RESOLUCION N° 094-2014-MDLM/GDUE - Declaran habilitación urbana de oficio de la Urbanización 'Los Girasoles de La Molina' y aprueban Cuadro General de Distribución de Áreas

Fecha de publicación25 Julio 2014
Fecha de disposición25 Julio 2014
El Peruano
Viernes 25 de julio de 2014
528608
determinando las áreas de acumulación de desechos,
rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de
desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo,
higiene y salubridad en los establecimientos comerciales,
industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros
lugares públicos locales;
Que, el Artículo I del Título Preliminar de la Ley General
del Ambiente, Ley Nº 28611, señala que toda persona tiene
el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable,
equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida,
y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental
y de proteger el ambiente, así como sus componentes,
asegurando particularmente la salud de las personas
de forma individual y colectiva, la conservación de la
biodiversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país;
Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 3º
de la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314,
la gestión de los residuos sólidos en el país tiene como
f‌i nalidad su manejo integral y sostenible mediante
la articulación, integración y compatibilización de las
políticas, planes, programas, estrategias y acciones
de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los
residuos sólidos, concordantes con los lineamientos de
política de desarrollo local;
Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos
Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-
2004-PCM , en su Artículo 8º, inciso 2), establece que
tanto las Municipalidades Provinciales como Distritales son
responsables por la gestión y el manejo de los residuos
de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares
a estos originados por otras actividades, asegurando una
adecuada prestación del servicio de limpieza pública,
recolección y transporte de residuos en su producción,
debiendo garantizar la adecuada disposición f‌i nal de los
mismos;
Que, mediante Ordenanza Nº 215 de fecha 19 de julio
del 2011, la Municipalidad Distrital de La Molina, aprobó
el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del
Distrito de La Molina, el cual fue estructurado en base al
diagnóstico distrital del manejo de residuos sólidos del
Distrito, desarrollado a partir de la información disponible
hasta el año 2010;
Que, la Gerencia de Gestión Ambiental y Obras
Públicas, por medio del Memorando Nº 333-2014-MDLM-
GGAOP, presentó la propuesta para la actualización
del Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del
Distrito de La Molina, a f‌i n de trazar metas y acciones
específ‌i cas acordes con la realidad actual del distrito para
cumplir con los objetivos estratégicos desarrollados en
el Plan de Desarrollo Concertado 2012-2021, así como
con las normas legales vigentes para el tema de limpieza
pública y generación de residuos sólidos en el distrito de
La Molina;
Que, mediante Informe Nº 314-2014-MDLM-GAJ,
la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal
favorable por la aprobación del proyecto de Ordenanza;
siendo que mediante Memorando Nº 622-2014-MDLM-
GM, la Gerencia Municipal eleva los informes técnicos
sustentatorios del proyecto de Ordenanza que aprueba la
Actualización del Plan de Gestión y Manejo de Residuos
Sólidos del Distrito de La Molina, a f‌i n de sean puestos a
consideración del Concejo Municipal para su aprobación,
conforme a sus atribuciones;
Que, en ese sentido, a f‌i n de tener un instrumento de
gestión ambiental actualizado, resulta necesario aprobar
la actualización del Plan de Gestión y Manejo de Residuos
Sólidos, que sirva como herramienta para la mejora del
manejo ef‌i ciente de los residuos sólidos en el distrito de
La Molina;
Estando a lo expuesto, al Dictamen Conjunto Nº 03-
2014 de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Gestión
Ambiental y Comisión de Asuntos Jurídicos, y en uso
de las facultades conferidas en el Artículo 9º inciso 8) y
Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoría con
dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta,
emitió la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN
DEL PLAN DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS
SÓLIDOS DEL DISTRITO DE LA MOLINA
Artículo Primero.- ACTUALIZAR el Plan de Gestión
y Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de La Molina,
aprobado por Ordenanza Nº 215, que como Anexo forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- FACULTAR al Señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
necesarias para la correcta aplicación del Plan de Gestión
y Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de La Molina,
para el mejor cumplimiento del mismo.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Gestión Ambiental y Obras Públicas la implementación
y ejecución del Plan de Gestión y Manejo de Residuos
Sólidos del Distrito de La Molina, en coordinación con las
demás Unidades Orgánicas de La Municipalidad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto
y Desarrollo Institucional, velar por el cumplimiento del
Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del distrito
de La Molina, aprobado con la presente norma.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación del texto de la presente Ordenanza en el
Diario Of‌i cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías
de Información, la publicación de la Ordenanza y Anexo
en la página Web de la Municipalidad: www.munimolina.
gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.
pe y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Artículo Sexto.- DISPONER que la presente
Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente
de su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1114728-1
Declaran habilitación urbana de oficio
de la Urbanización “Los Girasoles de
La Molina” y aprueban Cuadro General
de Distribución de Áreas
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
Nº 094-2014-MDLM/GDUE
La Molina, 9 de julio de 2014
LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y
ECONÓMICO
VISTO: El Informe Nº 378-2014-MDLM-GDUE-
SGPUC de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y
Catastro, Memorándum N° 521- 2014- MDLM-GDUE, de
la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, Informe
N° 387- 2014-MDLM-GDUE/SGPUC, de la Subgerencia
de Planeamiento Urbano y Catastro y el Informe N° 280-
2014-MDLM-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
sobre declaración de Habilitación Urbana de Of‌i cio del
terreno ubicado al f‌i nal de la urbanización La Capilla de
la zona denominada Pampa El Arenal del distrito de La
Molina e inscrito en la Partida Electrónica Nº 45096440 y
el lote 19 de la Mz. B inscrito en la Partida N° 12542833 de
la Zona Registral IX ,Sede Lima, Of‌i cina Registral Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
y,
CONSIDERANDO
Que, el numeral 3.6.1) del Artículo 79º de la Ley
27972 establece que constituye función específ‌i ca
exclusiva de las municipalidades distritales en materia
de organización del espacio físico y uso del suelo,
normar, regular , otorgar autorizaciones y realizar la
f‌i scalización de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo
a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro
promover la Habilitación Urbana conforme a lo dispuesto
en el Artículo 3°de la Ordenanza Nº 239-2012 -MDLM,
que regula el Procedimiento de Habilitaciones Urbanas de
Of‌i cio en el distrito de La Molina.
Que, el Artículo 24º de la Ley 29090 – Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones,
modif‌i cada por la Ley 29898 y D.S N° 008 – 2013 –
VIVIENDA, establece que “Las Municipalidades distritales
y las provinciales en el ámbito del Cercado, identif‌i carán

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