RESOLUCION N° 200-2014-JNE - Declaran nulo Acuerdo de Concejo que rechazó pedido de vacancia interpuesto contra regidor del Concejo Distrital de Chavín de Huántar, provincia de Huari, departamento de Áncash

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 8 de Mayo de 2014
El Peruano
Jueves 8 de mayo de 2014
522600
Visto el expediente STDUNI: 2014-033896 presentado
por la señorita ELEM YAMUNAQUE BARRIENTOS, quien
solicita duplicado de su diploma del Grado Académico
de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería
Industrial;
CONSIDERANDO:
Que, la señorita Elem Yamunaque Barrientos,
identif‌i cada con DNI Nº 46000521, egresada de la
Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas, de esta
Casa de Estudios, mediante el expediente del visto
solicita la expedición del duplicado de su diploma de su
Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención
en Ingeniería Industrial; por pérdida de dicho documento,
adjuntando la documentación sustentatoria respectiva,
según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de
Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales,
aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de
enero del 2008;
Que, la Of‌i cina de Trámite Documentario, Grados
y Títulos de la Secretaría General de la Universidad,
mediante informe de fecha 03.04.2014 precisa que el
diploma de la señorita Elem Yamunaque Barrientos, se
encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres
Nº 12, página 186, con el número 34230-B;
Que, teniéndose en cuenta la documentación que
acompaña según el Of‌i cio Nº 287-2014/1er. VR, de fecha
21 de abril del 2014, del Primer Vicerrector, Geól. José
S. Martínez Talledo y la recomendación de la Comisión
Académica y de Investigación en su sesión Nº 15-2014
realizada el 21.04.2014; y el Consejo Universitario en su
sesión extraordinaria Nº 13 del 23 de abril del 2014 acordó
expedir el duplicado del Grado Académico de Bachiller en
Ciencias con mención en Ingeniería Industrial a la señorita
Elem Yamunaque Barrientos;
De conformidad con las facultades conferidas en el
inciso c), artículo número 50º del Estatuto de la Universidad
Nacional de Ingeniería;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado
del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención
en Ingeniería Industrial, a la señorita ELEM YAMUNAQUE
BARRIENTOS, otorgado el 12 de setiembre del 2012,
anulándose el diploma otorgado anteriormente.
Regístrese, comuníquese y archívese.
AURELIO M. PADILLA RÍOS
Rector
1079757-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Declaran nulo Acuerdo de Concejo que
rechazó pedido de vacancia interpuesto
contra regidor del Concejo Distrital de
Chavín de Huántar, provincia de Huari,
departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 200-2014-JNE
Expediente Nº J-2013-1535
CHAVÍN DE HUÁNTAR - HUARI - ÁNCASH
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, trece de marzo de dos mil catorce
VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso
de apelación interpuesto por Miguel Ángel Pozo García,
Adrián Eugenio Villanueva Abarca y Florencio Mario Vega
Llanos en contra del acuerdo de concejo adoptado en
la sesión extraordinaria del 27 de noviembre de 2013,
a través del cual se rechazó la solicitud de vacancia
presentada contra Eliseo Ruf‌i no Pineda Melgarejo,
regidor de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar,
provincia de Huari y departamento de Áncash, teniendo a
la vista los Expedientes Nº J-2012-1598, Nº J-2013-586 y
Nº J-2013-1148, y oídos los informes orales.
ANTECEDENTES
Respecto a la solicitud de vacancia
Con fecha 29 de noviembre de 2012, Miguel Ángel
Pozo García, Florencio Mario Vega Llanos y Adrián
Eugenio Villanueva Abarca solicitaron ante el Jurado
Nacional de Elecciones la vacancia del regidor Eliseo
Ruf‌i no Pineda Melgarejo, por haber ejercido injerencia en
la contratación de sus familiares, a f‌i n de que estos laboren
y presten servicios en la Municipalidad Distrital de Chavín
de Huántar, incurriendo, de esta manera, en la causal de
nepotismo, establecida en el artículo 22, numeral 8, de
adelante LOM).
Los recurrentes alegan los siguientes hechos:
a) El regidor cuestionado ejerció injerencia en la
contratación de Wálter Hugo Pineda Ramírez y Manzueto
Pineda Ramírez, quienes son sus primos hermanos, toda
vez que su padre es Celedonio Pineda Páucar, el cual es
hermano del padre del regidor cuestionado. Agregan que
estas dos personas fueron proveedores de la entidad edil
durante el año 2012.
b) Así también, el regidor Eliseo Ruf‌i no Pineda
Melgarejo ejerció injerencia en la contratación de Bálder
Óscar Melgarejo Cadillo, hijo de Gonzalo Melgarejo
Pineda, primo hermano del regidor cuestionado, ya que
Cirila Pineda Páucar, madre del antes citado, es hermana
del padre del regidor.
c) De la revisión del Portal de Transparencia
económica del Ministerio de Economía y Finanzas (en
adelante MEF), se advierte que durante los años 2011
y 2012 fue proveedor de la municipalidad distrital José
Manolo Argandoña Pineda, quien es hijo de Teodora
Pineda Espinoza, quien a su vez es prima hermana del
padre de la autoridad cuestionada.
A efectos de acreditar sus alegaciones, los solicitantes
de la vacancia, adjuntaron los siguientes documentos:
a) Copia autenticada del acta de nacimiento del regidor
Eliseo Ruf‌i no Pineda Melgarejo (fojas 8, Expediente Nº J-
2012-1598).
b) Copia autenticada del acta de nacimiento de Amador
Pineda Páucar, padre del regidor (fojas 9, Expediente Nº
J-2012-1598).
c) Copia autenticada del acta de nacimiento de Wálter
Hugo Pineda Ramírez, supuesto primo hermano (fojas 10,
Expediente Nº J-2012-1598).
d) Copia autenticada del acta de nacimiento de Bálder
Óscar Melgarejo Cadillo, hijo del primo hermano del regidor
cuestionado (fojas 11, Expediente Nº J-2012-1598).
e) Copia autenticada del acta de nacimiento de
José Manolo Argandoña Pineda, hijo de Teodora
Pineda Espinoza, prima hermana del padre del regidor
cuestionado (fojas 12, Expediente Nº J-2012-1598).
f) Copia autenticada del acta de nacimiento de Zoila
Felícitas Ramírez Gaytán (fojas 13, Expediente Nº J-
2012-1598).
g) Impresiones del Portal de Transparencia económica
del MEF, en las que se aprecia que José Manolo Argandoña
Pineda fue proveedor de la entidad edil en los años 2011 y
2012 (fojas 15, Expediente Nº J-2012-1598).
h) Impresiones del Portal de Transparencia económica
del MEF, en las que se aprecia que Bálder Óscar Melgarejo
Cadillo fue proveedor de la entidad edil en los años 2011 y
2012 (fojas 22, Expediente Nº J-2012-1598).
i) Impresiones del Portal de Transparencia económica
del MEF, en las que se aprecia que Wálter Hugo Pineda
Ramírez y Manzueto Pineda Ramírez fueron proveedores
de la entidad edil en los años 2011 y 2012 (fojas 36,
Expediente Nº J-2012-1598).
Dicha solicitud de vacancia dio origen al Expediente
Nº J-2012-1598, en el que se emitió el Auto Nº 1, del 5 de
diciembre de 2012, a través del cual se corrió traslado de
la solicitud a los miembros del Concejo Distrital de Chavín
de Huántar, a efectos de que convoquen a una sesión
extraordinaria y determinen si la autoridad cuestionada
incurrió o no en la causal de nepotismo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR