RESOLUCION DE ALCALDIA N° 456-2014-A/MM - Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad
Emisor | MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES |
Fecha de la disposición | 17 de Agosto de 2014 |
El Peruano
Domingo 17 de agosto de 2014
530250
Modifican el Texto Único de Servicios
No Exclusivos (TUSNE) de la
Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 456-2014-A/MM
Mirafl ores, 15 de agosto de 2014
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia; autonomía reconocida en la Constitución
Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 794-2011-A/MM,
publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 01 de
diciembre de 2011, se aprueba el nuevo Texto Único de
Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Mirafl ores
(TUSNE), modifi cado con Resoluciones de Alcaldía Nº
503-2012-A/MM, Nº 465-2013-A/MM y 309-2014-A/MM
de fechas 03 de setiembre de 2012, 13 de agosto de 2013
y 05 de junio de 2014, respectivamente;
Que, según el artículo 32 de la Ley Nº 27972, en toda
medida destinada a la prestación de servicios deberá
asegurarse el equilibrio presupuestario de la municipalidad.
De igual modo, el artículo 37, último párrafo, de la Ley
Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,
señala que para aquellos servicios que no sean prestados
en exclusividad, las entidades a través de resolución del
titular del pliego, establecerán los requisitos y costos
correspondientes a los mismos, los cuales deberán
ser debidamente difundidos para que sean de público
conocimiento;
Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, con el
Memorándum Nº 217-2014-GPP/MM del 08 de agosto de
2014, propone modifi caciones al TUSNE respecto de algunos
servicios a cargo de las unidades orgánicas que dependen
de la Gerencia de Desarrollo Humano, contando para ello
con el sustento técnico contenido en el Informe Nº 054-
2014-SGRE-GPP/MM de la Subgerencia de Racionalización
y Estadística, de fecha 08 de agosto de 2014;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante
Informe Legal Nº 331-2014-GAJ/MM del 11 de agosto de
2014, indica que es conforme la propuesta modifi catoria
del TUSNE referida en líneas precedentes, por lo que
debe emitirse la resolución de alcaldía correspondiente;
Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto
RESUELVE:
Artículo Primero.- Modifi car el Texto Único de
Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de
Mirafl ores, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 794-
2011-A/MM y sus modifi catorias, respecto de los servicios
a cargo de las áreas dependientes de la Gerencia de
Desarrollo Humano, según el detalle contenido en el
anexo adjunto y demás documentación que forma parte
integrante de la presente resolución, acorde con las
consideraciones expuestas en el presente dispositivo.
Artículo Segundo.- Precisar que las modifi caciones
dispuestas en el artículo precedente se encuentran
debidamente especifi cadas, incluyendo precios y
requisitos, en el anexo adjunto que forma parte integrante
del presente dispositivo.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la
publicación íntegra de la presente resolución en el Diario
Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e
Imagen Institucional su publicación, así como del anexo
que contiene, en el Portal Institucional (www.mirafl ores.
gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
SUBGERENCIA DE RACIONALIZACIÓN Y ESTADÍSTICA
TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) AÑO FISCAL 2014
N° DENOMINACIÓN DEL SERVICIO REQUISITOS PRECIO
06.1 SUBGERENCIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL
Centro Integral del Adulto Mayor “Armendariz” - CIAM
Calle Aristedes Aljovín N° 153 - Mirafl ores.
1 Uso de cafetería 1. - Presentar en mesa de partes carta de propuesta del servicio de
alimentación
(De lunes a viernes de 08:00 a 19:00 horas) 2. - Vecino residente en Mirafl ores, exhibir DNI.
3. - Persona natural de 60 a más años
4. - Declaración jurada ofreciendo atención personalizada al usuario
adulto mayor
5. - Pago por el servicio mensual S/. 200.00
Nota: Solo con la carta de autorización del servicio de alimentación
aprobada por la Subgerencia de Salud y Bienestar Social se podrá
realizar el pago correspondiente
Centro Integral del Adulto Mayor “Aurora” - CIAM
Av. Mariscal Ramón Castilla N° 640 - Mirafl ores.
1 Uso de cafetería 1. - Presentar en mesa de partes carta de propuesta del servicio de
alimentación
(De lunes a viernes de 08:00 a 19:00 horas) 2. - Vecino residente en Mirafl ores, exhibir DNI.
3. - Persona natural de 60 a más años
4. - Declaración jurada ofreciendo atención personalizada al usuario
adulto mayor
5. - Pago por el servicio mensual S/. 200.00
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