RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 274-2014-CE-PJ - Amplían competencia territorial del Distrito Judicial de Lima Sur con la incorporación del distrito de Chorrillos

Fecha de disposición26 Agosto 2014
Fecha de publicación26 Agosto 2014
El Peruano
Martes 26 de agosto de 2014 530921
a lo que se suma un exceso de órganos jurisdiccionales
mixtos; por lo cual se requeriría especializarlos, dada
la característica demográf‌i ca y social de los distritos
políticos que se encuentran dentro de la competencia
territorial del Distrito Judicial de Lima Sur; c) De acuerdo
con la evaluación de la carga procesal proyectada para el
presente año, se ha determinado que la Corte Superior
de Justicia de Lima Sur requeriría de treinta y cinco (35)
juzgados especializados y/o mixtos permanentes para los
distritos bajo su competencia, a f‌i n de atender la carga en
materia civil, familia y penal; y, d) Para cubrir parcialmente
el requerimiento de juzgados especializados en materia
civil, familia y penal, se propone que los cinco (5) órganos
jurisdiccionales de la Especialidad Civil Comercial
existentes de la Corte Superior de Justicia de Lima,
que actualmente no se encuentran en funciones, sean
reubicados al Distrito Judicial de Lima Sur; además, de
especializar los juzgados mixtos permanentes dentro de
los distritos que conforman la mencionada Corte Superior
de Justicia.
Sétimo. Que siendo esto así, conforme a lo señalado
precedentemente, ponderando las necesidades del
servicio y los limitados recursos existentes, resulta
necesario adoptar medidas en aras de lograr una mejor
atención a litigantes y abogados; y coadyuvar de esa
forma con una administración de justicia ef‌i ciente y ef‌i caz;
y en consecuencia deviene en pertinente aprobar la
propuesta presentada.
Octavo. Que el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26),
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, determina como función y atribución del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicación de Salas de
Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional; así como la
aprobación de la demarcación de los Distritos Judiciales y
la modif‌i cación de sus ámbitos de competencia territorial,
así como la adopción de acuerdos y demás medidas
necesarias para que las dependencias de este Poder del
Estado funcionen con celeridad y ef‌i ciencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 647-
2014 de la vigésimo sétima sesión del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con
la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De
Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales,
Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de
setiembre de 2014, la conversión y reubicación a la
Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de los siguientes
órganos jurisdiccionales permanentes no activos de la
Corte Superior de Justicia de Lima:
Denominación actual del
órgano jurisdiccional
Denominación del órgano
jurisdiccional a partir del 1 de
setiembre de 2014
18° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado Civil de Lurín
19° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado de Familia de San Juan de
Miraf‌l ores
20° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado de Familia de Villa El
Salvador
21° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado Civil de Villa El Salvador
22° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado de Familia de Villa María del
Triunfo
Artículo Segundo.- Convertir, a partir del 1 de
octubre de 2014, los siguientes órganos jurisdiccionales
permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur,
según el cuadro siguiente:
Denominación actual del
órgano jurisdiccional Denominación destino del
órgano jurisdiccional
Juzgado Mixto de Lurín Juzgado Penal de Lurín
Juzgado Mixto de Villa El Salvador Juzgado Penal de Villa El Salvador
Artículo Tercero.- Disponer que la carga pendiente
en materia civil, familia y laboral del Juzgado Mixto
Permanente del Distrito de Lurín, Corte Superior de Justicia
de Lima Sur, que no esté para sentenciar ni tenga vista de
causa al 30 de setiembre de 2014, sea redistribuida al
Juzgado Civil Permanente del mismo distrito.
Artículo Cuarto.- Disponer que la carga pendiente
en materia civil, familia y laboral del Juzgado Mixto
Permanente de Villa El Salvador, Corte Superior de Justicia
de Lima Sur, que no esté para sentenciar ni tenga vista de
causa al 30 de setiembre de 2014, sea redistribuida entre
el Juzgado Civil Permanente y el Juzgado de Familia
Permanente del mismo distrito.
Artículo Quinto.- Autorizar a la Gerencia General
de Poder Judicial para que adopte las siguientes
acciones:
a) Tramitar la transferencia presupuestal del
Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del 18º al 22º
Juzgados Civiles Comerciales Permanentes de la Corte
Superior de Justicia de Lima, a f‌i n de implementar los
Juzgados Permanentes convertidos y reubicados en la
Corte Superior de Justicia de Lima Sur.
b) Desdoblar el presupuesto de la Unidad Ejecutora
003 “Corte Superior de Justicia de Lima” en lo que
corresponderá a la Corte Superior de Justicia de Lima Sur,
el mismo que será administrado por la Unidad Ejecutora
001 “Gerencia General”.
Artículo Sexto.- Facultar a los Presidentes de las
Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Sur; así
como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto
sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas
administrativas que sean necesarias para el adecuado
cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional
de la Magistratura, Ministerio Público, Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Economía
y Finanzas, Ministerio del Interior, Instituto Nacional
Penitenciario, Of‌i cina de Control de la Magistratura
del Poder Judicial, Presidente de la Comisión Nacional
de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos
Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo
Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal
del Trabajo, Presidencias de las Cortes Superiores
de Justicia de Lima y Lima Sur, Procuraduría Pública
del Poder Judicial, Órgano de Control Interno, y
a la Gerencia General del Poder Judicial, para su
conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1128015-5
Amplían competencia territorial
del Distrito Judicial de Lima Sur
con la incorporación del distrito de
Chorrillos
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 274-2014-CE-PJ
Lima, 6 de agosto de 2014
VISTOS:
El Of‌i cio N° 678-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe
N° 087-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia
Operacional de la Comisión Nacional de Descarga
Procesal; y los Of‌i cios N° 0613-2014-P-CSJLIMASUR/PJ
y N° 1207-2014-P-CSJLIMASUR/PJ, del Presidente de la
Corte Superior de Justicia de Lima Sur.

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