RESOLUCION N° 6187-2014 - Autorizan inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros

Fecha de publicación02 Octubre 2014
Fecha de disposición02 Octubre 2014
El Peruano
Jueves 2 de octubre de 2014 533987
Autorizan inscripción de persona
jurídica en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 6187-2014
Lima, 17 de setiembre de 2014
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Carlos Daniel
Velarde Paredes para que se autorice la inscripción de
la empresa GERENTIA CORREDORES DE SEGUROS
SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, pudiendo utilizar la
denominación abreviada GERENTIA CORREDORES
DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y
Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de
Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de
Seguros Generales y de Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Reglamento del Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por
Resolución S.B.S. Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero
de 2011, se estableció los requisitos formales para la
inscripción de los Corredores de Seguros en el citado
Registro;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
exigidos por la referida norma administrativa;
Que, la Comisión Evaluadora Interna de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones, mediante la Evaluación
Interna de Expediente Nº 12-2014-CEI celebrada el 03 de
setiembre de 2014, en concordancia con lo dispuesto en el
artículo 10º del Reglamento del Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros, ha cali cado y aprobado la
inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702 y sus modi catorias; en virtud de la facultad
delegada por la Resolución S.B.S. Nº 2348-2013 del 12
de abril de 2013;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el
Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros,
Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas
Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y
de Personas, a la empresa GERENTIA CORREDORES
DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA,
pudiendo utilizar la denominación abreviada GERENTIA
CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con matrícula Nº
J-0771.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
O cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO OJEDA PACHECO
Secretario General
1144736-1
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declarar fundada la demanda de
inconstitucionalidad interpuesta por la
Municipalidad Provincial de Mariscal
Nieto, y en consecuencia, expulsan del
ordenamiento jurídico la Ordenanza Nº
209-CMPP-2008, del 21 de julio de 2008,
y la Ordenanza Municipal Nº 401-2014-
MPP, del 29 de abril de 2014, expedidas
por la Municipalidad Provincial de Puno
PLENO JURISDICCIONAL
Expediente 00012-2012-PI/TC
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Del 20 de agosto de 2014
STC- 05.14.PI
Caso Centro Poblado de Pasto Grande
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
MARISCAL NIETO (MOQUEGUA) c.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO (PUNO)
Asunto
Demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la
Ordenanza Municipal 209-CMPP-2008 (Puno)
Magistrados rmantes:
SS.
URVIOLA HANI
MIRANDA CANALES
BLUME FORTINI
RAMOS NÚÑEZ
SARDÓN DE TABOADA
LEDESMA NARVÁEZ
ESPINOSA-SALDAÑA BARRERA
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración,
actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará
un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN

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