DECRETO SUPREMO N° 229-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014

Fecha de disposición09 Agosto 2014
Fecha de publicación09 Agosto 2014
El Peruano
Sábado 9 de agosto de 2014
529638
N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014”;
De conformidad con lo establecido en la Segunda
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30115, Ley de
Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, el artículo 45 del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-
2012-EF, y la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01 “Directiva que
establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos
a que se ref‌i ere la Segunda Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014”;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
hasta por la suma de UN MILLON CIENTO NOVENTA
Y CUATRO MIL OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 1 194 086,00), a f‌i n de atender seis (06)
Actividades de Emergencia, para las situaciones descritas
en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo
al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0. Reserva de Contingencia 1 194 086,00
------------------
TOTAL EGRESOS 1 194 086,00
===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil
UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de
Defensa Civil
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y
Apoyo a la Rehabilitación y a la
Reconstrucción
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.4. Donaciones y Transferencias 1 194 086,00
------------------
TOTAL EGRESOS 1 194 086,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General
de Presupuesto Público las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para
que elabore las correspondientes “Notas para Modif‌i cación
Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de
lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que
hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días
del mes de agosto del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1121443-1
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor del Pliego Organismo Supervisor
de las Contrataciones del Estado en el
Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO
Nº 229-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014 se ha aprobado, entre
otros, el presupuesto institucional del Pliego 059: Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado -OSCE;
mediante Decreto Legislativo N° 1017, modif‌i cada por
la Ley N° 29873, en su artículo 58 establece las funciones
del Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado - OSCE, entre las cuales destacan las siguientes:
velar y promover el cumplimiento y difusión de la norma
de contrataciones públicas y proponer las modif‌i caciones
necesarias; implementar actividades y mecanismos de
desarrollo de capacidades; emitir directivas, lineamientos
y manuales sobre materias de su competencia; resolver
los asuntos de su competencia; supervisar y f‌i scalizar los
procesos de contratación pública independientemente
del régimen legal de las Entidades que los realicen;
organizar y administrar arbitrajes; suspender los procesos
de contratación en los que observe transgresiones a la
normativa de contrataciones públicas; promover la subasta
inversa; desconcentrar sus funciones en sus órganos de
alcance regional, entre otras atribuciones exclusivas;
Que mediante Resolución Nº 236-2012-OSCE/PRE se
aprueba el Plan Estratégico Institucional del Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE para
el período 2012-2016, el cual contempla el desarrollo de
cinco objetivos estratégicos centrados en mejorar su rol
supervisor del régimen de contratación pública, para lo cual
se han establecido planes de acción estratégica para el año
f‌i scal 2014;
Que, mediante Of‌i cio Nº 950-2014/SG, el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE ha
solicitado una transferencia de recursos, hasta por un
monto de OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y
DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 8 282 349,00), a efectos de que sean
destinados a atender gastos de capital para complementar
la implementación de acciones específ‌i cas establecidas
en su Plan Estratégico Institucional 2012-2016, los cuales
involucran el incremento del f‌i nanciamiento del Programa
Presupuestal “Contrataciones Públicas Ef‌i cientes” y de
sus Acciones Centrales, con la f‌i nalidad de contribuir a
una mejora cualitativa en su gestión dentro del régimen de
contratación pública;
Que, la Vigésima Primera Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, exceptúa, entre otros, al
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
- OSCE, para el año f‌i scal 2014, de lo establecido por el

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