspondiente credencial
que lo faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1104021-5
RESOLUCIÓN Nº 516-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00581
CALLAO - CALLAO
Lima, veinte de junio de dos mil catorce.
VISTOS los Of‌i cios Nº 900-2014-MPC/SG y Nº
1007-2014-MPC/SG, presentados el 4 y 18 de junio de
2014, respectivamente, por el secretario general de la
Municipalidad Provincial del Callao, comunicando la
licencia, sin goce de haber, concedida a Óscar Araujo
Sánchez, regidor de la citada comuna.
CONSIDERANDOS
1. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº
27683, Ley de Elecciones Regionales, modif‌i cada por la
Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en
las elecciones de gobiernos regionales los regidores que
deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente
o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin
goce de haber, ciento veinte días antes de la fecha de
las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para
presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral
regional 2014 es el 7 de junio de 2014.
2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones,
mediante Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26
de febrero de 2014, establece las disposiciones a seguir
en caso de que las autoridades y funcionarios soliciten
licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar
como candidatos en las Elecciones Regionales 2014.
3. Con fecha 26 de mayo de 2014, Óscar Araujo
Sánchez, regidor de la Municipalidad Provincial del Callao,
presentó su licencia, sin goce de haber, ciento veinte días
antes de las fechas de las elecciones (fojas 6), con motivo de
su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo
concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 50-2014 de
fecha 28 de mayo de 2014 (fojas 2 y 3), a partir del 7 de
junio de 2014.
4. En el presente caso se aprecia que el citado regidor
presentó la solicitud de licencia dentro del plazo previsto,
siendo esta aprobada por el concejo municipal, mediante
Acuerdo de Concejo Nº 050-2014, y en cumplimiento de lo
establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica Municipalidades, así como las disposiciones
establecidas en el artículo quinto de la Resolución Nº 0140-
2014-JNE, corresponde convocar a Jeanette Eliana Salazar
Moscoso, identif‌i cada con Documento Nacional de Identidad
Nº 25571202, a f‌i n de que asuma la encargatura de
regidora de la Municipalidad Provincial del Callao, candidata
no proclamada por el movimiento regional Movimiento
Independiente Chimpún Callao, conforme al Acta de
Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades
Municipales Provinciales Electas, de fecha 22 de noviembre
de 2010, remitida por el Jurado Electoral Especial del Callao,
con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010,
para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial
del Callao, por el tiempo vigente de la licencia concedida a
Óscar Araujo Sánchez, es decir, a partir del día 7 de junio de
2014, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que
la faculte como tal.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial
otorgada a Óscar Araujo Sánchez, regidor del Concejo
Provincial del Callao, mientras esté vigente la licencia
concedida.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Jeanette Eliana
Salazar Moscoso, identif‌i cada con Documento Nacional de
Identidad Nº 25571202, para que asuma provisionalmente
el cargo de regidora del Concejo Provincial del Callao,
mientras esté vigente la licencia concedida a Óscar Araujo
Sánchez, otorgándosele la correspondiente credencial
que la faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1104021-6
Convocan a Vicepresidente para que
asuma provisionalmente el cargo de
Presidente del Gobierno Regional de
Huancavelica
RESOLUCIÓN Nº 518-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00615
HUANCAVELICA
Lima, veinte de junio de dos mil catorce
VISTO el Of‌i cio Nº 441-2014-GOB.REG-HVCA/CR-CD,
presentado el 18 de junio de 2014 por Jordán Cárdenas Arana,
secretario del consejo regional, comunicando la licencia, sin
goce de haber, concedida a Maciste Alejandro Díaz Abad,
presidente del Gobierno Regional de Huancavelica.
CONSIDERANDOS
1. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley
Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modif‌i cada por
la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos
en las elecciones de gobiernos regionales los presidentes
regionales que deseen postular al cargo de presidente,
vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten
licencia, sin goce de haber, ciento veinte días antes de la
fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite
para presentar la solicitud de licencia para el proceso
electoral regional 2014 es el 7 de junio del año en curso.
2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones,
mediante Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26
de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir
en caso de que las autoridades y funcionarios soliciten
licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar
como candidatos en las Elecciones Regionales 2014.
3. El 18 de junio del presente año, el secretario del
mencionado gobierno regional remite la solicitud de
licencia de Maciste Alejandro Díaz Abad, presentada el 2
de junio del año en curso (fojas 9), siendo esta concedida
mediante el Acuerdo de Consejo Regional Nº 047-2014-
GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 5 de junio de 2014 (fojas
7 a 8), por el periodo de ciento veinte días, a partir del 7
de junio, lo que signif‌i ca que su fecha de término será el 4
de octubre de 2014.
Asimismo, a través del referido acuerdo se acordó
encargar al vicepresidente Augusto Olivares Huamán, las
funciones de presidente regional mientras dure la licencia
concedida al titular.
4. En el presente caso, se advierte que el presidente
regional presentó la solicitud de licencia dentro del plazo
previsto y en cumplimiento con las disposiciones establecidas

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR