06 N° 181-MSI - Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza N° 150-MSI que exoneró del pago de diversos derechos del TUPA para fomentar la realización de actividades culturales

Fecha de disposición16 Diciembre 2006
Fecha de publicación16 Diciembre 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 16 de diciembre de 2006
334682
parejas; que encontrándose en condición de contraer
Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos económicos
necesarios para realizarlos.
Que, mediante documentos de vistos la Parroquia Natividad
de María y San Pablo Apóstol solicitan se realice un Matrimonio
Civil Comunitario dentro de su jurisdicción, el mismo que se
llevara a cabo en las instalaciones de las citadas Parroquias el
día sábado 16 de diciembre del 2006 a las 18:00 horas y el día
sábado 23 de diciembre a las 18:00 horas;
Que, mediante Informe N° 0111-2006-URC/SG-MDR
de fecha 20.11.06 el Jefe de la Unidad de Registros
Civiles manif‌i esta que las parejas contrayentes abonarían
la suma de S/. 26.00 (VEINTISÉIS Y 00/100 NUEVOS
SOLES), por concepto de pliego matrimonial, los mismos
que serán abonados en la caja del Palacio Municipal;
corriendo por cuenta de los contrayentes la publicación
del Edicto Matrimonial; asimismo deberán adjuntar los
requisitos establecidos de acuerdo a Ley;
Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que mediante
Decreto de Alcaldía se regulan los asuntos de orden
general y de interés para el vecindario.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido
DECRETA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Unidad de
Registros Civiles de la Municipalidad Distrital del Rímac
a llevar el MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO los días
sábado 16.12.06 a las 18:00 horas y sábado 23.12.06
a las 18:00 horas en las instalaciones de las parroquias
NATIVIDAD DE MARIA y SAN PABLO APÓSTOL.
Artículo Segundo.- EXONERAR a las parejas
contrayentes del pago por derecho de Matrimonio Civil y
trámite administrativo, debiendo cancelar únicamente la
suma de S/. 26.00 (Veintiséis y 00/100 Nuevos Soles), por
concepto de pliego matrimonial, por cada pareja, corriendo
por cuenta de los contrayentes la publicación del Edicto
Matrimonial; debiendo adjuntar los requisitos previstos en el
TUPA vigente aprobado mediante Ordenanza Nº 104-MDR.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Secretaría General a través de la Unidad de Registros
Civiles el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Dado en el local de la Municipalidad del Rímac, a los
catorce días del mes de diciembre de dos mil seis.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS LOBATON DONAYRE
Alcalde
6869-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Amplían plazo de vigencia de la
Ordenanza Nº 150-MSI que exoneró
del pago de diversos derechos del
TUPA para fomentar la realización de
actividades culturales
ORDENANZA Nº 181-MSI
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
POR CUANTO;
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO,
Visto, en Sesión Ordinaria de fecha 28 de noviembre
del año en curso, el Dictamen Nº 110-2006-CAJ/MSI de la
Comisión de Asuntos Jurídicos sobre ampliación del plazo
de vigencia de la Ordenanza Nº 150-MSI; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 150-MSI se exoneró
del pago de diversos derechos del Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
de San Isidro, a efectos de fomentar la realización de
actividades culturales;
Que, conforme lo establece el Artículo 3° de la
Ordenanza Nº 150-MSI, la exoneración tendrá vigencia
hasta el 31 de diciembre del año 2006;
Que, la Gerencia de Cultura ha solicitado mediante Informe
Nº 110-2006-24-GCD/MSI de fecha 16 de noviembre último,
ampliación del plazo hasta el 31 de diciembre de año 2007;
Estando a lo dispuesto en Sesión de Concejo de fecha 28
de noviembre del año en curso, por unanimidad y con dispensa
del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA
QUE AMPLÍA LA VIGENCIA DE LA
ORDENANZA Nº 150-MSI
Artículo Único.- Ampliar el plazo de vigencia de la
Ordenanza Nº 150-MSI hasta el 31 de enero de 2007,
para que se exonere del pago de diversos derechos
del Texto Único de Procedimientos Administrativos de
la Municipalidad de San Isidro, a efectos de fomentar la
realización de actividades culturales.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla
Dado en San Isidro, a los cinco días del mes de
diciembre del año dos mil seis.
JORGE SALMON JORDAN
Alcalde
6763-1
Prorrogan plazo de vigencia de la
Ordenanza N° 166-MSI a fin de brindar
facilidades a contribuyentes para el
cumplimiento de obligaciones
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 024-2006-ALC/MSI
San Isidro, 15 de diciembre de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN ISIDRO
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 166-MSI publicada el 16
de setiembre de 2006, se establecen facilidades para la
regularización de obligaciones sustanciales y/o formales,
aplicable a los contribuyentes que tengan pendiente de pago
sumas derivadas de obligaciones tributarias (tributos y multas);
Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria
de la Ordenanza Nº 166-MSI, faculta al Alcalde de la
Municipalidad Distrital de San Isidro para que mediante
Decreto dicte las disposiciones necesarias para su
cumplimiento y prorrogar su vigencia;
Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 022-2006-MSI
del 30 de noviembre de 2006 se prorrogó la vigencia de la
Ordenanza Nº 166-MSI hasta el 15 de diciembre de 2006;
Que, es necesario prorrogar por un plazo adicional la
vigencia de la Ordenanza Nº 166-MSI a f‌i n de brindar a
los contribuyentes las mayores facilidades y plazos para el
cumplimiento de sus obligaciones sustanciales y formales de
naturaleza tributaria;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º
Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza
N° 166-MSI publicada el 16 de setiembre de 2006;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia
de la Ordenanza Nº 166-MSI, hasta el 30 de diciembre de
2006, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias
sustanciales y/o formales generadas a la fecha de
publicación del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Administración Tributaria, Gerencia de Sistemas y Gerencia
de Finanzas.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
JORGE SALMON JORDAN
Alcalde
6915-1

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