RESOLUCION SUPREMA N° 783-2013-DE/ - Crean vacantes de los cargos a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior

Fecha de disposición25 Diciembre 2013
Fecha de publicación25 Diciembre 2013
El Peruano
Miércoles 25 de diciembre de 2013 510835
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Defensa.
Regístrese comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1031886-4
Crean vacantes de los cargos a
desempeñar por Personal Técnico de las
Fuerzas Armadas en las Agregadurías
de Defensa a las Misiones Diplomáticas
del Perú en el exterior
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 783-2013-DE/
Lima, 24 de diciembre de 2013
Visto : El Informe Nº 345-2013 DGRIN–AL del 13 de
noviembre de 2013, del Asesor Legal de la Dirección
General de Relaciones Internacionales del Ministerio de
Defensa; y,
CONSIDERANDO:
Que el tercer párrafo del artículo 14º del Decreto
Legislativo Nº 1144 que regula la Situación Militar de los
Supervisores, Técnicos y Subof‌i ciales u Of‌i ciales de Mar
de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal
en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado
para ocupar un cargo en el exterior de la República, en
representación de su Institución, hasta un (01) año antes
de estar incurso en las causales para el pase al retiro
previstas en los artículos 42º y 43º del presente Decreto
Legislativo. Asimismo, tendrán los mismos derechos que
el personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores,
establecidos en la norma que regule la materia.
Que, los cargos que desempeña el personal militar
de las Fuerzas Armadas son entre otros, el de Auxiliar
de Agregadurías que es ejercido por un Técnico de las
Fuerzas Armadas;
Que, el inciso b) del artículo 8º del Reglamento del
Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión
Diplomática, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-
2006-DE/SG, de fecha 13 de diciembre de 2006, establece
que los cargos a desempeñar por el personal militar, se
establecerán mediante Resolución Suprema, refrendada
por el Ministro de Defensa;
Que, la propuesta tendrá en consideración la
dependencia técnica, logística y relaciones existentes
entre las Instituciones Armadas con los diferentes países,
Organismos Internacionales y entidades especializadas;
Que, el artículo 9º del mismo Reglamento dispone que
el nombramiento del personal militar es por un periodo
máximo de dos (02) años;
Que, es necesario dotar a las Agregadurías de personal
técnico para que cumpla funciones administrativas,
permitiendo su funcionamiento dentro de los niveles de
seguridad correspondientes;
Que, mediante Informe Nº 005/ORIE/c 3 del 20 de
agosto de 2013, el Ejército del Perú solicita crear los
cargos de Agregado de Defensa a la Embajada del Perú
en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte,
República Federal de Alemania y Canadá, países con los
que es necesario profundizar los proyectos de cooperación
en el ámbito de la Defensa; para lo cual es preciso crear
los cargos de Auxiliares a las Agregadurías propuestas
a f‌i n de coadyuvar a las funciones de los Agregados de
Defensa y desempeñar las tareas de control administrativo
y documentario;
Que, con el Of‌i cio indicado en el párrafo anterior,
el Ejército del Perú, solicita además crear los cargos
de Auxiliar de Agregaduría de Defensa y Militar a las
misiones Diplomáticas del Perú en la República Argentina,
Estados Unidos Mexicanos y la República de Corea,
donde los Agregados de Defensa y Militares no cuentan
con el personal encargado del control administrativo y
documentario, que coadyuve a las funciones establecidas
en el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG;
Que, mediante Of‌i cio Nº 2121 /ORIE/c 3 del 16 de
setiembre de 2013, Of‌i cio Nº 2158 /ORIE/c3 del 19 de
setiembre de 2013, el Ejército del Perú comunica que el
señor General de Ejército Comandante General del Ejército,
propone para el Año Fiscal 2014, el nombramiento de seis
(06) Técnicos Auxiliares a las Agregadurías de Defensa
y Militar a las Embajadas del Perú en el Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Canadá, República
Argentina, Estados Unidos Mexicanos, la República de
Corea y la República Federal de Alemania, concurrente
en Polonia y República Checa, para lo cual conf‌i rma la
existencia de sus correspondientes presupuestos;
Que, mediante Of‌i cio Nº G.500-3589 del 13 de
setiembre de 2013, la Marina de Guerra del Perú,
solicita crear el cargo de Agregado de Defensa y Naval
a la Embajada del Perú en Canada debido al importante
incremento de las relaciones de la Marina de Guerra del
Perú con la Marina Real Canadiense; así como el cargo
de Auxiliar a la Agregaduría propuesta a f‌i n de coadyuvar
a las funciones del Agregado de Defensa y Naval;
Que, mediante Of‌i cio NC-170-SGFA-COPE-Nº 35787
del 28 de agosto de 2013, la Fuerza Aérea del Perú
solicita crear los cargos de Agregado de Defensa y Aéreo
a las Embajadas del Perú en la República Bolivariana de
Venezuela y en el Reino de España, a f‌i n de fortalecer
la cooperación bilateral en el campo de la Defensa con
ambos países, para lo cual es preciso crear los cargos de
Auxiliares a las Agregadurías propuestas;
Que, mediante Of‌i cio Nº 3012/DRIE/c 3 del 03 de
diciembre de 2013, el Ejército del Perú solicita se priorice
la creación de los cargos de Agregado de Defensa y
Militar y Auxiliar de Agregaduría para el funcionamiento
en la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en
Canadá y Auxiliar de Agregaduría en las Agregadurías
de Defensa en la República Argentina, Estados Unidos
Mexicanos y en la República de Corea; dejando
pendiente la creación de los cargos de Agregado de
Defensa y Militar y Auxiliar de Agregaduría, en el Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y en la
República Federal de Alemania, cargos considerados
en el Of‌i cio Nº 2121 /ORIE/c 3 del 16 de setiembre de
2013;
Que, en atención a lo antes expuesto es necesario
aprobar los cargos de Auxiliar de Agregaduría a
desempeñar por el personal técnico a partir del 01 de
febrero de 2014 y por un periodo máximo de dos (02)
años;
De conformidad con lo dispuesto por el inciso (8)
en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;
el Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que
regula la situación militar de los Supervisores, Técnicos y
Subof‌i ciales u Of‌i ciales de Mar de las Fuerzas Armadas; y
el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG que aprueba el
Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas
en Misión Diplomática;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Crear las vacantes de los cargos a
desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas
Armadas, a partir del 01 de febrero de 2014 y por un
periodo máximo de dos (02) años en las Agregadurías
de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el
exterior, de acuerdo al siguiente detalle:
1. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la
Embajada del Perú en la República Argentina (EP).
2. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la
Embajada del Perú en Canadá (EP).
3. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la
Embajada del Perú en la República de Corea (EP).
4. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la
Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos
(EP).
5. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la
Embajada del Perú en Canadá (MGP).
6. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a la
Embajada del Perú en el Reino de España (FAP).
7. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aérea a

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