06 N° 181-MSI - Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza N° 150-MSI que exoneró del pago de diversos derechos del TUPA para fomentar la realización de actividades culturales
Fecha de disposición | 16 Diciembre 2006 |
Fecha de publicación | 16 Diciembre 2006 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 16 de diciembre de 2006
334682
parejas; que encontrándose en condición de contraer
Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos económicos
necesarios para realizarlos.
Que, mediante documentos de vistos la Parroquia Natividad
de María y San Pablo Apóstol solicitan se realice un Matrimonio
Civil Comunitario dentro de su jurisdicción, el mismo que se
llevara a cabo en las instalaciones de las citadas Parroquias el
día sábado 16 de diciembre del 2006 a las 18:00 horas y el día
sábado 23 de diciembre a las 18:00 horas;
Que, mediante Informe N° 0111-2006-URC/SG-MDR
de fecha 20.11.06 el Jefe de la Unidad de Registros
Civiles manifi esta que las parejas contrayentes abonarían
la suma de S/. 26.00 (VEINTISÉIS Y 00/100 NUEVOS
SOLES), por concepto de pliego matrimonial, los mismos
que serán abonados en la caja del Palacio Municipal;
corriendo por cuenta de los contrayentes la publicación
del Edicto Matrimonial; asimismo deberán adjuntar los
requisitos establecidos de acuerdo a Ley;
Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que mediante
Decreto de Alcaldía se regulan los asuntos de orden
general y de interés para el vecindario.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido
DECRETA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Unidad de
Registros Civiles de la Municipalidad Distrital del Rímac
a llevar el MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO los días
sábado 16.12.06 a las 18:00 horas y sábado 23.12.06
a las 18:00 horas en las instalaciones de las parroquias
NATIVIDAD DE MARIA y SAN PABLO APÓSTOL.
Artículo Segundo.- EXONERAR a las parejas
contrayentes del pago por derecho de Matrimonio Civil y
trámite administrativo, debiendo cancelar únicamente la
suma de S/. 26.00 (Veintiséis y 00/100 Nuevos Soles), por
concepto de pliego matrimonial, por cada pareja, corriendo
por cuenta de los contrayentes la publicación del Edicto
Matrimonial; debiendo adjuntar los requisitos previstos en el
TUPA vigente aprobado mediante Ordenanza Nº 104-MDR.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de
Secretaría General a través de la Unidad de Registros
Civiles el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Dado en el local de la Municipalidad del Rímac, a los
catorce días del mes de diciembre de dos mil seis.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS LOBATON DONAYRE
Alcalde
6869-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Amplían plazo de vigencia de la
Ordenanza Nº 150-MSI que exoneró
del pago de diversos derechos del
TUPA para fomentar la realización de
actividades culturales
ORDENANZA Nº 181-MSI
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
POR CUANTO;
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO,
Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 28 de noviembre
del año en curso, el Dictamen Nº 110-2006-CAJ/MSI de la
Comisión de Asuntos Jurídicos sobre ampliación del plazo
de vigencia de la Ordenanza Nº 150-MSI; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 150-MSI se exoneró
del pago de diversos derechos del Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
de San Isidro, a efectos de fomentar la realización de
actividades culturales;
Que, conforme lo establece el Artículo 3° de la
Ordenanza Nº 150-MSI, la exoneración tendrá vigencia
hasta el 31 de diciembre del año 2006;
Que, la Gerencia de Cultura ha solicitado mediante Informe
Nº 110-2006-24-GCD/MSI de fecha 16 de noviembre último,
ampliación del plazo hasta el 31 de diciembre de año 2007;
Estando a lo dispuesto en Sesión de Concejo de fecha 28
de noviembre del año en curso, por unanimidad y con dispensa
del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA
QUE AMPLÍA LA VIGENCIA DE LA
ORDENANZA Nº 150-MSI
Artículo Único.- Ampliar el plazo de vigencia de la
Ordenanza Nº 150-MSI hasta el 31 de enero de 2007,
para que se exonere del pago de diversos derechos
del Texto Único de Procedimientos Administrativos de
la Municipalidad de San Isidro, a efectos de fomentar la
realización de actividades culturales.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla
Dado en San Isidro, a los cinco días del mes de
diciembre del año dos mil seis.
JORGE SALMON JORDAN
Alcalde
6763-1
Prorrogan plazo de vigencia de la
Ordenanza N° 166-MSI a fin de brindar
facilidades a contribuyentes para el
cumplimiento de obligaciones
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 024-2006-ALC/MSI
San Isidro, 15 de diciembre de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN ISIDRO
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 166-MSI publicada el 16
de setiembre de 2006, se establecen facilidades para la
regularización de obligaciones sustanciales y/o formales,
aplicable a los contribuyentes que tengan pendiente de pago
sumas derivadas de obligaciones tributarias (tributos y multas);
Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria
de la Ordenanza Nº 166-MSI, faculta al Alcalde de la
Municipalidad Distrital de San Isidro para que mediante
Decreto dicte las disposiciones necesarias para su
cumplimiento y prorrogar su vigencia;
Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 022-2006-MSI
del 30 de noviembre de 2006 se prorrogó la vigencia de la
Ordenanza Nº 166-MSI hasta el 15 de diciembre de 2006;
Que, es necesario prorrogar por un plazo adicional la
vigencia de la Ordenanza Nº 166-MSI a fi n de brindar a
los contribuyentes las mayores facilidades y plazos para el
cumplimiento de sus obligaciones sustanciales y formales de
naturaleza tributaria;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º
Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza
N° 166-MSI publicada el 16 de setiembre de 2006;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia
de la Ordenanza Nº 166-MSI, hasta el 30 de diciembre de
2006, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias
sustanciales y/o formales generadas a la fecha de
publicación del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Administración Tributaria, Gerencia de Sistemas y Gerencia
de Finanzas.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
JORGE SALMON JORDAN
Alcalde
6915-1
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