RESOLUCION JEFATURAL N° 137-2014/JNAC/RENIEC - Amplían alcances de las RR.JJ. N° 029-2014/JNAC/RENIEC y N° 061-2014/JNAC/RENIEC, a fin de incluir la gratuidad para el cambio de ubigeo a la población de los distritos a que se refiere el artículo 1° de la Ley N° 30013

Fecha de disposición06 Junio 2014
Fecha de publicación06 Junio 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 6 de junio de 2014 524739
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Amplían alcances de las RR.JJ.
Nº 029-2014/JNAC/RENIEC y Nº 061-
2014/JNAC/RENIEC, a fin de incluir
la gratuidad para el cambio de ubigeo
a la población de los distritos a que
se refiere el artículo 1º de la Ley Nº
30013
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 137-2014/JNAC/RENIEC
Lima, 4 de junio de 2014
VISTOS: Las Hojas de Elevación Nº 000137-
2014/GOR/RENIEC (19MAY2014), Nº 000141-2014/
GOR/RENIEC (21MAY2014) y el Informe Nº 000030-
2014/GOR/RENIEC (19MAY2014) de la Gerencia de
Operaciones Registrales; los Memorandos Nº 000452-
2014/GG/RENIEC (21MAY2014) y Nº 000461-2014/GG/
RENIEC (23MAY2014) de la Gerencia General; la Hoja de
Elevación Nº 000073-2014/GRIAS/RENIEC (23MAY2014)
de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo
Social; el Informe Nº 000037-2014/GRIAS/SGRI/RENIEC
(23MAY2014) de la Sub Gerencia de Registro Itinerante
de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo
Social; la Hoja de Elevación Nº 000140-2014/GPP/
RENIEC (23MAY2014) de la Gerencia de Planif‌i cación
y Presupuesto; el Informe Nº 001101-2014/GPP/SGP/
RENIEC (23MAY2014) de la Sub Gerencia de Presupuesto
de la Gerencia de Planif‌i cación y Presupuesto; el Informe
Nº 000246-2014/GAJ/SGAJR/RENIEC (29MAY2014)
de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la
Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación
Nº000340-2014/GAJ/RENIEC (29MAY2014) emitida por
la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; y ,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183º de
la Constitución Política del Perú, es competencia funcional
del Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil,
mantener actualizado el Registro Único de Identif‌i cación
de las Personas Naturales y emitir los documentos que
acreditan su identidad;
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 26º de la Ley Nº
26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación
y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI)
es público, personal e intransferible, constituye la única
cédula de identidad personal para todos los actos civiles,
comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para
todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser
presentado, es el único título de derecho al sufragio de la
persona a cuyo favor ha sido otorgado;
Que en atención a ello el artículo 7º de la Ley Nº
26859, Ley Orgánica de Elecciones dispone que el
derecho a voto se ejerce sólo con el Documento Nacional
de Identidad (DNI) otorgado por el Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil;
Que mediante la Ley Nº 29991, publicada en el diario
of‌i cial El Peruano el 03 de febrero de 2013, se crea el
distrito de 26 de octubre, provincia de Piura, departamento
de Piura;
Que por la Ley Nº 30013, publicada en el diario of‌i cial
El Peruano el 28 de abril de 2013, se crea el distrito
de Andrés Avelino Cáceres, provincia de Huamanga,
departamento de Huamanga;
Que a través de la Ley Nº 30086, publicada en el diario
of‌i cial El Peruano el 29 de setiembre de 2013, se crea el
distrito de Anchihuay, provincia de La Mar, departamento
de Ayacucho;
Que mediante la Ley Nº 30087, publicada en el diario
of‌i cial El Peruano el 29 de setiembre de 2013, se crea el
distrito de Canayre, provincia de Huanta, departamento
de Ayacucho;
Que en atención a ello el Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil emitió la Resolución Jefatural
Nº 029-2014/JNAC/RENIEC, publicada en el diario of‌i cial El
Peruano el 01 de febrero de 2014, en cuyo artículo 1º aprueba
la gratuidad en los trámites de actualización de códigos de
ubicación geográf‌i ca “ubigeo” y renovación del Documento
