RESOLUCION JEFATURAL N° 0001-2014-INIA - Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Estación Experimental Agraria Vista Florida - Chiclayo del INIA.

Fecha de disposición09 Enero 2014
Fecha de publicación09 Enero 2014
El Peruano
Jueves 9 de enero de 2014
513906
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la
Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
1035703-1
AGRICULTURA Y RIEGO
Aceptan renuncia y encargan funciones
de Director de la Estación Experimental
Agraria Vista Florida - Chiclayo del INIA
INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 0001-2014-INIA
Lima, 8 de enero de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Jefatural N° 00375-2011-
INIA, de fecha 01 de diciembre del 2011, se designó al Señor
Miguel Eduardo Monsalve Aita, en el cargo de Director de
la Estación Experimental Agraria Vista Florida - Chiclayo del
Instituto Nacional de Innovación Agraria- INIA;
Que, con fecha 08 de enero del 2014, el Señor
Miguel Eduardo Monsalve Aita ha presentado su
renuncia irrevocable al cargo de Director de la Estación
Experimental Agraria Vista Florida - Chiclayo del Instituto
Nacional de Innovación Agraria- INIA;
Que, visto dicho documento se ha visto por conveniente
aceptar su renuncia irrevocable, del Señor Miguel
Eduardo Monsalve Aita al cargo de Director de la Estación
Experimental Vista Florida - Chiclayo, cargo considerado
de conf‌i anza, bajo los alcances del régimen laboral de la
actividad privada regulado por el Decreto Legislativo N°
728, aplicable al personal del INIA por disposición del
Decreto Legislativo N° 1060 – Decreto Legislativo que
regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria;
Que, asimismo se encarga la Dirección de la Estación
Experimental Agraria Vista Florida – Chiclayo al Señor
Galvarino Castro Espinoza actual Director de la Estación
Experimental Baños del Inca;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, la Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
de designación de funcionarios públicos, Ley N° 27594,
y el Reglamento de Organización y Funciones del INIA,
aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2005-AG
modif‌i cado por el Decreto Supremo N° 027-2008-AG;
Con las visaciones de las Of‌i cina General de
Administración y la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el
Señor MIGUEL EDUARDO MONSALVE AITA al cargo de
Director de la Estación Experimental Agraria Vista Florida
– Chiclayo del Instituto Nacional de Innovación Agraria-
INIA, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2°.- Encargar, a partir de la fecha al Señor
GALVARINO CASTRO ESPINOZA como Director de la
Estación Experimental Agraria Vista Florida - Chiclayo
del Instituto Nacional de Innovación Agraria- INIA,
manteniendo sus funciones como Director de la Estación
Experimental Agraria Baños del Inca – Cajamarca.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
J. ARTURO FLOREZ MARTINEZ
Jefe
1035370-1
AMBIENTE
Designan Jefa del Gabinete de Asesores
de la Alta Dirección del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 004-2014-MINAM
Lima, 8 de enero de 2014
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la
publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles
siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectif‌i cación sólo procederá mediante
la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda
revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de
Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo
el título “Dice” y a continuación la versión rectif‌i cada del mismo fragmento bajo el título “Debe
Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden
antes de consignar el siguiente error a rectif‌i carse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste
podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN

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