Nacional de Identidad de los ciudadanos residentes en
los distritos 26 de octubre de la Provincia y Departamento
de Piura; Andrés Avelino Cáceres de la Provincia de
Huamanga, Anchihuay de la Provincia de La Mar y Canayre
de la Provincia de Huanta en el Departamento de Ayacucho,
hasta el 06 de junio de 2014;
Que asimismo, mediante la Resolución Jefatural Nº
061-2014/JNAC/RENIEC, publicada en el diario of‌i cial El
Peruano el 06 de marzo de 2014, en su artículo 4º establece
con ef‌i cacia anticipada al primer día útil de enero de 2014
hasta el 31 de diciembre de 2014, la gratuidad en la
tramitación y expedición de DNI para menores y mayores
de edad, en la modalidad de inscripción por primera vez,
renovación, duplicado y rectif‌i cación de datos (incluido
el cambio de dirección domiciliaria), que lo gestionen en
las campañas de desplazamientos y que residan en los
distritos de reciente creación que pertenecían a ámbitos
benef‌i ciados considerados en el Anexo IV que forma parte
integrante de dicha resolución jefatural, dentro de los
cuales se encuentra el distrito de Andrés Avelino Cáceres,
de la Provincia de Huamanga, del Departamento de
Ayacucho;
Que sin embargo, en el artículo 1º de la Ley Nº 30013,
se delimitó y redelimitó la provincia de Huamanga y los
distritos de Acroco, Acos, Vinchos, Ayacucho, Carmen
Alto, Chiara, Jesús Nazareno, Ocros, Pacaycasa, Quinua,
San José de Ticllas, San Juan Bautista, Santiago de
Pischa, Socos, Tambillo y Vinchos, en el departamento de
Ayacucho;
Que en atención a ello, la Gerencia de Operaciones
Registrales mediante documento de vistos, considera
conveniente la ampliación en el alcance de las
Resoluciones Jefaturales Nº 029-2014/JNAC/RENIEC
y Nº 061-2014/JNAC/RENIEC, que permita incluir la
gratuidad para el cambio de ubigeo a la población de los
distritos mencionados en el artículo 1º de la Ley Nº 30013,
que podría estar afectada por la redelimitación de los
distritos señalados, considerando una ejecución de 1,500
trámites a registrar;
Que de otro lado, la Gerencia de Restitución de
la Identidad y Apoyo Social mediante los documentos
de vistos, recomienda se gestione la emisión del acto
resolutivo que autorice la ampliación en el alcance de
las resoluciones jefaturales señaladas precedentemente,
en virtud a lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº
30013, Ley de demarcación y organización territorial de la
provincia de Huamanga, en el departamento de Ayacucho
precisando que su intervención se daría en los ámbitos
que en coordinación con la Gerencia de Operaciones
Registrales se realice;
Que al respecto es pertinente indicar que el artículo
98º del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional
de Identif‌i cación y Estado Civil aprobado por Decreto
Supremo Nº 015-98-PCM, otorga la facultad a la Jefatura
Nacional para determinar la gratuidad de los costos por
los servicios que considere pertinente;
Que en ese sentido la Gerencia de Planif‌i cación y
Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala
que la gratuidad para la actualización de la ubicación
geográf‌i ca “ubigeo” del domicilio de la población residente
en los distritos señalados en el artículo 1º de la Ley Nº
30013, Ley de demarcación y organización territorial de la
provincia de Huamanga, en el departamento de Ayacucho,
que pudiera estar afectada por dicha redelimitación;
es factible de ser atendida con cargo a los recursos
presupuestarios asignados a la Institución para el año
2014;
Que se hace necesario hacer de conocimiento la
presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por
la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional
de Identif‌i cación y Estado Civil, el Reglamento de
Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto
Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización
y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución
Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el
numeral 1 del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-
2009-JUS (15ENE2009);

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